Boletín Oficial de la República Argentina del 14/03/2020 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.328 - Segunda Sección
86

Viernes 13 de marzo de 2020

EDICTOS JUDICIALES

CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
ANTERIORES

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO. 55

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28, a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor, Secretaría Nº55, a cargo del Dr. Pablo D. Bruno, sito en Montevideo 546 piso 3 de esta ciudad, comunica por cinco días que en los autos ARENAS DE CIUDADS.R.L. S/ QUIEBRA expte. 15941/2019, con fecha 2 de marzo de 2020, se decretó la quiebra de ARENAS DE CIUDADS.R.L. CUIT 30-71517272-7, inscripta en la Inspección General de Justicia el día 20/02/2016, bajo el n747, del Libro 148 de sociedad de responsabilidad limitada, siendo desinsaculado como síndico Miguel Ángel Drucaroff con domicilio en Av. Corrientes 2470, piso 4, Depto. 15, CABA, tel. 4953-0045 y 4952-4435, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos LC. 32 hasta el día 4/05/2020. El síndico presentará los informes previstos en la LC. 35 y 39 los días 18/06/2020 y 18/08/2020, respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que la documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la misma bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Deberá la deudora cumplir en el plazo de 48 horas en lo pertinente, con los requisitos del art. 86, pr. 2
de la ley citada y constituir domicilio en el radio del juzgado bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado LC. 88:7. Buenos Aires, 10 de marzo de 2020. PABLO D. BRUNO SECRETARIO

e. 11/03/2020 N13377/20 v. 17/03/2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 57

El Juzgado Nacional de 1 Inst. en lo Comercial N29, a cargo de la Dra. Ma. Del Milagro Paz Posse, Secretaría Nº 57, sito en Montevideo 546 piso 4º, C.A.B.A., en los autos BECHAMEL CATERING S.A. S/ CONCURSO
PREVENTIVO N 34437/2019 informa que el 17/02/2020 se declaró la apertura del concurso preventivo de BECHAMEL CATERING S.A CUIT: 30- 70817078-6, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el Nº15008.
Lº 19 Tomo de .S.A en fecha 11 de Diciembre de 2002, con domicilio social inscripto en Sarmiento 643, piso 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Se hace saber que se designó síndico al clase B al contador Czyzewski, Marcelo Adrián con domicilio en la calle Paraná 774, 2 A de esta ciudad, teléfono 4814- 4004/154423-0777, quien recibirá las verificaciones de crédito LC. 32 hasta el 28/05/2020, en el domicilio indicado El informe de la LC.
35 se presentará el 14/07/2020 y el LC. 39 el 09/09/2020. La audiencia informativa se llevará a cabo el 22/03/2021 a las 10:00 hs. en la sala de audiencias del Juzgado. El período de exclusividad vence el 29/03/2021. Publíquese por 5 días en el Boletín Oficial, Buenos Aires, 2 de Marzo de 2020.- MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - NANCY
RODRIGUEZ SECRETARIA

e. 12/03/2020 N11086/20 v. 18/03/2020

JUZGADO NACIONAL ENLOCRIMINAL YCORRECCIONALNRO. 46 - SECRETARÍA NRO. 134

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nro 46, ubicado en Talcahuano 550 piso 8 Of. 8002 CABA a cargo del Dr. Jorge A. de Santo, Secretaria Nro 134 a cargo del Dr. Santiago Llaro en la causa Nro 48.585/18
seguida contra BENITEZ, DAVID JUAN por abuso sexual se procede a trascribir la parte pertinente; nos Aires, 9
de marzo de 2020 Existiendo motivo suficiente recíbasele declaración indagatoria a David Juan Benítez en los términos del art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación, por tal motivo, cítese al nombrado para el próximo jueves 19 de marzo del corriente a las 9.30 horas. Asimismo, hágase saber a Benítez que podrá concurrir a la audiencia con un abogado de su confianza o presentarse previamente en la Defensoría Oficial N17, en caso de querer ser defendida por un defensor oficial. Toda vez que se desconoce el domicilio del acusado y no ha sido habido en el que figura en el sistema Nosis, sumado a lo manifestado por el testigo Miranda se habría mudado a una provincia, desconociéndose cuál, deberá notificarse a Benítez mediante edictos conforme lo establecido en el art. 150 del CPPN, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de ser declarado rebelde

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/03/2020 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha14/03/2020

Nro. de páginas106

Nro. de ediciones9369

Primera edición02/01/1989

Ultima edición22/06/2024

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