Boletín Oficial de la República Argentina del 14/12/2017 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.771 - Segunda Sección

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Jueves 14 de diciembre de 2017

BOSCH REXROTHS.A.I.C.

Por Asamblea Ordinaria Extraordinaria de fecha 23/10/2017 se resolvió: i reformar los artículos 8 y 10 del estatuto social; ii Aprobar el texto ordenado del estatuto de la Sociedad; iii aceptar la renuncia de Roberto H. Imperiale a su cargo de Director Titular de la Sociedad y designar en su reemplazo al Sr. Manfred Al Kayal; iv que el Directorio quede conformado de la siguiente manera: Presidente: Manfred Al Kayal. Vicepresidente: Thomas Endres. Director Titular: Eduardo Gastón Díaz Pérez; v Asignarle al Sr. Director Titular Eduardo Gastón Díaz Pérez funciones especiales en el área de Relaciones Institucionales. Los Directores designados constituyen domicilio especial en Callao 420, Piso 7 A, C.A.B.A. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 23/10/2017
Pablo Gabriel Noseda - T: 38 F: 751 C.P.A.C.F.
e. 14/12/2017 N97320/17 v. 14/12/2017

CAMPOS YPROPIEDADESS.A.

Rectifico aviso 93247/17 del 1-12-17 Asamblea Ordinaria extraordinaria nº11 de 12-12-17 rectifica artículo, debiendo decir 3º en vez de 4º Autorizado según instrumento privado Asamblea ordinaria extraordinaria de fecha 12/12/2017
María Cristina Lopez Seoane - T: 58 F: 178 C.P.A.C.F.
e. 14/12/2017 N96998/17 v. 14/12/2017

CONSTRUCCIONES CAPINS.A.C.I.F.I.A.

Escritura 28/11/17. Se protocolizó Asamblea del 12/5/17, resolviendo: 1 aumentar el Capital Social a $ 400000
reformando art. 4 del estatuto; 2 prescindir de Sindicatura reformando art. 9; 3 adecuar la garantía de los directores reformando art. 7; 4 designar Directorio quedando conformado: Presidente: Rebeca Fainsilberg, Director Suplente: Roger Fabian Baisburd; ambos domicilio especial en Av. Raul S. Ortiz 311 piso 1 oficina 3, CABA.
Directorio cesante: Presidente: Leopoldo Baisburd; Vicepresidente: Rebeca Fainsilberg; Director Suplente: Berta Mirovich; 5 reordenamiento del estatuto Autorizado según instrumento público Esc. Nº150 de fecha 28/11/2017
Reg. Nº1375
Silvia Epelbaum - Habilitado D.N.R.O. N3369
e. 14/12/2017 N97241/17 v. 14/12/2017

CTG ENERGIAS.A.

Por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 8 de agosto de 2017 y Acta de Directorio del 8 de agosto de 2017 se resolvió: a Transformar la Sociedad en Sociedad Anónima Unipersonal la que se denominará CTG ENERGÍAS.A.U.. b Reformar los artículos 1, 4, 5, 9, 12, 13 y 14 del Estatuto Social. c Reformar en artículo 3 del estatuto social el que quedará redactado de la siguiente forma: ARTÍCULO 3. La Sociedad tiene por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a Industriales: Producción de energía eléctrica y su comercialización, a cuyo efecto podrá realizar cualquier otra operación complementaria de su actividad industrial y comercial o que resulte necesaria para facilitar la consecución de su objeto; b Importación y Exportación: Materias primas y todo tipo de bienes, productos derivados y maquinarias relacionadas con el objeto social; c Servicios: Prestación y provisión de servicios de asistencia, mantenimiento, operación, administración y asesoramiento de personas físicas o jurídicas que se dediquen a la producción, transporte, transformación y comercialización de energía eléctrica o derivados de la electricidad y sus aplicaciones, así como de las materias o energías primarias necesarias para su generación, convencionales y renovables, y toda otra fuente que se desarrolle en el futuro. Para cumplir su objeto, la Sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos y operaciones cualquiera sea su carácter legal, incluso financieros, excluida la intermediación, que hagan al objeto de la Sociedad, o estén relacionados con el mismo dado que, a los fines del cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. En particular, la Sociedad podrá: a Adquirir por compra o cualquier título, bienes inmuebles, muebles, semovientes, instalaciones y toda clase de derechos; títulos, acciones o valores, venderlos, permutarlos, cederlos y disponer de ellos bajo cualquier título, darlos en garantía y gravarlos, incluso con prendas, hipotecas o cualquier otro derecho real y constituir sobre ellos servidumbres, concertar contratos de unión transitoria de empresas y de agrupación de colaboración empresaria; fundar, asociarse con o participar en personas de existencia visible o jurídica de carácter público o privado domiciliadas en el país o en el exterior; b Celebrar toda clase de contratos y contraer obligaciones, incluso préstamos y otras obligaciones, con bancos oficiales o particulares, nacionales o extranjeros, organismos internacionales de crédito y/o cualquier otra naturaleza, aceptar consignaciones, comisiones y/o mandatos y otorgarlos, conceder créditos comerciales vinculados con su giro; c Emitir, sin perjuicio de lo establecido en el artículo séptimo del estatuto, en el país o en el extranjero, debentures, obligaciones negociables y otros títulos de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/12/2017 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha14/12/2017

Nro. de páginas102

Nro. de ediciones9352

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/06/2024

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