Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2006 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Viernes 27 de octubre de 2006

de reconocimiento como partido de Distrito, habiendo adoptado dicho nombre partidario con fecha 10
de Octubre de 2006.
CARLOS PABLO DIERS, Secretario Electoral.
e. 27/10/2006 Nº 527.870 v. 31/10/2006

PARTIDO AUTENTICO FORMOSEÑO
Distrito Formosa Formosa, 11 de setiembre de 2006
Nº 89/06
Y VISTOS:
Esta causa caratulada: INFORME PREVIO de CAMPAÑA ELECCIONES COMICIOS 23.10.03
Ref.: Partido Auténtico Formoseño - distrito Formosa, expte Nº 152 bis Fº 154 año 2005; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las constancias obrantes en la presente causa, el partido Auténtico Formoseño distrito Formosa ha dado cumplimiento a las disposiciones del art. 54 y 58 de la ley nacional Nº 25.600, respecto a la presentación de los Informes Previo y Final de Campaña Electoral correspondiente a los comicios nacionales de fecha 23 de octubre de 2005.
A fs 57/58 vta., de autos, el Cuerpo de Auditores Contables, señala que el partido materializó las previsiones de los arts. 54 y 58 de la ley 25.600, no obstante exhorta al partido que tenga presente las recomendaciones indicadas para futuras presentaciones.
Que examinada la presente actuación surge que ha fs 21, se aplicó la sanción del art. 64 de la ley 25600, porque no cumplió en término con la obligación prevista en el art. 57 de la mencionada norma legal. En consecuencia se le suspendió el derecho a percibir cualquier aporte público que le correspondiera.
Que es doctrina novedosa de la CNE, respecto a que la medida de suspensión de cualquier aporte público decretada contra un partido político, debe abarcar exclusivamente la percepción de los aportes de la campaña de las elecciones incumplidas. Encontrándose el partido de referencia en esa situación, por haberse dispuesto la suspensión prevista en el art. 64 de la ley 25600 y puesto que en oportunidad de ser reconsiderada se resuelve la aprobación del Informe Previo y Final de Campaña de los comicios legislativos nacionales de fecha 23 de octubre de 2005.
Teniendo presente que es doctrina sentada por la CNE, en distintos fallos, que el informe relativo al financiamiento de las campañas electorales que el artículo 54 de la ley 25600 exige a las agrupaciones políticas de presentar diez días antes de la celebración de los comicios y que deben completar sesenta días después de finalizados cf. Articulo 58 tiene como finalidad propender al voto informado del elector. La presentación en tiempo oportuno del informe que prevé el artículo 54 constituye una condición esencial para hacer efectiva la voluntad del legislador. Es esencial que la información en cuestión se encuentre a disposición del electorado antes de la realización de los comicios. Fallos CNE
3230/03; 3256/03; 3257/03; 3306/04; 3306/04; 3308/04; 3309/04; 3311/04; 3313/04; 3314/04; 3315/
04; 3316/04; 3317/04; 3318/04; 3319/04; 3330/04; 3403/05; 3349/05; 3655/05; 3680/06 y 3692/06.
El informe Final debe ser congruente con la información contenida en el informe previo cf art.
54, ley cít. Fallo CNE3230/03 .
Que no surge ninguna circunstancia que impida la total aprobación, de la rendición de cuentas sometida a análisis; en consecuencia, deberá mandarse a publicar, por un día, en el Boletín Oficial de la Nación y en un diario de circulación nacional, para acordar publicidad a su contenido, a fin de cumplimentar con lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Nacional, en el entendimiento de que el alcance del término publicidad, a que alude la norma constitucional, debe interpretarse en el sentido de someter a un control efectivo las cuentas de los partidos políticos y no en el dar meras noticias de ellas cfr. Fallo CNE 3010/02. Asimismo el partido político, deberá mencionar en la publicación periodística el sitio de Internet, donde la ciudadanía en general puede consultar el mencionado estado contable, para su información.
Cabe recordar que la Cámara Nacional Electoral, en reciente precedente, significó que las características del régimen de financiamiento vigente tornan imperativo que el control patrimonial sea estricto y la publicidad de los ingresos y egresos partidarios detallada y constante Fallo CNE 3010/02. Se explicó, que la rendición de cuentas debe ser precisa porque lo que se encuentra en juego es nada menos que el control efectivo sobre la utilización de los recursos pertenecientes al erario público cf.
Fallo citado.
Que las circunstancias señaladas, configuran elementos suficientes a los fines de emitir un pronunciamiento, sin que sea necesario analizar otros elementos de juicio, puesto que se ha cubierto la finalidad impresa en la ley de fondo con el debido control y fiscalización del Informe Final de campaña de comicios nacionales de fecha 23 de octubre de 2005 de la agrupación política mencionada.
Por ello, RESUELVO:
APROBAR EL INFORME PREVIO Y FINAL DE CAMPAÑA correspondiente a comicios nacionales del 23 de octubre de 2005 del Partido Auténtico Formoseño distrito Formosa, haciéndole saber sobre las observaciones formuladas en la evaluación del Cuerpo de Auditores Contables de fs 57/58
vta., de autos, y, que debe extraer testimonio para atender a la finalidad antedicha, en futuras presentaciones.DEJAR SIN EFECTO la sanción dispuesta en ésta actuaciones, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 107/05 de fecha 22 de noviembre de 2005, por aplicación del art. 64 de la ley 25600 relativa a la falta de publicación del Informe Previo de Campaña de los comicios nacionales de fecha 23 de octubre de 2005.
COMUNICAR al Boletín Oficial de la Nación, la presente resolución, para su publicación, por un día.
HACER SABER al Partido Auténtico Formoseño distrito Formosa que debe publicar la presente resolución, por el término de un día en un diario de circulación nacional, haciendo referencia al sitio de Internet, donde la ciudadanía en general puede consultar el mencionado estado contable, para su información. Cumplido que sea, adjunte copia de la publicación.
COMUNICAR el presente resolutorio al Ministerio del Interior y a la Cámara Nacional Electoral, a los fines que estimen corresponder.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.020

