Boletín Oficial de la República Argentina del 11/11/2009 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Miércoles 11 de noviembre de 2009
Continúa el artículo antes citado si existiese imputación contra alguno de ellos, la autoridad judicial lo dispondrá provisionalmente, procederá a la comprobación del delito, tomará conocimiento directo del menor, de sus padres, tutor o guardador y ordenará los informes y peritaciones conducentes al estudio de su personalidad y las condiciones familiares y ambientales en que se encuentre.- En caso necesario pondrá al menor en lugar adecuado para su mejor estudio durante el tiempo indispensable.- Termina disponiendo la normativa que:- Si de los estudios realizados resultare que el menor se halla abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral o presenta problemas de conducta, el Juez dispondra definitivamente del mismo por auto fundado, previa audiencia de los padres, tutor o guardador.- Se concluye por ende que la normativa legal vigente dispone que un menor no punible, no puede ser sometido a proceso penal.- b.- Que corresponde atento los cambios legislativos recientes, adaptar la normativa interna a los preceptos de la Convención de los Derechos del Niño en cumplimiento del mandato constitucional y los compromisos internacionales asumidos por el Estado Nacional.- El nuevo sistema legal adoptado por nuestro Estado Provincialcuyas pautas fundamentales han sido diseñadas a través de la ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario 300/05, ha de guiar la interpretación judicial de las disposiciones legales vigentes.Ante ello, con la derogación de la ley 10.067 y el nuevo sistema legal, se impide la criminalización de las conductas de los jóvenes infractores de la ley penal de la franja comprendida entre los 16 y los 18 años que se encuentren conminadas con pena de multa, inhabilitación o privativas de la libertad que no superen los dos años de prisión.- Igual solución adopta para los injustos cometidos por menores que aún no han cumplido los 16 años.- c.- En ese contexto, una interpretación progresiva del art. 1º de la ley 22.278, permite atribuir a la expresión referida a que el Juez dispodra definitivamente el sentido que lo hará a través de la derivación a los Servicios Locales y/o Zonales de Promoción y Protección de Derechos del Niño que actuarán en el marco de sus programas específicos establecidos en la normativa provincial.- Corresponde al Juez, entonces, ante el caso concreto, dar intervención al sistema de Protección de Derechos dependiente del Poder Ejecutivo Provincial o Municipal co-

rrespondiente y disponer el archivo definitivo de la causa iniciada en los éstos estrados por ello, y de conformidad con lo que disponen los arts 1
a 7, 10 a 13, 14, 18, 19, 29, 30, 31, 32, 33, 34 y Concordantes de la ley 13.298; arts 3, 4, 6, 14, 15, 18, 21, 29 a 37 y Cc del Decreto reglamentario 300/05; arts 1 a 7 de la ley 13.634; Arts 321 y 326 del C. P. Penal; Art. 1º de la ley 22.278, Art.
37 Inc. B, 40 inc. 3 a y b y 4 de la Convención de los Derechos del Niño y art. 75 Inc. 22 de la Constitución Nacional.- Decreto Nº 151/05 del Poder Eejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, que crea y define el Sistema de la Responsabilidad Penal Juvenil; Resoluciones Ministeriales 166/07; 171/06, 172/06, Resuelvo:- 1º.- Declarar al menor Juárez Ocampos, Juan Manuel, nacido el 31 de mayo de 1991, en Capital Federal, con Documento Nº36.701.949, hijo de Mariana Paula Ocampos y de Guillermo Adrián Juárez con domicilio en Calle Shaw Nº1049 1º piso de Pinamar, no punible, sobreseyéndolo definitivamente en la presente Causa Nº 00376-09, Caratulada Juárez Ocampos, Juan Manuel s/Hurto en tentativa en Pinamar, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a Proceso Penal.- 2º.- Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre.- 3º.Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa.- Notifíquese al señor agente fiscal y defensor.- Líbrese oficio a comisaría para notificar al menor y persona responsable.- Regístrese.- Fecho, Archívese la causa sin más trámite.Devuélvase la IPP ante el Sr. Agente Fiscal a sus efectos.- Fdo: María Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Dptal.Asimismo transcribe el despacho que dispuso el presente: Dolores, 07 de Octubre de 2009.Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Pinamar en la presente Carpeta de Causa Nº 00376-09, IPP Nº 03-03-00160509, autos caratulados Juárez Ocampos, Juan Manuel s/Hurto en tentativa, y atento a lo informado por personal comisionado a efectos de notificar la Resolución Nº 345-09 de fecha 17
de Septiembre de 2009 ordénese la notificación de dicha resolución al menor Juárez Ocampos,
BOLETIN OFICIAL Nº 31.778

