Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.054 - Segunda Sección
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Martes 12 de febrero de 2019

del auto de aprobación del remate, bajo el apercibimiento previsto por el art. 580 del Código Procesal.- En caso de no integrarlo oportunamente devengará -a partir del vencimiento de dicho plazointereses, y/o será pasible de adecuación por el mecanismo que resulte pertinente, todo ello a fin de asegurar la estabilidad de su poder adquisitivo. No se admitirá la compra en comisión ni la cesión del boleto de compraventa. No se autoriza la compra por mandato tácito, en los términos dispuestos por el art. 17 del Reglamento de la Oficina de Subastas Resolución 60/2005, Consejo de Magistratura. Quien invoque un poder para el acto de la subasta, además de presentar el instrumento respectivo a la martillera, deberá anunciar de viva voz el nombre de su poderdante, bajo apercibimiento de nulidad, a su costa. EXHIBICIÓN: 14 y 15 de febrero de 2019 de 10 a 12 hs. En Buenos Aires, 7
de febrero de 2019.
Georgina Grapsas Secretaria

e. 11/02/2019 N7092/19 v. 12/02/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha12/02/2019

Nro. de páginas89

Nro. de ediciones9336

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/05/2024

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