Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2005 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Jueves 24 de febrero de 2005
ción de Capital Federal: Cesión: María Florencia Ibarra, argentina, casada en primeras nupcias con Juan Carlos Acevedo Díaz, nacida el 26/12/1975, con Documento Nacional de Identidad número 24.796.490, C.U.I.L. 27-24796490-3, comerciante, domiciliada en Libertad 1684 3 B Capital Federal, con domicilio especial en la sede Avenida Federico Lacroze 2206 8 Piso Capital Federal cedió 21 cuotas a Néstor Alberto Iglesias, argentino, nacido el 25 de setiembre de 1952, con Documento Nacional de Identidad 10.623.463, C.U.I.T. 23-10623463-9, ingeniero, domiciliado en Avenida Federico Lacroze 2206 7 piso de esta Ciudad, con domicilio especial, en la sede Avenida Federico Lacroze 2206 8 Piso Capital Federal. Número de socios anterior: 5; todos personas físicas. Número de socios después de la cesión:
4; todos personas físicas. En la escritura relacionada ut-supra, se me autoriza a realizar los trámites relacionados con la inscripción del contrato social y la publicación de este aviso. Publíquese por un día.
Escribano - Mario Alberto Conforti Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 21/02/05.
Número: 050203042062/0. Matrícula Profesional N: 4613.
N 35.276

ARARA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Que por escritura del 18-02-2005 pasada ante el Escribano Horacio O. Manso al Fº 64, Registro 1132 de Capital Federal se constituyó ARARA
S.R.L. Socios: Rubén Oscar Encinas, nacido el 1602-1958, divorciado, abogado, D.N.I. 12.228.258, C.U.I.L. 23-12228258-9 y Viviana Rosa Inga, nacida el 7-9-1957, soltera, comerciante, D.N.I.
13.465.098 C.U.I.L. 27-13465098-8, argentinos, domiciliados en Avenida Córdoba 345, 4 piso Departamento D, Ciudad de Buenos Aires. Domicilio: Jurisdicción Ciudad de Buenos Aires. Duración: 50 años a contar de su inscripción en la Inspección General de Justicia. Objeto: La sociedad tiene por objeto la compra, venta y administración de inmuebles y el ejercicio de mandatos comisiones y representaciones. Capital: $ 6.000 dividido en 600 cuotas de $ 10 cada una. Administración:
Será dirigida y administrada por Viviana Rosa Inga, quien queda designado gerente por tiempo indeterminado, quien constituye domicilio especial en la sede social. Cierre del ejercicio: 31 de diciembre. Se fijó el domicilio legal en Lavalle 1536, 3
piso, oficina 8 de la Ciudad de Buenos Aires. Autorizado a diligenciar el presente por escritura N
35 del 18-2-2005, Folio 64 Registro 1132.
Escribano - Horacio O. Manso Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 21/02/05.
Número: 050221060992/8. Matrícula Profesional N: 2108.
N 67.235