Juan Manuel con DNI Nº36.701.949 y persona mayor responsable mediante edictos conf. Art.
129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días.
Fdo: Gastón Eduardo Giles. Juez de Garantías subrogante.
Dolores, 27 de octubre de 2009.
Agustina M. Franco, abogada/secretaria, Juzgado de Garantías del Joven Nº1, Departamento Judicial Dolores.
e. 06/11/2009 Nº99889/09 v. 12/11/2009

JUZGADO FEDERAL NRO. 2
SECRETARIA NRO. 2 EN LO PENAL
NEUQUEN-NEUQUEN

El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº2
de Neuquén, a cargo de la Dra. Margarita A. G. de Argelles, Secretaría Penal Nº2, cita y emplaza a Pablo Exequiel Montoya, DNI Nº30.432.751, a fin de que comparezca ante éste Tribunal a prestar declaración indagatoria dentro del 10º día de haber tomado conocimiento, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en la causa caratulada Montoya, Pablo Exequiel s/Delito c/La Fe Publica Expte. 9233 año 2007, y asimismo se le hace saber que previo a la audiencia deberá designar letrado defensor para que lo asista bajo apercibimiento de tenerle por designado al Sr.
Defensor Oficial del Tribunal.
Neuquén, 27 de octubre de 2009.
Carlos Miguel Martínez Larrea, secretario.
e. 06/11/2009 Nº99712/09 v. 12/11/2009

JUZGADO FEDERAL
SECRETARIA PENAL
GENERAL ROCA-RIO NEGRO

El Dr. Ezequiel H. Andreani, Juez Subrogante a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría Penal a cargo de la Dra. María Fedra Giovenali, cita y emplaza a Juan José Merino, DNI Nº34.221.512, con último domicilio registrado en la Cámara Electoral Nacional en calle Independencia 775 de la localidad de Cinco Saltos, Río Negro, a estar a derecho en éstos autos caratulados N.N. S/Ley estupefacientes, Expte. Nº125/09, dentro de los
40

diez 10 días de la publicación del presente a fin de prestar Declaración Indagatoria, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparecencia injustificada. Publíquese por cinco 5 días. Fdo. Dr. Ezequiel H. Andreani Juez Federal Subrogante.
General Roca, 26 de octubre de 2009.
Ezequiel H. Andreani, juez federal subrogante.
María Fedra Giovenali, secretaria federal.
e. 05/11/2009 Nº99152/09 v. 11/11/2009

JUZGADO NACIONAL
EN LO PENAL TRIBUTARIO NRO. 1
SECRETARIA UNICA

El Juzgado Nacional en lo Penal Tributario Nº1 de Capital Federal, a cargo del Dr. Javier López Biscayart, sito en la calle Sarmiento 1118, 3º piso de esta ciudad, tel. 4124-7070 notifica a Douglas John Perasso D.N.I. Nº 93.744.916
de nacionalidad estadounidense, que en la causa Nº 1688/05 Int. 456, caratulada: Perasso Douglas John - Contribuyente: Latc S.A. sobre evasión tributaria simple incidente de extinción de la acción penal por prescripción a favor de Douglas John Perasso el 28 de octubre de 2009, se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 28 de octubre de 2009. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I. Declarar Extinguida la Acción Penal por prescripción respecto de Douglas John Perasso D.N.I. Nº93.744.916 y, en consecuencia, Sobreseer al Nombrado en orden a la presunta comisión del delito previsto por el artículo 1º de la ley 24769, en beneficio de la contribuyente Latc S.A. CUIT Nº33-707385869, con relación al impuesto a las ganancias del periodo fiscal 2002 y al impuesto al valor agregado del ejercicio anual 2002 arts. 59, inc. 3º, 62, inc. 2º, 63 y 67 del C.P., y art. 336 inciso 1º del C.P.P.N.. II. Costas en el Orden Causado, eximiendo al sobreseído de las comunes art. 530
y 531 del CPPN. Regístrese, protocolícese, notifíquese al agente Fiscal en su despacho y al imputado mediante edicto. Oportunamente, háganse las comunicaciones de rigor Firmado Javier López Biscayart. Juez. Ante mí: Mariana L.
Chaij. Secretaria.
Secretaría, 28 de octubre de 2009.
Mariana L. Chaij, secretaria.
e. 09/11/2009 Nº100625/09 v. 13/11/2009

JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL
Publicación extractada Acordada Nº41/74 C.S.J.N.

3.2. SUCESIONES

Se cita por tres días a partir de la fecha de primera publicación a herederos y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que dentro de los treinta días comparezcan a estar a derecho conforme con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.

