Boletín Oficial de la República Argentina del 21/09/2012 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 21 de septiembre de 2012

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

NUEVAS

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
SECRETARIA UNICA
TUCUMAN

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en los autos caratulados: Uncos, Miguel Angel y Sánchez, Luis Ricardo s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
ICondenar a Miguel Angel Uncos, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos doscientos cincuenta $ 250, accesorias legales por igual término que el de la condena y costas, por ser autor voluntario y responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.- art.
5 inc. c ley 23.737, arts. 12, 29 inc. 3, 40 y 41 C.P
y 403 C.P.P.N.
IICondenar a Luis Ricardo Sánchez, de las condiciones personales que constan en autos, a la pena de cuatro años y dos meses de prisión, multa de pesos quinientos $ 500, accesorias legales por igual término que el de la condena y costas, por ser autor voluntario y responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.- art. 5 inc. c ley 23.737, arts. 12, 29 inc. 3, 40 y 41 C.P y 403
C.P.P.N.
IIIOrdenar el decomiso del dinero y los restantes objetos secuestrados art. 23 del C.P y art. 30 del 23.737.
IVOrdenar el la destrucción del remanente del estupefaciente secuestrado Art. 30 de la Ley 23.737.
V Protocolícese - Hágase Saber.- Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Juez de Cámara. Gabriel Eduardo Casas, Juez de Cámara.
Dra. María Alicia Noli, Presidenta. Ante mí: Dr.
Hugo César Del Sueldo Padilla, Secretario de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán en los autos caratulados: Uncos, Miguel Angel y Sánchez, Luis Ricardo s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
I Aprobar el cómputo de la pena y la planilla de costas procesales de fs. 655 y vta. de autos.
II Fijar el día 06 de Agosto de 2.014 como fecha de cumplimiento de la pena impuesta a Miguel Angel Uncos de las condiciones personales que constan en la causa, quien fuera condenado por este Tribunal Oral por sentencia de fecha 28
de Mayo de 2012.
III Fijar el día 06 de Octubre de 2014 como fecha de cumplimiento de la pena impuesta a Luis Ricardo Sánchez de las condiciones personales que constan en la causa, quien fuera condenado por este Tribunal Oral por sentencia de fecha 28
de Mayo de 2012.
IV Intimar a Miguel Angel Uncos y Luis Ricardo Sánchez al pago de pesos sesenta y nueve con sesenta y siete centavos $ 69,67, en concepto de tasa de justicia, conforme lo dispuesto en el art. 6 de la Ley 23.898, actualizada por Resolución de la Excma. C.S.J.N. N 498/91, art. 1.
V Regístrese - Hágase Saber.- Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla, Juez de Cámara. Gabriel Eduardo Casas, Juez de Cámara. No firma la presente la Dra. María Alicia Noli, por encontrarse subrogando fuera de la jurisdicción. Ante mí: Dr.
Hugo César Del Sueldo Padilla, Secretario de Cámara, Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
e. 21/09/2012 N 96705/12 v. 21/09/2012

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

Primero: Condenando a Jenny Alexandra Monroy Camargo, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos: Doscientos veinticinco $ 225, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por el tiempo que dure la condena, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5
inciso C de la ley 23.737 y las costas del juicio.
Segundo: Realizando oportunamente por Secretaría el cómputo de la pena.
Tercero: Ordenando la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitiendo a Jenny Alexandra Monroy Camargo, al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en una unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber que la nombrada ha solicitado permanencia en el actual lugar de detención.
Quinto: Remitiendo copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Yenny Alexandra Monroy Camargo, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Sexto: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Mario Marcelo Juarez Almaraz, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí:
Efraín Ase, secretario.
e. 21/09/2012 N 96801/12 v. 05/10/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO N 7
SECRETARIA N 14