40

Regístrese, ofíciese, notifíquese y, oportuno que fuera archívese.
MARCOS BRUNO QUINTEROS, Juez Federal. MARIA ESTHER ANGELA BARCAROLO, Prosecretaria Electoral Nacional.
e. 27/10/2006 Nº 527.889 v. 27/10/2006

PARTIDO UNION CIVICA RADICAL
Distrito La Rioja ACTA DE PROCLAMACION DE AUTORIDADES COMITE, PROVINCIA Y CAPITAL PERIODO
2006-2008 de la UNION CIVICA RADIAL.
En la Ciudad de La Rioja, a los DOS días del mes de Agosto de dos mil seis, siendo las 21:30
horas, y en virtud de la Convocatoria formulada por el Comité Provincia de la UNION CIVICA RADICAL, distrito La Rioja, se reúnen los integrantes de la Junta Electoral Partidaria de mayores de la U.C.R., señorita Cecilia Rodriguez, y los señores Walter Cruz y Mario Gustavo Galván, con el objeto de PROCLAMAR las autoridades electas, según convocatoria de fecha nueve de abril de dos mil seis, y por la cual se convocó a todos los afiliados de la U.C.R., distrito electoral La Rioja, para proceder a la elección de los correligionarios que desempeñarán en el periódo que comprende los años 2006-2008, al frente de la conducción del Comité Provincia., Departamento Capital, y Delegados al Congreso Partidario del Depto. Capital de mayores.
Que cumplidos todos los pasos electorales previstos en la Convocatoria del Comité Provincia, se presentó Lista Unica de Candidatos a cargos partidarios, correspondiendo en tal supuesto aplicar el dispositivo previsto en el Art. 3º, segundo párrafo de la Carta Orgánica Partidaria, por lo que el Honorable Tribunal Electoral RESUELVE:
ARMULO 1º PROCLAMAR como miembros integrantes del Comité Provincia de la UNION CIVICA RADICAL, Distrito La Rioja, a los siguientes correligionarios: PRESIDENTE: JULIO CESAR MARTINEZ; VICEPRESIDENTE: JOSE COSSEDU; SECRETARIOS TITULARES: JOSE LUIS BELLIA, RICARDO NIETO BRIZUELA, ROBERTO V. DE LA FUENTE, ENRIQUE HECTOR OLIVARES, MARTA G. DE LEON, JORGE NICOLÁS RICARDO MAZTKIN, MARTHA FABIANA BLANCO, ENZO TELISMAR HERRERA PAEZ, MIRIAM DANIELA FUENTES, EDUARDO LEANDRO TORRES, JOSÉ NICOLÁS AZCURRA, FERNANDO BLAS REYES, ALVARO RECALDE, MARIA ARSENIA ROMERO, GUSTAVO DAVID PAVANI, ASCENCIÓN LIDIA JURI; como SECRETARIOS SUPLENTES: GUILLERMO NICOLAS BANEGAS, JORGE ANIBAL FUENTES, MARCOS DANIEL PEREZ, JUAN FRANCISCO GODOY, BORJA DEL VALLE AGUILAR, BEATRIZ CELESTINA CHUMBITA, JOSE LUIS ABDALA, CARLOS A. RUIZ, RAMON FELIPE SORIA, RODOLFO N. DIAZ.