ANTERIORES
Juzg.
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64
64
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Sec.
UNICA
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Secretario SERGIO DARIO BETCHAKDJIAN
MARCELO MARIO PELAYO
GONZALO E. R. MARTINEZ ALVAREZ
SILVIA CANTARINI
JAVIER A. SANTISO
MIRTA S. BOTTALLO DE VILLA
ADRIAN P. RICORDI
ALEJANDRA SALLES
MARIA BELEN PUEBLA
JUAN CARLOS PASINI
JUAN CARLOS PASINI
JUAN CARLOS PASINI
MAXIMILIANO J. ROMERO
SOLEDAD CALATAYUD
SOLEDAD CALATAYUD
GUSTAVO P. TORRENT
ALEJANDRO LUIS PASTORINO
ALEJANDRO LUIS PASTORINO
MARIA CRISTINA GARCIA
EUGENIO R. LABEAU
SUSANA B. MARZIONI
SUSANA B. MARZIONI
SUSANA B. MARZIONI
M. PILAR REBAUDI BASAVILBASO
SILVIA C. VEGA COLLANTE
SILVIA C. VEGA COLLANTE
LUIS R. J. SAENZ
LAURA EVANGELINA FILLIA
MARIA DEL CARMEN KELLY
MARIA DEL CARMEN KELLY
SILVIA R. REY DARAY
RUBEN DARIO ORLANDI
VIVIANA SILVIA TORELLO
VIVIANA SILVIA TORELLO
JOSE MARIA ABRAM LUJAN
ALDO DI VITO
OLGA MARIA SCHELOTTO
JUAN HUGO BUSTAMANTE
JUAN PABLO RODRIGUEZ JUEZ
MIRTA LUCIA ALCHINI
JULIO F. RIOS BECKER
JULIO F. RIOS BECKER
GRACIELA ELENA CANDA

Fecha Edicto 09/10/2009
29/10/2009
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23/10/2009
29/10/2009
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09/10/2009
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30/10/2009
07/10/2009
26/10/2009
23/10/2009
30/07/2009
08/10/2009
02/11/2009
22/10/2009
28/10/2009
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29/10/2009
26/10/2009
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13/10/2009
28/07/2009
17/04/2009
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14/10/2009
25/10/2009
29/10/2009
29/10/2009

Asunto LORENZA DE PALO
MARIA JOSEFA FORTE y MARIA ANTONIA ALFANO
CARLOS ALBERTO GOMEZ
FELICITA ADA LEONI Y JOSE FERNANDEZ
CARLOS BOURLOT
PEREYRA TERESA LIRA
MIGUEL PASCUAL TABASCO
JESUS GARCIA
POSINOVEC CARLOS NICOLAS
FILOMENA RODRIGUEZ
ELSA ANTONIA JUIZ Y JESUS ALFONSO VENCE
MARIA DORA LORETO MANFRONI
JUAN CARLOS TUCHI
TORNIELLI ELVIRA ANA
SEBASTIAN CARLOS FERRARI
CRISCIONE ALDO BRUNO
JUAN ANTONIO IERVASI
GLORIA VICTORIA SEOANE DE GRANDE
BLAS ALBERTO PALERMO
BRICCHI ESTANISLAO
MUHAMAD KHADOUR
ANTONIA PEREZ
ZULEMA KHADOUR
ELIDA MATILDE TORTEROLO
LEONARDO BALBINO SUAD
ANGEL BERNARDO STURLA
ALFONSO JOSE SALGADO
MOISES SANANES
VACCARO GASTON DANIEL
MARDIROS MARIA
FRANCISCO LI PIZZI
BOERIO NIDIA ESTER
OSCAR OSVALDO LAURITO
ENRIQUE HUMBERTO ROSSI
JUANA RAQUEL FRAJMOWICZ
MARIO RAUL GONZALEZ
ISRAEL LIASCOVICH
ELISCOVICH ADOLFO
AMALIA BEATRIZ IGLESIAS
SIXTO BLAZQUEZ
JUAN RAMON CHAMORRO
JOSE CARLOS CALDARONE
GILBERTO VENANCIO IBAÑEZ Y MARIA ESTHER REYNA

Recibo 100253/09
100313/09
100106/09
100315/09
100108/09
100076/09
100357/09
100126/09
100149/09
100154/09
100179/09
100191/09
100090/09
100118/09
100182/09
100180/09
100330/09
100456/09
100336/09
100213/09
100250/09
100252/09
100254/09
100141/09
100142/09
100200/09
100122/09
100437/09
100423/09
100186/09
100346/09
100091/09
100196/09
100257/09
100270/09
100338/09
100206/09
100168/09
100146/09
100189/09
100081/09
100341/09
100311/09

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/11/2009 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha11/11/2009

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9370

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/06/2024

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