AVM
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
I.G.J. 20/09/2002. N 5360, L 116, T de S.R.L.
Comunica: Por instrumento privado del 27/01/2005
y por unanimidad se aprobó: 1 La cesión de 734
cuotas sociales de V$N 1 cada una de Hugo Luis Vindel adquiridas así: 67 cuotas sociales por Carlos Alberto Altieri, argentino, empleado, soltero, Documento Nacional de Identidad 11.681.659, C.U.I.L. N 20-11681659-9, domicilio: Calle 91 N
2775, San Andrés, Provincia de Buenos Aires; y 667 cuotas sociales por Hugo Alberto Menchise, argentino, comerciante, nacido el 17 de agosto de 1959, casado, Documento Nacional de Identidad N 13.780.428, C.U.I.L: N 20-13780428-0, domicilio: Carrillo N 3216, San Andrés, Provincia de Buenos Aires. Importe de la Cesión: $ 734. 2 Art.
1277 Código Civil: La cónyuge del cedente María Rosa Altieri de Vindel, Documento Nacional de Identidad N 12.274.494, prestó la conformidad que prescribe dicho artículo, por la cesión de cuotas formalizada. 3 Se nombran Gerentes a Carlos Alberto Altieri y Hugo Alberto Menchise, quienes aceptan en este mismo acto el cargo conferido, ambos con domicilio especial en Elpidio González 4359, 5 B, Cap. Fed. 4 Se ratifica en el cargo de Gerente a Hugo Luis Vindel. 5 Se modifica la cláusula 4 del contrato social: Cuarta: El capital social se fija en la suma de dos mil pesos $ 2.000, dividido en 2.000 cuotas de un peso $ 1, 00 valor nominal cada una; totalmente suscriptas e integradas por los socios, de acuerdo al siguiente detalle: Hugo Luis Vindel: 666 cuotas equivalentes a la suma de $ 666; Carlos Alberto Altieri: 667 cuotas equivalentes a la suma de $ 667; y Hugo Alberto Menchise: 667 cuotas equivalentes a la suma de $ 667. Silvina Marina Polti Abogada T 38, F 130, Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Autorizada en Instrumento privado del 27/01/2005.
Abogada - Silvina Marina Polti Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 21/2/05.
Tomo: 38. Folio: 130.
N 67.257
CEMLANET
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Por instrumento privado del 09/02/05 el socio Alejandro Negre vendió a la socia María de las Mercedes Godoy 600 cuotas. El señor Alejandro Negre renunció a su cargo de Gerente. Se reformó artículo cuatro de Contrato Social. La que suscribe autorizada en el mismo instrumento. Dra. Marcela Villada. Autorizada. C.U.I.T.: 27-13549689-3.
Abogada - Marcela Villada Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 21/2/05.
Tomo: 39. Folio: 34.
N 35.258

ARENAY

COMERCIAL CATARATAS

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA

Escritura número 69 del 18/2/05, Registro 1210, Capital Federal. Socios: Gerente: Gabriel Alfredo Gambin, 20/12/47, D.N.I. 7.607.561, con domicilio real en Honorio Pueyrredón 681, piso 11, departamento C de esta Ciudad; y Antonio Gallardo, 24/4/48, D.N.I. 7.613.113, con domicilio real en Tilcara 3314, piso 2, departamento 3 de esta Ciudad, ambos argentinos, casados, comerciantes y con domicilio especial en la sede social de Asamblea 1030 de esta Ciudad. 1 99 años. 2 Objeto:
Explotación comercial de negocios del rubro gastronómico: bar, cafetería, comedor, confitería, marisquería, pastelería, parrilla, pizzería, pub, restaurante, sandwichería, vinería, despacho de bebidas alcohólicas y envasadas en general; elaboración y venta de empanadas. 3 $ 10.000, 1000
cuotas de $ 10. 4 31/7. 5 Se prescinde de fiscalización. Escribana María Josefa Colombo de Oliveros, Autorizada por Escritura número 69 del 18/2/05, Registro 1210 de esta Ciudad.
Escribana - María J. Colombo de Oliveros Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 22/2/05.
Número: 050222062460/2. Matrícula Profesional N: 2516.
N 67.290

Instrumento Privado 16/02/05 Yanina Alcira Roca, D.N.I. 24.127.388 cede sus 150 cuotas a Luciano Marcos Ini D.N.I. 24.977.522; Yanina Alcira Roca renuncia al cargo de gerente; designan gerente a Luciano Marcos Ini; Luis Matías Roca continúa en el cargo, ambos gerentes domicilio especial: Maure 1838 Piso 1 Oficina C, Cap. Fed.;
pasan sede a Maure 1838 Piso 1 Oficina C, Cap.
Fed.; modifican artículo 4 y 14; cumplen artículo 152 LSC; Jorge Gustavo Batto Pisano, D.N.I.
24.872.843 da consentimiento conyugal; autorizado por Cesión del 16/02/05.
Autorizado - Rafael Salavé Certificación emitida por: Esc. José D. Paulucci.
N Registro: 1348. N Matrícula: 2725. Fecha:
21/02/05. Acta N: 154. Libro N: 28.
N 35.271
DE DERMOELEMENTOS
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Se reforma el contrato social en su artículo cuatro: Capital: pesos diez mil. Domingo Mangone
BOLETIN OFICIAL Nº 30.599

