Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2012 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 2 de octubre de 2012
la Unidad Funcional Nº 3 integrada por los polígonos 00-03 y 00-04: se encuentra ocupada por el sr. Rubén Desita dni. 26.600.972
quien manifestó alquilarle la propiedad al matrimonio Claudio Valerio y su esposa María Laura Ibarra, la unidad se ubica sobre el frente de la calle Pte. Perón y está identificada con el Nº 881, se compone de living-comedor, cocina, dos habitaciones, baño completo, patio con parrilla de material, entrada de autos polígono 00-04, presentando un buen estado de conservación. Actualmente la unidad cuenta según informe del agrimensor con 101 m2 28 cm2 polígono 00-03: cubierta 64,24, semi-cubierta 4,91 m2 y descubierta 16,14; polígono 00-04 -garage- 15,99 m2 no existiendo por lo tanto diferencia con la superficie originalmente proyectada a construir, dado que se incrementó por un lado la superficie semi-cubierta en 15,99 m2 y disminuyó por el otro la superficie descubierta en 15,99
m2 todo ello con respecto al plano original; y la Unidad Funcional Nº 5 integrada por el polígono 01-02: se encuentra ocupada por las hermanas Olga Elsa dni. 2.741.390 y Ofelia dni. 1.756.002 Conti, sin haber exhibido título alguno que acreedite la titularidad de la unidad. La unidad se ubica en la planta alta con frente a la calle Larrea está identificada con el Nº 1490, la puerta de acceso desde la planta baja es la contigua a la correspondiente a la Unidad 2 y está identificado en el portero eléctrico como departamento A. Se compone de living-comedor, cocina, dos habitaciones, baño completo, balcón corrido el cuál es muy angosto. El estado de conservación del departamento es bueno. Resulta importante destacar que el acceso a la unidad es por una escalera muy angosta, además y a continuación y por otra escalera en este caso de hierro se accede a la terraza del inmueble el techo del PH. Según el mismo informe del agrimensor dicha unidad cuenta actualmente con una superficie total de 60 m2 36 cm2 cubierta 56,90 m2 y balcón de 3,46, existiendo por lo tanto una diferencia a su favor con respecto a la superficie que originalmente estaba proyectada construir para la unidad de 7
m2 con 80 cm2. Según se ordena en fs. 533, se transcribe lo manifestado a fs. 530, párrafos 3, 4 y 5 y 1 párrafo de fs. 530 vta. por la actora: Ello por supuesto, a los fines de hacer saber a los potenciales clientes en la subasta a realizarse de la reales medidas de las superficies cubiertas y totales de las unidades, dejando constancia en los edictos de ley, de las superficies que informan los dominios y de los que surgirían de la constatación que se efectuara junto al agrimensor, es decir de los metros actuales verdaderos que correspondían a cada unidad. En dicho contexto el Sr. Agrimensor designado por el Sr. Martillero, practica su informe técnico, donde deja asentado que existe una primera rectificación del plano PH 86-133-95 realizado por el Sr. Agrimensor Rubén Darío Sarlo, del cual surge la unidad funcional 6 y la unidad complementaria B a expensas de la unidad funcional 1 y que también surgen diferencia en la medidas lineales y superficiales de las unidades funcionales y que deben ser volcadas en una nueva ratificación del plano de propiedad horizontal PH 86-133-95. Es decir que se han hecho modificaciones a las superficies cubiertas originales que surgen de reglamento de copropiedad e informes de dominio, pero dicha circunstancia no se ha volcado en un nuevo plano de propiedad horizontal, como tampoco la creación de la unidad 6 a expensas de la unidad funcional 1, ni se dejó asentado esto último en el Registro de la Propiedad Inmueble. Concluida la subasta será el adquirente con las facultades que la ley le otorga como titular dominial, proceda a efectuar la ratificación del plano PH 86-133-95
ante la Dirección de Catastro y posterior inscripción definitiva en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia. de Buenos Aires, de las nuevas medidas que fueron constatadas por el Sr. Agrimensor y del cual surge la unidad funcional 6 y unidad complementaria B, que fue creada a expensas de la unidad funcional 1, circunstancia como ya se señalara, no consta inscripta como tal en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Bs. As.. Conforme surge de la constatación de fs. 381/382
y en virtud de lo normado por el art. 598 se dio cumplimiento con lo allí dispuesto los ocupantes han sido debidamente notificados que deberán desocupar el inmueble dentro del plazo de 10 días bajo apercibimiento de lanzamiento por la fuerza pública. Conforme lo dispuesto con fecha 31 de agosto de 2012

