Boletín Oficial de la República Argentina del 09/11/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.993 - Segunda Sección

117

Viernes 9 de noviembre de 2018

JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 3 LOMAS DE ZAMORA-BUENOS AIRES

Por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora, a mi cargo, tramita la causa FLP 42521/2016 IMPUTADO: ÁLVAREZ, ABEL ROBERTO s/FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS
PÚBLICOS del registro de la Secretaría Nº 3 de la Dra. Natalia Soledad Wanusse, en la que se ha resuelto CITAR
Y EMPLAZAR al Sr. Abel Roberto Álvarez titular del DNI N 21.174.233, de nacionalidad argentino, casado, nacido el 15/12/1969-, para que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto judicial, bajo apercibimiento, en caso de no hacerlo, de ser declarado rebelde y ordenar su consecuente detención artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación. A mayor abundancia e ilustración, transcríbole la parte pertinente del decreto que ordena la medida: //mas de Zamora, 5 de noviembre de 2018.- Atento al estado de actuaciones y toda vez que se desconoce el actual paradero del imputado Abel Roberto Álvarez, a los efectos de ser habido y así poder continuar con los actos procesales pendientes, cíteselo por medio de edicto judicial, conforme lo establecido en el artículo 150 del Código Procesal Penal de la Nación, debiendo comparecer dentro del término del quinto día de la última publicación de aquél, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su consecuente detención -artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación. A dicho fin, procédase a la publicación del correspondiente edicto mediante el sistema informático del Boletín Oficial, debiendo dejarse constancia del diligenciamiento de ello . Notifíquese. Fdo. Alberto Patricio Santa Marina. Juez Federal; Natalia Soledad Wanusse, Secretaria Federal. Dado, sellado y firmado en la Sala de mi público despacho en la ciudad de Lomas de Zamora, a los 5 días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.- ALBERTO PATRICIO SANTA
MARINA JUEZ FEDERAL

e. 08/11/2018 N 84718/18 v. 14/11/2018

REMATES JUDICIALES
ANTERIORES

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17
SECRETARÍA NRO. 33

Edicto Boletín Oficial El Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 17, Secretaría Nº 33 sito en M. T. de Alvear 1840 piso 3º CABA comunica por 2 días en autos:COMPAÑIA SAN PABLO DE FABRICACION DE AZUCAR S.A. s/QUIEBRA Exp. COM 82367/1995
,que los martilleros MONICA A SILVA, CECILIA MIRNA TAVCAR LINO CANDIDO SEIVANE rematarán el 17/12/2018
a las 11.30 hs. en Jean Jaurs 545 CABA. el inmueble con todo lo plantado, adherido o construido ubicado en Departamento de MONTEROS, provincia de Tucumán, matrícula M-7574, PADRON: 241665, plano 20260/92 SUP
:2465,31 HA, BASE U$S 410.000, al contado y al mejor postor. Seña 30%; Comisión 3% más I.V.A.; Arancel CSJN
0,25%. Todo en dinero efectivo en el acto del remate. Las deudas anteriores al decreto de quiebra deben ser verificadas por los entes recaudadores y las posteriores hasta la toma de posesión se contemplaran conforme el art. 240 LCQ. El comprador debe constituir domicilio en jurisdicción del Juzgado y depositar el saldo de precio dentro del 5º día de aprobada la subasta en la cuenta abierta en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales, sin necesidad de notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPC.
Prohibida la compra en comisión y/o ulterior cesión del boleto de compraventa. Para el caso que el oferente se presente por medio de apoderado, deberá denunciar su nombre y domicilio constituido en el acto de la subasta. El comprador será puesto en posesión del inmueble una vez integrado el saldo. La entrega de la posesión se efectuará dentro de 20 días, bajo apercibimiento de asumir las cargas sobre el bien desde dicha fecha. Se encuentran a cargo del comprador la totalidad de los gastos que demande la transferencia del dominio. Las deudas por tasas, impuestos o contribuciones anteriores a la fecha del decreto de quiebra deben ser verificadas por los acreedores, y las posteriores, hasta la fecha de posesión son a cargo de la quiebra. No se admitirán reclamos sobre estado físico y/o jurídico. EXHIBICION: 10/12/2018 11 hs a 13hs .Buenos Aires de noviembre de 2018. Buenos Aires, 7 de noviembre de 2018.MA.
FEDERICO A. GUERRI Juez - RAFAEL TREBINO FIGUEROA SECRETARIO

e. 08/11/2018 N 84727/18 v. 09/11/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/11/2018 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha09/11/2018

Nro. de páginas118

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/06/2024

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