autorizado Esc. Púb. 597/30.12.04. Reunión socios.
Certificación emitida por: Esc. Irene Rainstein.
N Registro: 1315. N Matrícula: 3113. Fecha:
17/02/05. Acta N: 122. Libro N: 068.
N 35.266
ENERTEK ARGENTINA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Se comunica que la reunión de socios celebrada en forma unánime el 3 de febrero de 2005 aprobó: 1 Aumentar el capital social en la suma de $ 8.659.580, llevándolo de $ 12.000 a $ 8.671.580, mediante la capitalización de aportes irrevocables recibidos de los socios; 2 Reducir el capital de $ 8.671.580 a $ 12.000, o sea en $ 8.659.580 que se destinan a absorber, por el mismo importe, los resultados negativos acumulados al 31 de diciembre de 2003; 3 Reformar integralmente el contrato social, sustituyéndolo por el siguiente texto: Artículo 1. Nombre y Domicilio. La sociedad se denomina ENERTEK ARGENTINA S.R.L., originalmente constituida bajo la denominación de ENERTECH ARGENTINA S.R.L. Tiene su domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. La Sociedad podrá establecer sucursales y/o agencias dentro o fuera del país. Artículo 2. Plazo: El plazo de duración de la sociedad es de 99 años contados desde el 27
de noviembre de 1998, fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Artículo 3. Objeto. La Sociedad tiene por objeto, ya sea por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, la realización de las siguientes actividades: 1 La fabricación, importación, exportación y comercialización de baterías y acumuladores para automotores y sus componentes, incluyendo cargadores y equipamientos relacionados con aquéllas; 2 La prestación de servicios relacionados con la industria y/o comercialización de baterías, incluyendo la representación de productores y/o comercializadores de baterías para automotores. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar toda clase de actos y contratos que directa o indirectamente favorezcan el desarrollo del objeto y negocios sociales y no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Artículo 4. Capital. El capital social es de $ 12.000 doce mil pesos, dividido en 12.000 doce mil cuotas de $ 1 un peso valor nominal cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios. Artículo 5. Cesión de Cuotas. Las cuotas son libremente transmisibles, rigiendo las disposiciones del artículo 152
de la Ley 19.550. Artículo 6. Administración de la Sociedad. La sociedad será administrada por uno o más gerentes, designados por el voto mayoritario de los socios. Los socios designarán un Gerente General que tendrá los poderes especiales que se indican en este artículo, y, en caso de designarse dos o más gerentes, un Sub-Gerente General. Los socios también podrán designar un número igual o menor de gerentes suplentes, que reemplazarán a los gerentes titulares en caso de renuncia, ausencia o incapacidad de éstos, en el orden de su elección. Los gerentes se mantendrán en funciones en forma indefinida hasta ser removidos y/o reemplazados por los socios. La representación legal de la sociedad será ejercida por el Gerente General o, en caso de su ausencia, incapacidad u otro impedimento, por el SubGerente General, de existir. Sujeto a las limitaciones establecidas en este mismo Artículo, el Gerente General, o quien ejerza la representación legal de la sociedad, tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 1991 del Código Civil y del artículo 9 del decretoley 5965/63. Podrá especialmente operar con toda clase de bancos, compañías financieras y entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir o disponer de bienes o contraer obligaciones a la sociedad.
No obstante lo precedente, para la realización de los siguientes actos se requerirá la previa aprobación de los socios: a adquisición y/o disposición de o constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles; b la celebración de cualquier contrato o acto jurídico cuyo valor exceda doscientos cincuenta mil dólares o su equivalente en otras monedas; c el otorgamiento de poderes generales de administración y/o disposición de bienes o negocios de la sociedad. Cada gerente deberá constituir garantías del buen desempeño de sus funciones, por el monto que resulte superior entre 1 el determinado por los socios en el
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acto de designación de tal gerente y 2 el determinado por las disposiciones emanadas de la Inspección General de Justicia vigentes a la fecha de su respectiva elección. Las formas en que tales garantías deben ser constituidas serán las que determinen los socios en el acto de elección o, en su defecto, la Inspección General de Justicia. Artículo 7. Revocabilidad de los Gerentes: La revocación y/o reemplazo de los gerentes se adoptará por decisión adoptada por simple mayoría de capital. Artículo 8. Sindicatura. En caso que el capital social alcance el importe fijado en el art. 299, inc. 2 de la ley 19.550, la fiscalización de la Sociedad estará obligatoriamente a cargo de un síndico a ser designado por los socios, quienes también deberán designar un síndico suplente. Los síndicos titular y suplente durarán dos años en ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos.
Las funciones del síndico son las enumeradas en los artículos 293 y concordantes de la ley 19.550.
Artículo 9. Resoluciones de los Socios. Los socios deliberarán y adoptarán resoluciones de acuerdo a cualquiera de los procedimientos descriptos en el Artículo 159 de la Ley No. 19.550.
Rigen las mayorías previstas en el artículo 160 de la citada ley, y cada cuota da derecho a un voto. A
opción de los socios, se podrán adoptar resoluciones en reuniones de socios convocadas al efecto. En caso que el capital social alcance el importe fijado en el art. 299, inc. 2 de la ley 19.550, las resoluciones deberán adoptar de acuerdo a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 159 de la Ley 19.550. En todos los casos, se labrarán actas de las deliberaciones y/o resoluciones que se adopten, conforme lo previsto en el artículo 162
de la Ley 19.550. Artículo 10. Ejercicio Económico. El ejercicio económico cerrará el día 31 de diciembre de cada año, debiéndose confeccionar un balance a fin de determinar las ganancias y pérdidas, el cual será puesto a disposición de los socios a los fines de su consideración y aprobación.
Artículo 11. Disolución y Liquidación. Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la ley 19.550, la liquidación será realizada por la gerencia o por el o los liquidadores que designen la asamblea de socios. Artículo 12. Disposición transitoria. A la fecha de aprobación de esta reforma integral del contrato social 3 de febrero de 2005, el capital social de $ 12.000 se encuentra suscripto e integrado de la siguiente manera: a Johnson Controls Battery Group, Inc.: $ 9.617, o sea 9.617 cuotas de valor nominal $ 1 cada una, y b BCD Battery Company LLC: $ 2.383, o sea 2.383 cuotas de valor nominal $ 1 cada una. Juan Carlos Olivera, Sub-gerente general designado por el Acta de Reunión de Socios N 21 de fecha 3 de febrero de 2005.
Certificación emitida por: Carlos M. de Nevares. N Registro: 1048. N Matrícula: 2399. Fecha:
11/02/05. Acta N: 067. Libro N: 179.
N 67.252

