Boletín Oficial de la República Argentina del 31/12/2007 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 31 de diciembre de 2007

P

PRAGMATICA TECHNOLOGIES S.A.
Con sede en Uruguay 469 piso 12 Departamento A de Capital Federal, inscripta en IGJ bajo el número 3589 libro 14 de Sociedades Anónimas del 30/03/01, comunica la decisión de la Asamblea General Extraordinaria del 22/06/2007 de capitalizar el 50% y restituir el saldo restante de los aportes irrevocables realizados el 29/12/2006
por $ 900.000,00. A la fecha de aceptación por el Directorio, el activo social era de $ 4.685.338,93
y el pasivo de $ 3.042.946,67; el patrimonio neto computando los aportes era de $ 1.642.392,26.
Ricardo Fabian Rosenfeld, Presidente designado con fecha 23/04/2007 por 2 ejercicios.
Presidente - Ricardo Rosenfeld Certificación emitida por: Diego B. Walsh.
Nº Registro: 430. Nº Matrícula: 4869. Fecha:
21/12/2007. Nº Acta: 906.
e. 27/12/2007 Nº 26.581 v. 31/12/2007

R

RODECORD S.A.
Por asamblea extraordinaria del 19/12/07 se decidió revocar la resolución de la asamblea extraordinaria celebrada el 28/8/07 que resolvió aprobar la escisión de RODECORD S.A.. Firmado Juan Tomás FRIAS, vicepresidente, designado por Acta de Asamblea de fecha 17 de octubre de 2006.
Certificación emitida por: Alejandro A. Sasso.
Nº Registro: 2019. Nº Matrícula: 4314. Fecha:
21/12/2007. Nº Acta: 027. Libro Nº: 017.
e. 27/12/2007 N 9345 v. 31/12/2007

S

S.G. SERVICIOS INMOBILIARIOS
INTERNACIONALES S.A.
I.- Con domicilio en Lavalle 1290 7º piso Oficina 701 CABA, constituida el 25/03/92 Nº 2272 Libro 111, Tomo A, de S.A., Por Acta de Asamblea de fecha 10/11/05 resolvió devolución de Aportes Irrevocables al accionista AVENIU S.A. por $ 6.463.506, efectuado con fecha 30/06/05.-Valuación Activo y Pasivo al 10/11/05 Activo $ 8.692.520
- Pasivo $ 6.467.950 Patrimonio Neto al 10/11/05
$ 2.224.570 Antes de la reducción: Activo $ 8.692.520 Pasivo $ 4.443 Patrimonio Neto $ 8.688.076.- III.- Oposiciones y reclamos de Ley, en Lavalle 1290 7º piso Oficina 701 CABA. Autorizado Carlos D. Litvin en acta del 10/11/05.
Abogado - Carlos D. Litvin Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
21/12/2007. Tomo: 32. Folio: 303.
e. 27/12/2007 Nº 106.561 v. 31/12/2007

SOCIEDAD MERCATIL ESTATAL TELEVISION
ESPAÑOLA S.A.
Se avisa por 3 días que por Ley Española Nº 17
del 05/06/06 se creó la Corporación de Radio y Televisión Española, que tendrá forma de Sociedad Anónima y prestará los servicios públicos de Radio y Televisión de titularidad del Estado a través de Sociedad Mercantil Estatal Televisión Española S.A., en el ámbito de los servicios de televisión, quedando subrogada en la misma posición jurídica que ostentaba la cesionaria y continuando la actividad de su antecesora, Televisión Española S.A., la que se disuelve, transfiriendo sus activos y pasivos a su continuadora, Sociedad Mercantil Estatal Televisión Española S. A., cancelándose la sucursal en la República Argentina inscripta bajo la denominación de Televisión Española S.A.el 02/09/91 bajo el Nº 381 Lº 52B de Estatutos Extranjeros. Denominación: Sociedad Mercantil Estatal Televisión Española Sociedad Anónima: inscripta en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 23.180 Libro 0, Folio 15, Sección 8, Hoja M-415429, inscripción 1a, el 11/10/06 en el Diario 1687, Asiento Nº 1109. Sede Social: Edificio Prado del Rey, Avenida de Radio y Televisión Número 4, Pozuelo de Alarcón, Madrid. Unico accionista: el Estado Español. Objeto: a La producción, edición, difusión y transmisión de imágenes y sonidos simultáneamente, a través de ondas o mediante cables destinados mediata o inmediatamente al público en general o a un sector del mismo, con fines informativos, culturales, educativos, comerciales, publicitarios o de entretenimiento. b La comercialización publicitaria y de sus productos o servicios. c Las actividades anejas y complementarias de las anteriores. Capital social:

