Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.183 - Segunda Sección
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Martes 27 de agosto de 2019

Aldo Ferrer DNI 4.226.812 y Siderar S.A. CUIT 30-51688824-1 lo dispuesto en la causa nro. CPE 729/2016
caratulada SIDERAR SA y otros sobre infracción ley 24.769, en lo pertinente: Buenos Aires, 19 de julio de 2019 RESUELVO: I. DECLARAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, POR MUERTE, de RINALDO CAMPOS
SOAREZ y ALDO FERRER, de las demás condiciones personales obrantes en el exordio, y, en consecuencia, SOBRESEERLOS Art. 59 inc. 1º del C.P. y 336 inc. 1º del CPPN. II. DECLARAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN
PENAL, con respecto a SIDERAR SA, PAOLO ROCCA, DANIEL AGUSTÍN NOVEGIL GUILLERMO HORACIO
HANG, CARLOS MANUEL FRANCK, MARIO HUGO AZULAY, ALBERTO FRANCISCO PETRINI, FRANCISCO
JOSE CUDOS, ROBERTO BONATTI, ROBERTO OSCAR PHILIPPS, MANUEL JORGE DEL CARRIL y CAYETANO
RAÚL BERTERAME, de las demás condiciones obrantes en autos, con relación a los hechos de evasión del impuesto sobre los bienes personales responsable sustitutoacciones y participaciones societarias por los períodos fiscales 2008, 2009 y 2010 y, en consecuencia, DISPONER SU SOBRESEIMIENTO párrafo 2º, art. 54 de la ley 27260 y concordantes, artículo 336, inc. 1º del CPPN, art. 2 inc. a, ley 24769 Fdo. Javier López Biscayart, Juez. Ante mí: Enrique Decarli, Secretario.
Javier López Biscayart Juez - Javier López Biscayart Juez

e. 22/08/2019 N61547/19 v. 28/08/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 29
SECRETARÍA NRO. 57

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº29 a cargo de la Dra. María del Milagro Paz Posse, Secretaría nº57 a cargo de la Dra. Nancy Rodriguez, con sede en Montevideo 546 piso 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos VANDRA S.A. s/QUIEBRA, 21921/2018 comunica por cinco días el estado de quiebra de VANDRAS.A., C.U.I.T. 30-71218417-1, decretada con fecha 20-8-19. El síndico actuante es el contador Raúl Horacio Trejo con domicilio constituido en Angel Pacheco 1940 ed. 1 2 piso Depto D de CABA, a quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 15-10-19. Se deja constancia que el 27-11-19 y el 13-2-20 se fijaron como fechas de presentación de los informes previstos en los arts. 35 y 39
de la L.C.Q., respectivamente. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentación de la misma a ponerlos a disposición de la sindicatura, prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a la fallida para que dentro de las 48 hs. cumpla los recaudos pertinentes que exige el art.
86 de la ley 24522. Buenos Aires, 23 de agosto de 2019. MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - NANCY
RODRIGUEZ SECRETARIA

e. 26/08/2019 N62557/19 v. 30/08/2019

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL -CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr. FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco 5 días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº14 de fecha 25 de Marzo de 2019, en la causa caratulada:
CHAPARRO, BORDÓN AURELIO y MARTÍNEZ ACUÑA, ROSA s/INFRACCIÓN LEY 23.737, Expte. FCT 2012/2017
respecto a AURELIO CHAPARRO BORDÓN, paraguayo, DNIE N 95.091.020 nacido el 26 de Septiembre de 1976 en Carapeguá, Departamento Paraguay, República del Paraguay, soltero, instruido con estudios primarios, albañil, hijo de Ramón Chaparro f y de María Bordón f; con domicilio en calle Saavedra N 581 Tronco del Talar, Partido de Tigre, Provincia de Bs. As. la que dispone: SENTENCIA Nº14. CORRIENTES, 25 de Marzo de 2017.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º 2º CONDENAR
a AURELIO CHAPARRO BORDÓN C.I. Paraguay N95.091.020, a la pena de cuatro 04 años de prisión y multa de pesos cinco mil $5.000, la que deberá hacerse efectiva dentro del término de treinta 30 días de quedar firme este pronunciamiento, mas accesorias legales y costas, por habérselo hallado autor penalmente responsable del delito de Transporte de estupefacientes previsto y reprimido por el art. 5, inc. c de la Ley 23.737 arts. 12, 40 y 41 del Código Penal, y art. 530, 531 y ccs. del CPPN.- 3º 4º 5º 6º 7º 8º REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, practicar el cómputo de pena fijando la fecha de su vencimiento art. 493 C.P.P.N., cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente ARCHIVAR.
FDO.: Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO - Juez de Cámara-. Ante mí: Dr. NERI S. TROSSERO - Secretario AD HOC
Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA
SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 22/08/2019 N61507/19 v. 28/08/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/08/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha27/08/2019

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones9348

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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