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro.
7, Secretaría Nro. 14, notifica a José Beltrán VEGA
D.N.I. Nº 24.807.607, que con fecha 13/9/2012
se resolvió: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR
PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra José Beltrán VEGA D.N.I. Nº 24.807.607, con relación al hecho vinculado con el libramiento del cheque Nº 00081924 del Banco Supervielle Societe Generale, perteneciente a la cuenta corriente Nº 001-012392/6, abierta a nombre de José Beltrán VEGA, el cual al ser presentado al cobro fue rechazado por la causal de repulsa: SIN FONDOS SUFICIENTES DISPONIBLES EN CUENTA, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden al hecho mencionado artículos 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 1º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación. II.- LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre José Beltrán VEGA D.N.I. Nº24.807.607. A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina. SIN COSTAS artículos 530 y 531
in fine del C.P.P.N., en la causa Nº 4249/1998
4270, caratulada BELTRAN VEGA, JOSÉ SOBRE
INFRACCIÓN ARTÍCULO 302 Publíquese por cinco días. Como recaudo legal, se transcribe el auto que así lo ordena: Buenos Aires, 13 de septiembre de 2012. AUTOS Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- DECLARAR EXTINGUIDA
POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra José Beltrán VEGA D.N.I. Nº24.807.607, con relación al hecho vinculado con el libramiento del cheque Nº 00081924 del Banco Supervielle Societe Generale, perteneciente a la cuenta corriente Nº 001-012392/6, abierta a nombre de José Beltrán VEGA, el cual al ser presentado al cobro fue rechazado por la causal de repulsa: SIN FONDOS SUFICIENTES DISPONIBLES EN CUENTA, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE
al nombrado en orden al hecho mencionado artículos 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 1º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación.
II.- LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre José Beltrán VEGA D.N.I. Nº24.807.607. A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina. IV.- SIN COSTAS artículos 530 y 531 in fine del C.P.P.N.. Regístrese, protocolícese, publíquese por edictos a efectos de notificar a José Beltrán VEGA lo aquí dispuesto, por el término de cinco días FDO. JUAN P. GALVÁN
GREENWAY. JUEZ NACIONAL. ANTE MI: MARIA
INES CARBAJALES. SECRETARIA.
Buenos Aires, 13 de septiembre de 2012.
María Inés Carbajales, secretaria.
e. 21/09/2012 Nº96438/12 v. 28/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO N 7 SECRETARIA N 14

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy en los autos caratulados: Monroy Camargo, Jenny Alexandra s/Inf. Ley 23.737, resuelve:

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro. 7, Secretaría Nro. 14, notifica a Carlos Daniel ROLDÁN D.N.I. Nº12.576.618, que con fecha
BOLETIN OFICIAL Nº 32.486

13/9/2012 se resolvió: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra Carlos Daniel ROLDÁN, con relación a los hechos vinculados con el libramiento y posterior contraorden de pago, fuera de los casos autorizados por la ley, de los cheques de pago diferido Nos. 81498802 y 81498808 del Banco Mercantil, perteneciente a la cuenta corriente Nº1678/8
abierta a nombre de Carlos Enrique PATURZO, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE
al nombrado en orden a los hechos mencionados artículos 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 3º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación. II.- LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre Carlos Daniel ROLDÁN
D.N.I. Nº 12.576.618. A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina. III.- SIN COSTAS artículos 530 y 531
in fine del C.P.P.N., en la causa Nº 152/1999
4300, caratulada: PATURZO CARLOS ENRIQUE SOBRE INFRACCIÓN ARTÍCULO 302
Publíquese por cinco días. Como recaudo legal, se transcribe el auto que así lo ordena: Buenos Aires, 13 de septiembre de 2012. AUTOS Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN
la acción penal instada contra Carlos Enrique PATURZO D.N.I. Nº13.296.757 y Carlos Daniel ROLDÁN D.N.I. Nº 12.576.618, con relación a los hechos vinculados con el libramiento y posterior contraorden de pago, fuera de los casos autorizados por la ley, de los cheques de pago diferido Nos. 81498802 y 81498808 del Banco Mercantil, perteneciente a la cuenta corriente Nº1678/8 abierta a nombre de Carlos Enrique PATURZO, y en consecuencia, SOBRESEER
TOTALMENTE a los nombrados en orden a los hechos mencionados artículos 59 inciso 3º, 62
inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 3º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación. II.- LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre Carlos Daniel ROLDÁN D.N.I. Nº12.576.618. A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina. III.- SIN COSTAS artículos 530
y 531 in fine del C.P.P.N.. Regístrese, protocolícese, publíquese por edictos a efectos de notificar a Carlos Daniel ROLDÁN lo aquí dispuesto, por el término de cinco días, FDO. JUAN P.
GALVÁN GREENWAY. JUEZ NACIONAL. ANTE
MI: MARIA INES CARBAJALES. SECRETARIA.
Buenos Aires, 13 de septiembre de 2012.
María Inés Carbajales, secretaria.
e. 21/09/2012 Nº96436/12 v. 28/09/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL N 3
SECRETARIA N 6