60.110 Euros. Representante Legal: María Josefa Ramudo Martínez, española, casada, DNI
93.988.896, domiciliada en Luis María Campos 1336 Piso 4º, CABA, domicilio especial y sede social: Hipólito Irigoyen 434 Piso 3º CABA. Plazo de duración: indefinido. Cierre de ejercicio: 31 de Diciembre. María Josefa Ramudo Martínez, Representante Legal designada por Escritura Nº 3192 del 07/12/06 pasada por ante el Escribano de Madrid, Reino de España, José Carlos Sánchez González.
Representante Legal María Josefa Ramudo Martínez Certificación emitida por: José Martín Ferrari Nº Registro: 1755. Nº Matrícula: 4383. Fecha:
20/12/2007. Nº Acta: 081. Libro Nº: 014.
e. 28/12/2007 Nº 76.071 v. 02/01/2008

U

UNIFUND SOCIEDAD GERENTE DE FONDOS
COMUNES DE INVERSION S.A.
Hace saber que por Asamblea Ordinaria de fecha 28/10/05 se rechazó capitalización de aportes irrevocables por $ 120.000, por lo que se procedió a su reintegro. Fecha de realización de aportes 20/09/02 aceptación 30/06/02 Activo y Pasivo al 30/06/02 $ 262.239,40 y $ 15.246,23. Patrimonio neto al 30/06/2002 incluye aportes irrevocables $ 246.993,17. Sede social San Martín 491
2º 4 C.A.B.A. Inscripta en IGJ bajo Nº 11.801 Tº A de S.A en fecha 25/11/93. Las oposiciones de ley se reciben en Estudio Vidal S.C, Lavalle 1616
8º A CABA, 10.00 a 16.00N ., lunes a viernes.
Gonzalo Hernán Vidal, autorizado por instrumento privado de fecha 30/11/06.
Autorizado - Gonzalo Hernán Vidal Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha:
21/12/2007. Tomo: 70. Folio: 858.
e. 27/12/2007 Nº 106.566 v. 31/12/2007

3. Edictos Judiciales
3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.
CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS

ANTERIORES

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. SA. La señora Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dra. LUCRECIA M.
ROJAS DE BADARO, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco 5 días, de lo dispuesto en la Sentencia N 20 de fecha 28 de Septiembre de 2007, en la causa caratulada: CABALLERO, JULIO ENZO s/ TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES, Expediente N
457/06, respecto a JULIO ENZO CABALLERO, DNI. N 20.767.371 sin apodos ni sobrenombres, de 38 años de edad, de nacionalidad argentino, domiciliado en calle Aguado N 5.554, de la ciudad de Posadas, Prov. de Misiones, hijo de Olimpio Caballero f y Juana del Rosario Amarilla, nacido el 09 de Julio de 1969 en la ciudad de Avellaneda, Prov. de Buenos Aires, de profesión comerciante, la que dispone: SENTENCIA N 20.
CORRIENTES, 26 de Septiembre de 2007.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1 CONDENAR
a JULIO ENZO CABALLERO, DNI N 20.767.371, ya filiado en autos, a la pena de cinco 5 años de prisión, y multa de pesos trescientos $ 300,00, como autor penalmente responsable del delito transporte de estupefacientes, previsto y reprimido por el Art. 5 inc. C De la Ley 23.737, declarándolo REINCIDENTE por primera vez, mas accesorias y costas legales Art. 12, 40, 41 y 50 del Código Penal y art. 530 del CPPN.
2 3 4 5 REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo res-

BOLETIN OFICIAL Nº 31.313

pectivo, cursar las demás comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar.- FDO.: Dr.
VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO - Dr. VICTOR
ANTONIO ALONSO - Dra. LUCRECIA M. ROJAS
DE BADARO - Jueces de Cámara. Ante mí: Dra.
SUSANA BEATRIZ CAMPOS - Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.Sebastián Avila, Secretario de Ejecución. Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.
e. 27/12/2007 N 567.521 v. 03/01/2008