Artículo 2º PROCLAMAR como miembros Titulares del Tribunal de Disciplina, a: HECTOR FERNANDO GOMEZ, ORLANDO DIAZ BAZAN, JOSE MARIO BRIZUELA, ESTELA GLADIS RUIZ, CRISTINA ADRIANA SALZWEDEL, como SUPLENTES: RAMON ALDO LUNA, GLADIS SOLEDAD VARAS, PEDRO DEL VALLE GORDILLO, HUGO EMILIO ORMEÑO, JUAN CORNELIO PSARO.
Artículo 3º PROCLAMAR como miembros Titulares del TRIBUNAL DE CUENTAS, a los siguientes correligionarios: OLGA INES BRIZUELA Y DORIA, JUSTO MILAN DE LA FUENTE, JORGE ROLANDO LAVAQUE; como miembros SUPLENTES: RICARDO MALDONADO, SERGIO ARIEL SPALLANZANI, MARIANO ALVAREZ.Artículo 4º PROCLAMAR como PRESIDENTE del Comité Capital de la Unión Cívica Radical a la Sra. NOEMÍ AGERO DE DIAZ MOLINA; como VICEPRESIDENTE, al Señor RAMON ANTONIO F.
BRIZUELA Y DORIA; SECRETARIOS TITULARES: LUIS ALBERTO VILLALBA, LUCIA ESTELA CRUZ, ROLANDO OMAR AGUERO, ALEJANDRO RENE BONAUDI, IRENE BEATRIZ DIAZ, OLGA ROSA
CALDERON, ELBA ROSA TOLEDO, RAMONA SÁNCHEZ OLIVA; como SECRETARIOS SUPLENTES: CESAR ELPIDIO CARRIZO, FELISA INES PELLIZA, MARIA LIDIA JATUFF, LUCIO ALEJANDRO ALVAREZ.Artículo 5º PROCLAMAR como CONGRESALES TITULARES, a los siguientes correligionarios:
1. ALDO ANTONIO ASIS, 2. RAUL ALFREDO GALVAN
3. LUCIA ESTELA CRUZ
4. RICARDA RAMONA ROMERO
5. RAMON A. F. BRIZUELA Y DORIA
6. NOEMÍ AGERO DE DIAZ MOLINA
7. ALEJANDRO RENE BONAUDI
8. GUILLERMO FEDERICO GALVAN
9. OLGA ROSA CALDERON
10. LUIS ALBERTO VILLALBA
11. FELISA INES PELLIZA
12. ROLANDO OMAR AGUERO
13. LUCIO ALEJANDRO ALVAREZ
14. MARIO GUSTAVO GALVAN
15. NELSON FRANKLIN MOYA
16. IRENE BEATRIZ DIAZ
17. SUSANA ADRIANA TAPIA
18. RAMONA SÁNCHEZ OLIVA
19. DANIEL EULOGIO ASIS
20. ELBA ROSA TOLEDO
21. MARCOS ESTEBAN PEDANO
22. CESAR ELPIDIO CARRIZO
23. EMA CLARA RECALDE
24. JULIO CESAR RUIZ
25. PATRICIA NOEMÍ RODRIGUEZ
26. MARIA ALICIA DOMINGUEZ
27. GLADIS ANA RODRIGUEZ
28. BEATRIZ PEÑALOZA CAMET
29. MARTÍN ARIEL TORRES
30. LILIANA ISABEL ESCUDERO
31. ADRIAN LISANDRO MILLICAY 32. MARIA LIDIA JATUFF
33. JORGE ROLANDO LAVAQUE
34. LIDIA RAMOS DE NIETO
35. KARINA TAPIA
36. GERARDO MORENO
37. MELIAN NICOLAS JESUS
38. VICTOR HUGO VARGAS
39. GERMAN MARTINEZ
40. GREGORIO NIETO
41. MARIA CELINA BARRIONUEVO
42. JOSEFA HIPÓLITA ASIS

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2006 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha27/10/2006

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9367

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/06/2024

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