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 3, a cargo del Dr. Daniel E.
Rafecas, Secretaria nro. 6, a mi cargo, cita y emplaza a Néstor Fabián Benítez o a Rolando Benítez Doldán, quien deberá comparecer por ante este Tribunal con el objeto de prestar declaración a tenor de lo normado por el art. 294
del Código Procesal Penal de la Nación -indagatoria-, acorde al delito de falsificación de documento público, dentro del tercer día a partir de la última publicación del edicto ordenado, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su inmediata captura y detención en causa nro. 76/12 que se le sigue por el delito de falsificación de documento, bajo apercibimiento en caso contrario, de lo dispuesto por el art. 150
última parte del primer párrafo del Código Procesal Penal.
Secretaría nro. 6, 17 de septiembre de 2012.
Adrián Rivera Solari, secretario federal.
e. 21/09/2012 N 98031/12 v. 26/09/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
CRIMINAL DE INSTRUCCION N 31
SECRETARIA N 119

Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº31, Secretaría Nº119, en el marco de la causa nro. 21.939/11 caratulada Limachi Cáceres Crispin s/coacción, cita y emplaza por tres 3 días a contar desde la última publicación del presente a Crispin Limachi Cáceres titular de la C.I. nro. 5.118.203 de la República de Bolivia, nacido el 24/10/1979, en la Rep. de Bolivia, casado, hijo de Santiago Limachi y Virginia Cáceres, cuyos demás datos filiatorios se desconocen, para que comparezca a efectos de prestar declaración indagatoria art. 294 del C.P.P.N.,
17

bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Dra. Susana Castañera. Juez. Dra. Natalia Le Pera Secretaria.
e. 21/09/2012 Nº96668/12 v. 28/09/2012

JUZGADOS NACIONALES
EN LO COMERCIAL

N 4
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº4, a cargo del Dr. Héctor Hugo Vitale, Secretaría Nº 7, a cargo del Dr. Hernán Osvaldo Torres, sito en Roque S. Peña 1211 P.
1º Cap. Fed., comunica por 5 días que con fecha 05.09.2012 fue decretada la quiebra de OFSICE
SA, en los autos caratulados OFSICE SA s/
PROPIA QUIEBRA, Expte. Nº082693, habiéndose designado síndico al Contador HAIMOVICI, CLAUDIO JORGE, con domicilio en la calle MAIPU 267 PISO 6 y TE 41160-0334/38, donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 01.11.2012. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición del síndico, prohibiéndoseles hacer pagos o entregas de bienes, los que serán ineficaces. Intímase al fallido y/o a sus administradores también para que cumplan con lo dispuesto por la lcq 86 y constituyan domicilio dentro de la jurisdicción del Juzgado y en el plazo de 48hs. bajo apercibimiento de tenérselo por constituído en los Estrados del Juzgado.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17
de septiembre de 2012.
Herna O. Torres, secretario.
e. 21/09/2012 Nº96435/12 v. 28/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 5

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº5, a cargo del Fernando M. Durao, Secretaría Nº09, a cargo de la Dra. Agustina Diaz Cordero, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 09-08-12, se decretó la quiebra de DRYSUR S.A designándose como síndico al contador ROTGER EDUARDO
HORACIO, con domicilio en SARMIENTO 1169
6º E TEL 5199-2448, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 08-11-12. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 21-12-12 y 13-03-13. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado LC: 88:7.
b se abstengan de salir del país sin previa autorización del Tribunal LC 103. Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días.
Buenos Aires, 17 de Septiembre.
Agustina Díaz Cordero, secretaria.
e. 21/09/2012 Nº96498/12 v. 28/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 11

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial N 11, a cargo del Dr. Saravia Fernando I., Secretaría N 21, interinamente a cargo de la Dra. Jimena Diaz Cordero, con sede en la calle Callao 635 - Piso 5 de Capital Federal, publica por un día emplazando al demandado Sr.
Duarte Sergio Andrés para que dentro del plazo de cinco días de notificado comparezca a tomar la intervención que le corresponda en los autos Banco Hipotecario SA C/Duarte Sergio Andrés S/Ejecutivo, Expte. N 32.346/08, bajo apercibimiento de designarse al Defensor Oficial para que lo represente en juicio. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 23 de mayo de 2012.
Jimena Díaz Cordero, secretaria.
e. 21/09/2012 N 97041/12 v. 21/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL

N 22

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 22, a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría N 43, a mi cargo, sito en M.
T. de Alvear 1840 Piso 3 de la Ciudad de Buenos Aires, comunica por cinco días que el día 12 de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/09/2012 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha21/09/2012

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9365

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/06/2024

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