Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2020 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.331 - Segunda Sección

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Martes 17 de marzo de 2020

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RIOS

EDICTO: por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Lilia G. Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 350/351 vta., de la causa FPA 91002192/2011/TO1 caratulada: CHIRIZOLA, RODRIGO
EZEQUIEL S/ INFRACCIÓN LEY 23.737, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de Rodrigo Ezequiel Chirizola, DNI 33.641.785, de nacionalidad argentina, de sobrenombre Ronel, con estudios primarios completos, nacido el 1 de julio de 1988 en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, malabarista, con último domicilio en calle Primero de Mayo y G. Marconi o calle Belgrano 5129, dpto..2 de la ciudad de su nacimiento; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: RESOLUCIÓN N20/20.Paraná, 21 de febrero de 2020.- Y VISTOS: Los presentes autos FPA 91002192/2011/TO1 caratulados: CHIRIZOLA, RODRIGO EZEQUIEL S/ INFRACCIÓN LEY 23.737 y, CONSIDERANDO: , RESUELVE: 1.- DECLARAR extinguida la acción penal por prescripción y, en consecuencia, SOBRESEER a Rodrigo Ezequiel Chirizola, DNI 33.641.785, de nacionalidad argentina, de sobrenombre Ronel, con estudios primarios completos, nacido el 1 de julio de 1988 en la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, malabarista, con último domicilio en calle Primero de Mayo y G. Marconi o calle Belgrano 5129, dpto..2 de la ciudad de su nacimiento, hijo de Sandra Marina Chirizola, por el delito de tenencia simple de estupefacientes previsto en el art. 14, 1er. párr.. de la Ley 23.737 arts. 59 inc. 3º y 62
inc. 2º del C.P y arts. 336 inc. 1º y 361 del CPPN.- 2.- EXIMIR DE COSTAS a la persona mencionada art. 531 del C.P.P..- 3.- DESTRUIR por intermedio de Gendarmería Nacional Argentina los efectos oportunamente recibidos a fs. 303.- REGISTRESE, notifíquese, publíquese, líbrense los despachos del caso notificándose al procesado mediante edicto y, en estado, archívese.- Fdo: Dra. Lilia G. Carnero Presidente; Ante Mi Beatriz Zuqui -Secretaria Dra. Lilia Graciela Carnero Juez - Dra Beatriaz Maria Zuqui. Secretaria de Camara

e. 13/03/2020 N14152/20 v. 19/03/2020

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

EDICTO: por disposición del Sr. Presidente, Dr. Roberto López Arango, se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo pertinente de fs. 199/200, de la causa FPA 91001867/2009/TO1 caratulada LÓPEZ, ANTONIA
ELISA - DEFRAUDACIÓN que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación del SOBRESEIMIENTO de Antonia Elisa LÓPEZ, D.N.I. N16.592.043, sin sobrenombre ni apodo, de nacionalidad argentina, de instrucción primaria incompleta, soltera, desocupada, domiciliada realmente en calle Rocamora N603, de la ciudad de Concordia, hija de Martín Honorio López f y de Saturnina González; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: RESOLUCIÓN N193/19. raná, 20 de noviembre de 2019.- VISTO:
El presente expediente FPA 91001867/2009/TO1 caratulado LÓPEZ, ANTONIA ELISA - DEFRAUDACIÓN
CONSIDERANDO SE RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL por prescripción arts. 59
inc. 3 y 62 inc. 2 del CP y, en consecuencia, SOBRESEER arts. 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N. a Antonia Elisa LÓPEZ, D.N.I. N 16.592.043, sin sobrenombre ni apodo, de nacionalidad argentina, de instrucción primaria incompleta, soltera, desocupada, domiciliada realmente en calle Rocamora N603, de la ciudad de Concordia, hija de Martín Honorio López f y de Saturnina González; por el hecho acaecido en el período comprendido entre octubre del año 2002 y septiembre del año 2006, calificado como defraudación en perjuicio de la Administración Pública Nacional. 2.- IMPONER las costas de oficio art. 531 del Fecha de firma: 05/03/2020 C.P.P.N.. 3.- TENER
PRESENTE el Acuerdo N 7/16 mediante el cual se dispuso la destrucción por incineración de los efectos y/o elementos que pudieren encontrarse contaminados por la acción de los roedores en la sede del Ex Comando, entre los que se encontraban los de la presente causa. REGÍSTRESE, publíquese, notifíquese a las partes, líbrense las comunicaciones del caso y, en estado, archívese. Fdo.: Roberto M. López Arango Presidente - Ante Mí Beatriz María Zuqui Secretaria -. Dr. Roberto Lopez Arango Juez - Dra. Beatriz Maria Zuqui Secretaria de Camara

e. 12/03/2020 N13663/20 v. 18/03/2020

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S.Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. Fermín Amado Ceroleni se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco 5 días de lo dispuesto en la Sentencia Nº123 de fecha 27 de Diciembre de 2019, en la causa FCT Nº2336/2015/TO1, caratulada AROCHA, José Luís S/ Infracción Ley 23.737 UNIPERSONAL respecto a JOSÉ LUÍS AROCHA, D.N.I. Nº29.571.412, de nacionalidad Argentina, de 37 de años de edad, soltero, nacido el 22 de agosto de 1982
en la ciudad Goya, provincia de Corrientes, instruido, de ocupación ladrillero, con domicilio en la intersección de las calles José María Soto y Viamonte de la ciudad de su nacimiento, es hijo de Emiliano Canteros y de Luján Arocha; Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º CONDENAR a JOSÉ
LUÍS AROCHA, D.N.I. N29.571.412, a la pena de cuatro 4 años de prisión, y multa de pesos tres $3.000,00, la que deberá hacerse efectiva dentro del término de treinta 30 días de quedar firme este pronunciamiento, como autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/03/2020 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha17/03/2020

Nro. de páginas119

Nro. de ediciones9364

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/06/2024

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