Boletín Oficial de la República Argentina del 30/03/2006 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Segunda Sección
1. Contratos sobre Personas Jurídicas 2. Convocatorias y Avisos Comerciales
Sumario
Pág.

1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURIDICAS
1.1. Sociedades Anónimas

1

1.2. Sociedades de Responsabilidad Limitada

8

1.3. Sociedades en Comandita por Acciones

14

2. CONVOCATORIAS Y AVISOS COMERCIALES

SACI

2.1 Convocatorias Nuevas
Anteriores

15
48

2.2 Transferencias Nuevas
Anteriores

17
58

2.3. Avisos Comerciales Nuevos
Anteriores

17
58

2.4. Remates Comerciales Nuevos
Anteriores

20
59

2.5. Balances

22

3. EDICTOS JUDICIALES
3.1 Citaciones y Notificaciones.
Concursos y Quiebras. Otros Nuevas
Anteriores

42
59

3.2 Sucesiones Nuevas
Anteriores

43
65

3.3. Remates Judiciales Nuevos
Anteriores
4. PARTIDOS POLITICOS
Anteriores

Certificación emitida por: Nora R. Gorelik.
Nº Registro: 1965. Nº Matrícula: 3695. Fecha:
27/03/2006. Nº Acta: 060. Libro Nº: 11.
e. 30/03/2006 Nº 59.559 v. 30/03/2006

ARTES GRAFICAS PAPIROS

44
67
71

1. Contratos sobre Personas Juridicas
1.1. SOCIEDADES ANONIMAS

AGUPLAS
SOCIEDAD ANONIMA
Rectificatoria Aviso del 16/3/06, por Escritura Nº 129 del 27/3/06, Registro 1965, CABA, modifica Artículo Tercero: realizar por cuenta propia de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: Mediante la compra, venta, fabricación, distribución, importación y exportación, consignación y representación de materias primas y productos terminados compuestos de materiales plásticos, metálicos, cerámicas, maderas, gomas, cau-

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 20-01-2006 se Resuelve: 1 Aumento de Capital a $ 78.000, dividido en 7.800 acciones de $ 10 cada una valor nominal; se reforma el artículo Cuarto. 2 Se amplía el mandato de directores a 3 años, directorio estará compuesto por un mínimo de 1 y un máximo de 2 titulares; se reforma el artículo Octavo. 3 Se reformula el artículo Noveno en cuanto a la garantía de los directores. 4
Se elimina la sindicatura; reformándose el artículo Once. 5 Cambio de sede social a Castro Barros 1395, C.A.B.A. Edgardo Haroldo Mohr, Presidente designado por Asamblea Ordinaria del 2710-2005.
Presidente - Edgardo Haroldo Mohr Certificación emitida por: H. B. Gutiérrez De Simone. Nº Registro: 55. Nº Matrícula: 1578. Fecha:
22/3/2006. Nº Acta: 114. Libro Nº: 49.
e. 30/03/2006 Nº 59.493 v. 30/03/2006

CENTRO DE ESTUDIOS INFECTOLOGICOS
SOCIEDAD ANONIMA
C.E.I.
Comunica que por escritura 167 del 21/3/2006
folio 894 del Registro 324 se protocolizó la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Unánime de Accionistas celebrada el 18/01/2006 donde se resolvió I.1 Aumentar el capital social a $ 26.868, es decir en la suma de $ 14.868, y emitir 14.868
acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una de un voto por acción en razón de la capitalización de la cuenta de ajuste de capital y la emisión de acciones liberadas.
I.2 Aumentar el capital social a $ 1.224.140 es decir en la suma de $ 1.197.272 y emitir 1.197.272 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y de un voto por acción en razón de la capitalización de la cuenta de ajuste de aportes irrevocables. I.3 Aumentar el capital a $ 1.300.000 es decir en la suma de $ 75.860 y emitir 75.860 acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso $ 1 valor nominal cada una y de un voto por acción con una prima de emisión de $ 12,18218 por acción o sea una prima de emisión total de $ 924.140. II Aumentar la garantía constituida por los directores en ejercicio de sus funciones III Reformar el texto de los artículos cuarto y octavo de los Estatutos.
Artículo Cuarto El capital social es de un millón trescientos mil pesos $ 1.300.000 representado por un millón tres cientos mil 1.300.000 acciones nominativas no endosables, de pesos uno $ 1
valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea hasta el quíntuplo de su monto delegando en el Directorio la emisión de las acciones conforme al artículo 188 de la Ley número 19.550. Toda resolución de aumento de capital será elevada a escritura pública en cuya oportunidad se abonará el impuesto de sellos si
Año CXIV
Número 30.876
Precio $1,00
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