TRIBUNAL ORAL EN LO
CRIMINAL FEDERAL
JUJUY
El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE
JUJUY
FALLA: I. CONDENAR a Juan Carlos MARTINEZ, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de DOS años de prisión de ejecución en suspenso, por encontrarlo autor responsable del delito de falsificación ideológica de instrumento público en concurso ideal con el delito de defraudación a la administración pública nacional, el último en grado de tentativa, previstos y penados por los arts. 293, 174 inc. 5 en función del art. 172, 42 , 54 y 26 del Código Penal. con costas. Aplicándole por el término de dos años las reglas de conducta del inc. 1 del art. 27 bis del Código Penal.II. CONDENAR a Héctor Manuel VIVIANI, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena única de TRES AÑOS y SEIS MESES de prisión, por encontrarlo autor responsable del delito de falsificación ideológica de instrumento público, en concurso ideal con el delito de defraudación a la administración pública nacional, en calidad de partícipe necesario y en grado de tentativa, previstos y penados por los arts. 293, 174 inc.
5, en función del art 172, 42, 45, 54 y 58 del Código penal. Con más la inhabilitación especial perpetua, conforme el art. 174 último párrafo del Código Penal Con costas. Comprensiva de A La de 2 años de prisión, en Expte. N 93/03, Caratulado:
Martinez Juan Carlos y otro s/Falsificación de Instrum. Público y defraudación a la Adm. Pública Nacional, de este Tribunal Oral y B la de 3 años de prisión de ejecución condicional, en Expte.
196/01, Caratulado: Hector Manuel Viviani defraudación a la administración pública por abuso de confianza en concurso real 6 hechos, El Carmen, de la Sala segunda de la Cámara Penal de la Provincia de Jujuy.
III. REVOCAR la ejecución condicional dispuesta por la sala segunda de la Cámara Penal de la Provincia de Jujuy, manteniendo la libertad de Héctor Manuel Viviani, hasta tanto quede firme el presente fallo.IV. EXTRAER fotocopias del acta de debate y remitirlas al Señor Fiscal federal de instrucción en turno para que investigue la conducta de Tomás Juan Las Heras y no hacer lugar al pedido de remisión de las piezas pertinentes por el posible delito de falso testimonio, efectuado por las partes.
V. DISPONER que la lectura de los fundamentos del presente fallo, se efectúe el día 1 de Octubre de 2.004 aN . 12:00, en la sede de este Tribunal art. 400 del C.P.P.N..VI. MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS. NESTOR
EDUARDO MEYER, Juez de Cámara subrogante. Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.
e. 17/12/2007 N 566.559 v. 31/12/2007

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, Falla:
1.- CONDENANDO a Andrea FLORES MOLLO, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5 inc. c de la ley 23.737.
2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 13 de Mayo de 2011, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
4.- REMITIR a Andrea FLORES MOLLO al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
5.- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detenciój bajo acta con entrega de fotocopia, ad-

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juntando C.I. Bol. N 3.653.581, perteneciente a la causante, conforme art. 171 de la ley 24.660.
5.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Marta Liliana Snopek juez de cámara. Carlos Rolando Massaccesi. René Vicente Casas. Ante mí: Efraín Ase.
e. 27/12/2007 N 567.526 v. 10/01/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1.- CONDENANDO a Julia CHAVEZ ORTIZ, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 50 inc. c de la ley 23.737.2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 06 de Agosto de 2010, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
4.- REMITIR a Julia CHAVEZ ORTIZ al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
5.- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detenciój bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Bol. N 8.079.663, perteneciente a la causante, conforme art. 171 de la ley 24.660.
6.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. Marta Liliana Snopek, juez de cámara. René Vicente Casas.
Carlos Rolando Massaccesi. Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 27/12/2007 N 567.529 v. 10/01/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, FALLA:
1.- CONDENANDO a Carmen Rosa GONZÁLES CURINDA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS DE
PRISION Y MULTA de pesos doscientos veinticinco $ 225, con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, conforme art. 12 del Código Penal, y las costas del juicio, por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art.
5 inc. c de la ley 23.737.
2.- FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad el día 07 de Agosto de 2010, y diez días para el pago de multa y costas del juicio.
3.- ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado estupefaciente, con intervención de la Autoridad Sanitaria Federal.
4.- REMITIR a Carmen Rosa GONZÁLES
CURINDA al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la condena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.5.- NOTIFICAR la sentencia en el lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, adjuntando C.I. Bol. N 6.332.351, perteneciente a la causante, conforme art. 171 de la ley 24.660.
4.- MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. MARTA LILIANA
SNOPER, Juez de Cámara. CARLOS ROLANDO MASSACCESI. RENE VICENTE CASAS.
Ante mí: Efraín Ase, secretario.
e. 27/12/2007 N 567.524 v. 10/01/2008

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:
FALLA:
Primero: CONDENANDO a YANINE RODRIGUEZ MERCADO, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO
AÑOS DE PRISIÓN, multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO $ 225, con más la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12
del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes cocaína, figura prevista y penada por el artículo 5 inciso C de la ley 23.737, con costas, remitiendola al Servicio Penitenciario Federal para que cumpla la pena privativa de la libertad en unidad carcelaria a su cargo.
Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día diecinueve de junio del año dos mil diez, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/12/2007 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha31/12/2007

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9371

Primera edición02/01/1989

Ultima edición24/06/2024

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