Boletín Oficial de la República Argentina del 05/10/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.969 - Segunda Sección
63

Viernes 5 de octubre de 2018

CDE. ACT. N 1157/17 1307/17 2803/17- 5623/17- 6011/17- 6239/17- 6740/17- 7341/17- 7499/17- 7500/17- 7546/177701/17- 4654/18- 4655/18- 9214/18
ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION Juez - Dr. AUGUSTO JOSE FERNANDEZ PINTO
DIRECTOR GENERAL

e. 05/10/2018 N73977/18 v. 09/10/2018

TRIBUNAL ORAL ENLOCRIMINAL FEDERAL NRO. 2
ROSARIO - SANTA FE

En autos caratulados: ESQUIVEL ALBERTO MARTIN s/INFRACCION LEY 23.737, Expte. FRO 28898/2015/TO1, de trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de Rosario, Vocalía Nº3 presidida en forma unipersonal por el Dr. OMAR R. A. DIGERONIMO, mediante Sentencia nº24/17 de fecha 19 de diciembre de 2017, se resolvió: I.- CONDENAR a Alberto Martín Esquivel, DNI 23.716.621, cuyos demás datos personales obran en autos, a la pena de cuatro 4 años de prisión, multa de un mil pesos $1.000, accesorias legales y costas, como autor penalmente responsable del delito previsto y penado por el artículo 5 inciso c de la ley 23.737 en la modalidad de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. II.- UNIFICAR la condena impuesta a Alberto Martín Esquivel, con la impuesta por el Colegio de Jueces de Primera Instancia de Rosario en la causa CUIJ Nº 2106309145-3, a la pena única de cinco 5 años y seis 6 meses de prisión, multa de pesos mil $1000, accesorias legales y costas cf. Arts. 55 y 58 del C.P.. III. Firme quede la presente, hágase saber de la unificación realizada en el presente al Colegio de Jueces de Primera Instancia de Rosario. IV.- DISPONER el decomiso de la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos veintiséis $4426 secuestrados para la presente causa, incautados en el procedimiento de autos y, depositada en el Banco de la Nación Argentina, conforme artículo 30 in fine de la ley 23.737 y artículo 23 del Código Penal. V.- Dejar expresa constancia que se imprimió al presente el trámite del juicio abreviado, previsto en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación. VI.- IMPONER a los condenado el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos 69,70, intimándolos a hacerlo efectivo en el término de cinco días, bajo apercibimiento de aplicarles en concepto de multa un recargo del cincuenta por ciento 50% del valor referido, que deberá abonar en idéntico plazo. VII.- Practicar por Secretaría el cómputo de la pena impuesta, con vista a las partes art. 493 Código Procesal Penal de la Nación. VIII.- Una vez firme la presente, disponer la destrucción del material estupefaciente secuestrado. Respecto a la devolución de los elementos reservados que no guarden relación con la misma, estarán a disposición de la parte interesada por el término de 10 días hábiles desde que el fallo adquiera firmeza, procediéndose a la destrucción de los mismos para el caso que no se reclamaran en el lapso de tiempo indicado. IX.- Insertar la presente en el Protocolo de Sentencias, publicar, hacer saber a las partes, librar las comunicaciones pertinentes y, oportunamente archivar las actuaciones..- Fdo.: Dr. OMAR R. A. DIGERÓNIMO Juez de Cámara. Ante mí: Dra. Usandizaga Mariángeles SecretariaTribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Rosario Santa Fe. OMAR R.A. DIGERONIMO JUEZ DE
CAMARA

e. 05/10/2018 N74188/18 v. 05/10/2018

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 7
SECRETARÍA NRO. 13

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N 7, Secretaría N 13, en la causa N 445/2016, caratulada:
TRANSFEMS.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769, notifica a Alejandro Guillermo MACHUCA titular del D.N.I.
N23.812.816 de lo dispuesto por el tribunal con fechas 3/10/18 y 7/09/2018: Buenos Aires, 3 de octubre de 2018.
Toda vez que resultaron infructuosos los intentos de notificación a Alejandro Guillermo MACHUCA de lo ordenado a fs. 297 punto II, notifíquese mediante edictos a publicar en el Boletín Oficial, durante el término de 1 día.- FDO:
JUAN P. GALVAN GREENWAY JUEZ, ANTE MI: A. MARIANA ZABALA DUFFAU, SECRETARIA. Buenos Aires, 7
de septiembre de 2018. II.- , intímese a Alejandro Guillermo MACHUCA a proponer letrado defensor entre los abogados de la matrícula de su confianza, haciéndoles saber a los nombrados que si dentro del tercer día de notificados no lo hicieren, se les designará al Defensor Oficial que por turno corresponda cfr. artículos 104, 107 y 197 del C.P.P.N.. .- FDO: PABLO YADAROLA - JUEZ, ANTE MÍ: A. MARIANA ZABALA DUFFAU, SECRETARIA
Juan P. GALVAN GREENWAY Juez - A. Mariana ZABALA DUFFAU secretaria

e. 05/10/2018 N74347/18 v. 05/10/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/10/2018 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha05/10/2018

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición28/05/2024

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