3. Edictos Judiciales 4. Partidos Políticos 5. Información y Cultura
chos y sus derivados, de origen natural y/o artificial para uso doméstico, industrial, técnico, de laboratorio, artístico y para la construcción. Autorizada por Esc. 107, Registro 1965, Cap. Fed.
Autorizada Mirta Beatriz Pereira
Buenos Aires, jueves 30
de marzo de 2006

correspondiere. Artículo Octavo La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de dos y un máximo de siete, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes y por el mismo plazo los que se incorporarán al directorio por el orden de su elección. Mientras la Sociedad prescinda de la sindicatura la elección por la Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El Directorio elegirá entre su seno al Presidente y Vicepresidente. Los Directores durarán tres ejercicios en su mandato pudiendo ser reelectos indefinidamente. La asamblea fijará el número de directores así como su remuneración. En caso de enfermedad renuncia o cualquier otro impedimento el Presidente será reemplazado por el Vicepresidente. El Directorio sesionará con la presencia de la mayoría de sus miembros y adoptará sus resoluciones por la mayoría de los votos presentes, teniendo el Presidente Voto decisivo en caso de empate. Garantía los directores deberán adquirir bonos títulos públicos, fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la Sociedad o en su defecto depositarán sumas de moneda nacional o extranjera en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad hasta la suma de pesos 10.000 en garantía del buen desempeño de sus funciones. La Asamblea fija la remuneración del Directorio con las limitaciones del art. 261 de la Ley 19.550. María Cecilia Costa. Escribana adscripta Registro 324 Capital Federal Autorizada por escritura 16 del 21/3/06 Legalizada la firma con fecha bajo el número.
Escribana María Cecilia Costa Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha:
23/03/06. Número: 060323114693/A. Matrícula Profesional Nº: 4421.
e. 30/03/2006 Nº 41.734 v. 30/03/2006

CENTRO DE IMAGENES DEL SUR
SOCIEDAD ANONIMA
Horacio René Cáceres, 42 años, DU 16488490, contador público, Castro Barros 66 Río Ceballos Prov. Córdoba; Gabriel Alberto Saravia, 41 años, DU 16906430, abogado, Montevideo 370 Prov.
Córdoba; ambos argentinos casados. 2 23-3-06.
3 Arcos 2864 Piso 1 Oficina B C.A.B.A. 4 Médica La investigación y docencia médica, asistencia de enfermos el desarrollo y aplicación de técnicas médicas en todas sus especialidades, estableciendo servicios sanatoriales u hospitalarios privados centros médicos clínicas laboratorios servicios complementarios consultorios servicios de medicina y los propios de obras sociales, servicios de emergencias médicas o cualquier otra actividad afín, conexa o vinculada con la referidas precedentemente. Podrá realizar la construcción, finan-

ciación, organización y administración o gerenciamiento de servicio de atención médica en todas las especialidades, como así también por sí sola o en Sociedad con terceros implementar planes de medicina prepaga y servicios complementarios de la medicina, como así también intervenir o administrar contratos capitados, modulados o por otras modalidades que se pudieren establecer con tal fin. Podrá contratar médicos en carácter de empleados. Podrá establecer servicios de atención ambulatorios centros de rehabilitación administración de clínicas o centros de salud. Comercialización insumos médicos y afines efectuar la compra, venta y todo tipo de comercialización de materiales e implementos utilizados en la medicina, en cualquiera de sus ramas o especialidades descartables o no. La compra, venta y todo tipo de comercialización de equipos mecánicos, eléctricos, electrónicos computarizado de utilización médica en cualquiera de sus ramas o especialidades. La compra, venta y todo tipo de comercialización de medicamentos, fármacos, materias primas elaboradas o a elaborarse, drogas autorizadas y cualquier otro elemento de comercialización autorizado para uso médico. La Sociedad podrá comprar vender recibir en consignación y entregar de la misma manera los bienes y elementos de uso médico que de manera enunciativa se mencionan en el presente instrumento. La Sociedad podrá por sí o por medios de terceras personas importar o exportar la totalidad de los bienes que se encuentra señalados de manera enunciativa en el presente instrumento. Ejercitar mandatos consignaciones representaciones y comisiones. Realizar los trámites necesarios para adquirir licencias y/o patentes de invención y otorgarlas una vez inscriptas. Asimismo la sociedad podrá realizar las siguientes actividades compra venta y permuta de los bienes muebles relacionados más arriba o inmuebles, pudiendo asimismo efectuar contratación de locación, sublocación de dichos bienes, dar y recibir en donación, administración o explotación de los mismos. Podrá efectuar importación y exportación de los bienes muebles descriptos. Laborales Comerciales. La sociedad podrá celebrar contratos de trabajo y rescindidos. Podrá celebrar convenios con personas de existencia visible con otras sociedades, entes sociales de bien público o con el Estado Nacional Provincial o Municipal Entidades Públicas Privadas o Autárquicas a los fines de unificar presentaciones de servicios o toda otra actividad relacionada con el objeto de la sociedad. A los fines del desenvolvimiento la misma podrá solicitar la apertura de cuentas corrientes bancarias cajas de ahorro cajas de seguridad efectuar imposiciones a plazo fijo y/o cualquier otro tipo de inversión financiera, en entidades legales autorizadas para ello.
La sociedad podrá solicitar préstamos, otorgarlos y realizar todo tipo de actividad en tal sentido con arreglo a la normativa legal que así autoricen.
Podrá otorgar poderes generales o especial. En general podrá efectuar actividad comercial y mer-

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LA NACION

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DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/03/2006 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha30/03/2006

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9328

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/05/2024

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