ESLOVENIA TOWER
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Constitución: Escritura número 55, Folio 149, del 14-02-2005, ante el Escribano Guillermo Adrián Zoppi, titular del Registro 1411 de Capital Federal. Socio: Ana Patricia Couto, argentina, nacida 24/07/1955, casada en primeras nupcias con Carlos Rosario La Paglia, ama de casa, D.N.I.
12.009.537, domiciliada en Argerich 2150 de esta Ciudad; Mariano Alberto Cucciolla, argentino, nacido 10-09-1977, soltero, arquitecto, D.N.I.
26.052.313, domiciliado en Juan Bautista Alberdi 1799, Capital Federal; Carlos Andrés Giannino, argentino, nacido 01-11-1981, soltero, empleado, D.N.I. 29.286.009, domiciliado en Juncal 1139
departamento 6 de esta Ciudad; Yanina Arruza, argentina, nacida 24-03-1969, casada en primeras nupcias con Diego Fernando Latorre, contadora, pública, D.N.I. 20.406.680, domiciliada en Avenida de los Incas 3330, noveno piso, departamento A de esta Ciudad; y Rodolfo Julio Mansilla, argentino, nacido 26-09-1952, soltero, comerciarte, D.N.I. 10.638.150, domiciliado en Sarmiento 1426 de esta Ciudad. Denominación: ESLOVENIA TOWER S.R.L. Duración: 99 años contados a partir de su inscripción en la Inspección General de Justicia. Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: Inmobiliaria: Por la compra, venta, permuta, hipoteca, alquiler, subalquiler, arrendamiento, intermediación, y administración de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de la propiedad horizontal, urbanas, suburbanas y ru-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2005 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha24/02/2005

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9372

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/06/2024

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