Boletín Oficial de la República Argentina del 25/06/2020 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.412 - Segunda Sección

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Jueves 25 de junio de 2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL YCORRECCIONALFEDERAL
NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 15

Se notifica a la Sra. José Ernesto Walton -titular del DNI Nº23.535.530, nacido el día 11 de enero de 1986, de nacionalidad Argentina, domiciliado en la calle Coronel Brandsen, Nº 3711, localidad de Sarandi, Provincia de Buenos Aires-; que en el marco de la causa Nº 1163/2020, caratulada Walton José Ernesto s/ Infracción Ley 22.362, del registro de este Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº8, a cargo del Dr. Marcelo Martínez De Giorgi, Secretaría Nº15, a cargo de la Dra. Verónica Lara, con fecha 16 de junio del 2020, se resolvió sobreseerlo por no encuadrar en una figura legal, dejando constancia de que la formación del proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado artículo 336, inciso tercero, del Código Procesal Penal de la Nación.
Marcelo Martinez De Giorgi Juez - Josefina Hornos Secretaria

e. 19/06/2020 N24225/20 v. 25/06/2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 40

El Juzgado Nacional de 1a. Instancia en lo Comercial N20 sito en Marcelo T. De Alvear 1840, piso 4º, de la Capital Federal, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde, Juez; Secretaría Nº40, a mi cargo, en los autos caratulados: DAYCHE
SA. s/QUIEBRA expte. N2994/2018, hace saber que con fecha 11 de marzo de 2020 se decretó la quiebra de DAYCHE SA. , que la que la fijación del plazo para verificar ante la sindicatura interviniente ESTUDIO SERAFINI
CAMPESINO Y ASOC. en los términos del art. 32 de la Ley 24522, respecto de los créditos postconcursales y prefalenciales y para la presentación de los informes previstos por los arts. 35 y 39 de la ley citada, se efectuará una vez concluído el ASPO y la feria judicial extraordinaria .Aquéllos acreedores anteriores a la presentación en concurso preventivo deberán ocurrir por la vía incidental conforme se dispuso en el pto. 6 de la sentencia de quiebra. Se ha dispuesto, asimismo la prohibición de hacer pagos y/o entrega de bienes a la fallida so pena de considerarlos ineficaces, intimándose a la fallida y terceros que tengan bienes del fallido para que los pongan a disposición del síndico dentro del quinto día. Se ha dispuesto, además la intimación a la fallida para constituir domicilio dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado; y para que entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad y para que dentro del plazo de cinco días acompañe un estado detallado y valorado del activo y pasivo con indicación precisa de su composición, ubicación estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente su patrimonio. Para ser publicado en el Boletín oficial por el término de cinco días, sin pago previo.
Buenos Aires, 22 de junio de 2020. Eduardo E. Malde Juez - Guillermo M. Pesaresi Secretario

e. 24/06/2020 N24793/20 v. 30/06/2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/06/2020 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha25/06/2020

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones9366

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/06/2024

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