Boletín Oficial de la República Argentina del 20/09/2012 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 20 de septiembre de 2012
la siguiente: ACTIVO: $ 14400; PASIVO: $ 0,00.y PATRIMONIO NETO: $ 14400; 4 Reclamos y oposiciones en la sede social. Designado por escritura Nº 24 del 02/02/2012.
Presidente - German Feliciano Jara e. 18/09/2012 N 95753/12 v. 20/09/2012

% 49 %

T

TARSHOP S.A.
Cesión Fiduciaria de Créditos Incorporación de Nuevos Créditos. Se hace saber que en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Fideicomiso en Garantía celebrado el 13 de Septiembre de 2011 entre Tarshop S.A el Fiduciante, Banco de Valores S.A el Fiduciario y Standard Bank Argentina S.A, Banco Itaú Argentina S.A y Nuevo Banco de Santa Fe S.A todos ellos, Beneficiarios, Tarshop S.A. cedió fiduciariamente el 17
de septiembre de 2012 créditos adicionales, originados en el uso de tarjetas de crédito Tarjeta Shopping al Fiduciario. Los créditos cedidos estarán indicados en la página web de la compañía, www.tarjetashopping.com.ar, cuyo acceso se encuentra disponible para los Clientes registrados en la misma y en los discos compactos que se entreguen conforme el Contrato de Fideicomiso, los cuales podrán ser consultados por quienes prueben tener un interés legítimo en el domicilio del Fiduciario Sarmiento 310, Ciudad de Buenos Aires. La presente publicación importa notificación en los términos del Artículo 1467 del Código Civil. El presente aviso debe leerse conjuntamente con el aviso publicado en este Boletín el 14 y el 15 de Septiembre de 2011
Trámite N 117859/2011 al cual complementa.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de Septiembre de 2012. Maria Laura Perez Espinosa, Abogada, C.P.A.C.F. Tomo 81 Folio 790, Autorizada según Contrato de Fideicomiso referido.
María Laura Perez Espinosa T: 81 F: 790 C.P.A.C.F.
e. 19/09/2012 N 97032/12 v. 20/09/2012

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Alcibia Ortega, Lourdes s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenar a Lourdes Alcibia Ortega, de las calidades personales mencionadas más arriba, a las penas de cuatro años de prisión, multa de Pesos: doscientos veinticinco $
225.00, la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por el tiempo que dure la condena, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y sancionado por el artículo 5 inciso c de la ley 23.737, con costas.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 11 de Octubre del año dos mil quince, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar del detención de Lourdes Alcibia Ortega, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: Levantar, la inhibición general de bienes de Lourdes Alcibia Ortega, dispuesta a fs.
82/84.
Sexto: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada, Juez
de Cámara Subrogante. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Efraín Ase, Secretario.
e. 12/09/2012 N 93192/12 v. 26/09/2012


TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Pinedo Muñoz, Edson Vicente s/Contrabando de Estupefacientes, cocaína. Agravado por el presunto destino de comercialización en grado de tentativa, resuelve:
Primero: Condenar a Edson Vicente Pinedo Muñoz, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionario o empleado aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de a bordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderado o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por el doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público, encontrarlo autor responsable del delito de Contrabando de importación de estupefacientes agravado por el presunto destino de comercialización, previsto y sancionado por el art. 866 segundo párrafo, en función del artículo 864 inc. a, in fine, de la ley 22.415 y sus modificatorias Código Aduanero, con más las inhabilitaciones establecidas por el Artículo 876 Id., incisos e, por el tiempo de la condena, f y h en concordancia con el Art.
1026, inc. b Id., sin perjuicio de las sanciones que correspondan en sede aduanera, con más la Inhabilitación Absoluta que establece el Art.
12 del C.P. y las costas del juicio.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 09 de Septiembre del año dos mil quince, y diez días para el pago de costas del Juicio.
Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Edson Vicente Pinedo Muñoz, para su correspondiente notificación en ese lugar.
Quinto: Levantar la inhibición general de bienes de Edson Vicente Pinedo Muñoz dispuesta a fs. 62/64 de autos.
Sexto: Mandando que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Mario Marcelo Juaréz Almaraz, Juez de Cámara Subrogante. Ante mí:
Efraín Ase, Secretario.
e. 12/09/2012 N 93203/12 v. 26/09/2012


TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, en los autos caratulados: Ponce Coria, Matilde y Otra s/Inf. Ley 23.737, resuelve:
Primero: Condenar a Matilde Ponce Coria, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de cuatro años de prisión, multa de pesos: doscientos veinticinco $ 225, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes con fines de comercialización previsto y sancionado por el artículo 5 inciso C de la ley 23.737, con más la pena de inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena que prescribe el Art. 12 del Código Penal y las costas del juicio.
Segundo: Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 21 de Noviembre del año dos mil quince, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.
Tercero: Ordenar la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la autoridad sanitaria federal.
Cuarto: Remitir a Matilde Ponce Coria, al Servicio Penitenciario Federal para que cumplan la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo, haciéndole saber a la mencionada institución que la nombrada ha solicitado permanencia en el actual lugar de detención.
Quinto: Remitir copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Matilde Ponce Coria, para su correspondiente notificación.
Sexto: Levantar la inhibición general de bienes de Matilde Ponce Coria, dispuesta a fs. 136/139.
Séptimo: Mandar que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Jorge Luis Villada, Juez de Cámara Subrogante. René Vicente Casas, Juez de Cámara. Mario Marcelo Juárez
BOLETIN OFICIAL Nº 32.485

Almaraz, Juez de Cámara Subrogante. Ante Mí:
Efraín Ase, Secretario.
e. 12/09/2012 N 93190/12 v. 26/09/2012

JUZGADO NACIONAL EN LO
PENAL ECONOMICO N 3

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3, Secretaría Nº5, notifica a Rubén Hipólito BUZETA DNI Nº 10.181.456 que por resolución de fecha 6 de setiembre de 2012 se ha dictado la siguiente resolución SE RESUELVE: I SOBRESEER en la presente causa Nº 277/10 y respecto de Rubén Hipólito BUZETA, con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente, por no encuadrar en una figura legal, con la declaración de que el proceso no afecta el buen nombre y honor de que gozare el imputado arts.
334, 335 y 336 inc. 3 e in fine del C.P.P.N.. II SIN
COSTAS arts. 530 y ccdtes del C.P.P.N..
Buenos Aires, 11 de setiembre de 2012.
PJN: Sandra Viviana Goñi, secretaria.
e. 17/09/2012 Nº94612/12 v. 21/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO N 3
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº3, Secretaría Nº5, en la causa Nº11530, caratulada IEGSA s/contrabando, notifica a Miguel Angel GERARDO DNI Nº4.447.208 y a Rubén Edgardo FERRARO DNI Nº 11.158.332 que con fecha 5
de setiembre de 2012 se resolvió: SE RESUELVE: I DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCION LA ACCION PENAL en la presente causa Nº11.530/07 arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 63, 67 4º párrafo, del C. P. y arts. 864 inciso b y 865 incs. a, c y f del C.A. con relación a Miguel Ángel GERARDO, Rubén Edgardo FERRARO en lo atinente a la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente. II SOBRESEER POR EXTINCION
DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION en la presente causa y respecto de los imputados Miguel Angel GERARDO, Rubén Edgardo FERRARO con relación a la situación fáctica descripta por el considerando 1º de la presente arts. 334, 335 y 336 inc.
1º del C.P.P.N.. III SIN COSTAS arts. 530 y ccs. del C.P.P.N..
Buenos Aires, 11 de setiembre de 2012.
PJN: Sandra Viviana Goñi, secretaria.
e. 17/09/2012 Nº94622/12 v. 21/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO N 3
En el legajo Nº 51 ACTUACIONES POR SEPARADO RESPECTO DEL LEGAJO Nº 51 VALOR PRODUCTO S.A. SOBRE INFRACCION LEY
24.769 se dispuso: nos Aires, 10 de septiembre de 2012 hágase saber a Felipe Jorge ARIZAGA y Adolfo ZELAYA mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial art. 150 del C.P.P.N., que en el plazo de cinco días de notificados deberán designar un abogado defensor de su confianza y, en caso de no hacerlo se les designará el defensor oficial que por turno corresponda FDO. Rafael F.
CAPUTO. Juez. Ante mí: Rosana BERLINGIERI. Secretaria. María Belén PENAS RUBIO. Secretaria.
e. 17/09/2012 Nº94590/12 v. 21/09/2012