se ha eximido a la parte actora, en caso de resultar compradora, a abonar el importe de la seña hasta el monto de su crédito. En todos los casos Seña 25%. Comisión 3% + IVA.
Arancel CJSN 0,25%. Sellado de ley. El comprador deberá constituir domicilio en el lugar que corresponda al asiento del Juzgado, y dentro del 5 día contado a partir de la aprobación, depositar judicialmente en el Banco de la Nación Argentina el importe del precio que corresponda abonar al contado, con más los intereses que cobra el Banco Central de la República Argentina, a la tasa activa promedio 30 días, en caso de que la obligación a efectivizar el saldo de precio se produzca vencidos los treinta días de realizado el acto de subasta. En virtud de lo dispuesto por el Cód. Civ.:3936 conf. ley 24.441, no se admitirá la compra en comisión.- Las personas concurrentes al salón donde se efectuará la subasta decretada deberán identificarse con nombre, apellido, domicilio y documento de identidad ante el martillero y/o la persona que esté comisionada a esos efectos. Conforme lo resuelto por la Excma. CNCiv., en pleno in re SERVICIOS EFICIENTES C/YABRA ROBERTO ISAAC S/EJECUCION HIPOTECARIA: No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas. No cabe solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble sea halle sujeto al régimen de la ley 13.512. De resultar insuficientes los fondos, el adquirente en subasta asumirá a su cargo las deudas que pudiere registrar el inmueble en concepto de expensas, a las que deberán adicionarse los correspondientes intereses, sin perjuicio de ocurrir oportunamente por la vía y forma que corresponda para repetir las sumas pertinentes. En cuanto a las demás deudas que registre el bien por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, deberá estarse a la doctrina emanada del plenario antes mencionado. Según nota de fs. 575, el 31 de julio de 2012 se iniciaron los autos caratulados: RODERO Miguel Ángel c/ÁLVARO Esther Josefina y otro S/Tercería de Dominio Expte.
N 57.200/2012 respecto de la Unidad Funcional N 2. Exhibición: 3 y 4 de octubre de 2012
de 10:30 a 12:30 hs.
En Buenos Aires, Septiembre de 2012.
Paula Emilia Fernandez, secretaria.
e. 01/10/2012 N 93143/12 v. 02/10/2012

4. Partidos Políticos ANTERIORES

% 36 %

PARTIDO INSTRUMENTO
ELECTORAL POR LA UNIDAD
POPULAR
Distrito Provincia Catamarca
El Sr. Juez Federal con Competencia Electoral Subrogante del Distrito Catamarca, Dr. Ricardo Antonio Moreno, hace saber, en cumplimiento de lo establecido en el art. 14 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº23.298, que la agrupación política Instrumento Electoral Por La Unidad Popular se ha presentado ante esta sede judicial iniciando el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico-política como partido de Distrito en los términos del art. 7 de la Ley Nº23.298, bajo el nombre partidario, sigla, emblema y/o símbolo, que adoptó en fecha 0709-12 Expte. Nº 64/12.- En San Fernando del Valle de Catamarca, diecisiete de setiembre del año dos mil doce.- Fdo. Dr. Américo Morcos Secretario Electoral Nacional.
Secretaría Electoral, 17 de setiembre de 2012.
Américo Morcos, Secretario Electoral Nacional, Catamarca.
e. 01/10/2012 Nº98843/12 v. 03/10/2012

BOLETIN OFICIAL Nº 32.492

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/10/2012 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha02/10/2012

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9353

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/06/2024

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