Boletín Oficial de la República Argentina del 29/06/2020 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.415 - Segunda Sección

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Lunes 29 de junio de 2020

JUZGADO DE1RA. INSTANCIA DEQUIEBRAS, CONCURSOS
YSOCIEDADES II NOMINACIÓN SECRETARÍA ÚNICA - SALTA

La DRA. VICTORIA AMBROSINI DE CORAITA, Juez del Juzgado de 1ra Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de 2da Nominación de la Provincia de Salta, en autos caratulados SURCOS ANDINOSS.A. CONCURSO
PREVENTIVO, PEQUEÑO, Expte Nº691300/19, comunica a los acreedores del concursado, que: 1. En fecha 22
de abril de 2020 se ha ordenado la apertura del concurso preventivo de la empresa SURCOS ANDINOSS.A. CUIT
30-71443817-0, con domicilio social en calle Caseros Nº1.353 de la ciudad de Salta y procesal en calle Juramento 430 de la Ciudad de Salta. 2. Ha sido designado Síndico Titular la C.P.N. LUCRECIA VERÓNICA VALVERDE, quién ha fijado los horarios de atención los días Lunes, Martes y Jueves de 18:30 hs. a 20:30 hs. en el domicilio de calle Avda. Bolivia Nº 2370, Barrio Vicente Solá, de esta ciudad de Salta. 3. Se ha fijado el día 31 de julio de 2020, como vencimiento del plazo para que los acreedores presenten sus pedido de verificación por ante la sindicatura acompañando los títulos justificativos de sus créditos, art. 14 inc. 3º. Se hace saber que el importe previsto como arancel de ley es por la suma de $1690 10%SMVM. 4. Se ha fijado el día 18 de septiembre de 2020, para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos y el día 02 de noviembre de 2020, para que la Sindicatura presente el Informe General art. 14 inc. 9, 35 y 39 LCQ.
Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial de la provincia de Salta, Diario El Tribuno y Boletín Oficial de la República Argentina. Salta, 08 de Junio de 2020. Fdo. Dra. Marcela Montiel Abeleira-Secretaria.

e. 25/06/2020 N24979/20 v. 01/07/2020

REMATES JUDICIALES
ANTERIORES

JUZGADO DE1RA. INSTANCIA ENLOCIVIL YCOMERCIAL NRO.
10, SECRETARIA ÚNICA - LOMAS DEZAMORA

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial No 10 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora de la Provincia de Buenos Aires el Juzgado, sito en calle Larroque 2450, piso 2, Edificio Tribunales, de la ciudad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, comunica por 5 días que en autos ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. s/ Quiebra s/ Incidente de Enajenación Expte. 106930
se ha ordenado la enajenación de los activos de la fallida OCA como empresa en marcha.
OCA es una de las más importantes empresas de correo privado y servicios logísticos de Argentina y Latinoamérica, con servicios de cobertura nacional y una red de más de 150 sucursales, que se complementa con un gran número de agentes oficiales distribuidos en todo el país.
Sólo podrán participar en el proceso de venta quienes adquieran el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA
LA ENAJENACIÓN el Pliego. Los ejemplares del Pliego serán numerados y podrán adquirirse hasta el 27 de julio de 2020 previa coordinación mediante comunicación que se dirigirá a enajenadoresoca@gmail.com. El valor de cada ejemplar del Pliego se establece en la suma de $120.000 ciento veinte mil pesos argentinos más IVA si correspondiera. Los adquirentes del Pliego los Interesados deberán identificarse y denunciar los datos de la persona jurídica en cuyo nombre actúan. Se hace saber que no podrán participar quienes invoquen el carácter de comisionistas o gestores de negocios. La adjudicación a un oferente no podrá ser objeto de cesión de ninguna naturaleza salvo a sociedades controladas directas del adjudicatario.
La adquisición del Pliego no obliga a los interesados a presentar ofertas de adquisición de los activos de la fallida.
Se ha fijado un precio base total para la enajenación de USD 36.100.000 treinta y seis millones cien mil dólares estadounidenses, compuesto por un precio fijo integrado por asunción de contingencia laboral de USD 18.500.000
dieciocho millones quinientos mil dólares y un precio base en efectivo de USD 17.600.000 diecisiete millones seiscientos mil dólares estadounidenses.
Las ofertas deberán contemplar i una oferta económica de pago contado, que en ningún caso podrá ser inferior al precio base en efectivo y que deberá ser expresado en dólares estadounidenses; y ii la transmisión de los contratos de trabajo de al menos el 95% noventa y cinco por ciento de la dotación de personal de la fallida que presten servicios al momento en que se decida la adjudicación de la licitación, respetando, salvo en relación a aquellos empleados que han solicitado la verificación de sus créditos, la antigedad, salario y demás condiciones aplicables en virtud del Convenio Colectivo General aplicable.
Se hace saber, en relación a lo indicado en el párrafo precedente, que se encuentran en trámite recursos de apelación interpuestos por trabajadores de la fallida que solicitaron la verificación de sus créditos.
Sólo se podrá ofertar sobre la porción en dinero en efectivo a través del sistema de subasta electrónica regulado por la Acordada 3604/12 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, sus normas modificatorias

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/06/2020 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha29/06/2020

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones9337

Primera edición02/01/1989

Ultima edición21/05/2024

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