JUZGADOS NACIONALES EN LO
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL
N 1
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 1 de la Dra. María Servini de Cubría, sito en Avda. Comodoro Py 2002, piso 3º, C.A.B.A., dispone la publicación del presente edicto durante cinco días, citando y emplazando por el término de tres 3 días a contar después de su última emisión, a MARIANA LAURA
LANFRANCHI hija de Luis Osvaldo Lanfranchi y de Mónica Patricia Acuña, argentina, nacida en Lanas, Provincia de Buenos Aires, el 30 de mayo de 1989, para que comparezca a estar a derecho en la causa nº 13.852/11 B-13.592, caratulada GUERRA Héctor y otro s/infracción 23.737, del registro de la Secretaría nº 2, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura.
Secretaría nº 2; 10 de Septiembre de 2012.
Adolfo Piendibene, secretario.
e. 14/09/2012 Nº94308/12 v. 20/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N 1
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 1 de la Dra. María Servini de
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Cubría, sito en Avda. Comodoro Py 2002, piso 3º, C.A.B.A., dispone la publicación del presente edicto durante cinco días, citando y emplazando por el término de tres 3 días a contar después de su última emisión, a HÉCTOR NICOLÁS
GUERRA hijo de de Héctor Francisco Guerra y de Marta Dalila Padilla, argentino, nacido en esta ciudad el 5 de septiembre de 1990, para que comparezca a estar a derecho en la causa nº 13.852/11 B-13.592, caratulada GUERRA
Héctor y otro s/infracción 23.737, del registro de la Secretaría nº 2, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura.
Secretaría nº 2; 10 de Septiembre de 2012.
Adolfo Piendibene, secretario.
e. 14/09/2012 Nº94290/12 v. 20/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N 1
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n 1 de la Dra. María Servini de Cubría, sito en Avda. Comodoro Py 2002, piso 3, C.A.B.A., dispone la publicación del presente edicto durante cinco días, citando y emplazando por el término de tres 3 días a contar después de su última emisión, a EMILIANO MARTÍN
LÓPEZ JAEN D.N.I. n 34.374.249, para que comparezca a estar a derecho en la causa n 13.988/12 B-13.650, caratulada LÓPEZ JAEN
Emiliano s/23.737, del registro de la Secretaría n 2, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su captura.
Secretaría n 2; 07 de Septiembre de 2012.
Adolfo Piendibene, secretario.
e. 19/09/2012 N 95755/12 v. 26/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N 1
EDICTO: El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 1 de la Dra. María Servini de Cubría, sito en Avda. Comodoro Py 2002, piso 3º, C.A.B.A., dispone la publicación del presente edicto durante cinco días, citando y emplazando por el término de tres 3 días a contar después de su última emisión, a MARÍA
VICTORIA CRISTOVAO D.N.I. nº 22.493.839, para que comparezca a estar a derecho en la causa nº 10.440/11 B-13.489, caratulada N.N.
s/estafa, del registro de la Secretaría nº 2, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde.
Secretaría nº 2; 11 de Septiembre de 2012.
Adolfo Piendibene, secretario.
e. 18/09/2012 Nº95045/12 v. 25/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL

N 6

EDICTO: El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N? 6 a cargo del Dr. Rodolfo Canicoba Corral, Secretaría N? 11, del Dr. Miguel Angel Ambrosio, cita y emplaza a Luis Guillermo Sosa D.N.I. N17.744.118 a presentarse a prestar declaración indagatoria art. 294 C.P.P.
en la causa N? 10618/09, caratilada N.N. s/estafa que se le sigue por delito de falsificación de documento publico, dentro de los tres días desde la última publicación del presente, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenarse su captura en caso de incomparecencia.
Publíquese por cinco días.
Buenos Aires 11 de septiembre de 2012.
Miguel Angel Ambrosio, secretario federal.
e. 17/09/2012 N 94711/12 v. 21/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N 6
EDICTO: El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N 6 a cargo del Dr. Rodolfo Canicoba Corral, Secretaría N 11, del Dr. Miguel Angel Ambrosio, cita y emplaza a WALTER VALLEJOS FLORES de nacionalidad boliviana; nacido el 23-09-71 a presentarse a prestar declaración indagatoria art. 294 del C.P.P. en la causa N
6004/10, caratulada Vallejos Flores Walter s/falsedad ideológica, dentro de los tres días desde la última publicación del presente. Publíquese por cinco días.
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2012.
Miguel Angel Ambrosio, secretario federal.
e. 18/09/2012 Nº95036/12 v. 25/09/2012


JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL

N 12

El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 12, Dr. Sergio Gabriel Torres, Secretaría Nº 23, Dr. Pablo Yadarola, notifica por intermedio del presente a LUIS ALBERTO CORONEL, de lo dispuesto en la causa Nº 13.621/10, caratulada Fernandez, Marcela Soledad s/falsificación de documentos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/09/2012 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha20/09/2012

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9322

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/05/2024

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