Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2003 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 6 DE FEBRERO DE 2003

Nº 30.084
PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
JORGE E. FEIJOÓ
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

1.1.Contratos Contratos sobre sobrepersonas per sonasjurdicas jurídicas personas
1.1 SOCIEDADES ANONIMAS

ADMINISTRADORA PARQUE CENTRAL
SOCIEDAD ANONIMA
Hace saber por un día que por Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 30/11/2002 se resolvió reformar los artículos primero tipo social, cuarto objeto, décimo séptimo destino de utilidades y décimo octavo liquidación del Estatuto Social. Artículo Primero: La sociedad se denomina ADMINISTRADORA PARQUE CENTRAL S.A.
y adopta el tipo societario previsto en el artículo tercero de la Ley de Sociedades Comerciales N
19.550. Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá por objeto la adquisición, desarrollo, construcción de instalaciones y administración de los espacios
AÑO CXI

2

$ 1,00

1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURIDICAS
2. CONVOCATORIAS Y AVISOS COMERCIALES
3. EDICTOS JUDICIALES

comunes correspondientes al barrio cerrado Ayres del Pilar, sus eventuales ampliaciones y anexos, sito en la localidad de Del Viso, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo establecido en la Ley N 8.912 y el Decreto N 9.404/86 de la Provincia de Buenos Aires, a cuyos efectos podrá realizar por sí, o por terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: a la organización, fomento y dirección en todas sus posibilidades y fases, de la actividad deportiva, cultural, social y de servicios auxiliares a desarrollarse en el barrio privado; b la administración, desarrollo, construcción, mantenimiento, conservación y administración, de los bienes, instalaciones y equipos que constituye las partes comunes del barrio cerrado, incluyendo, sin limitación, las vías de circulación, los espacios administrativos y de seguridad del barrio cerrado, y todos aquellos otros bienes inmuebles, muebles o semovientes que se incorporen a los mismos o al patrimonio social por cualquier título, estableciendo, ya sea como titular del fondo sirviente o del fondo dominante, todas aquellas servidumbres que fueran requeridas por la ley o la autoridad, o que sean necesarias o convenientes para el mejor desenvolvimiento del barrio cerrado y para la vinculación de las áreas recreativas y espacios circulatorios internos con las parcelas del dominio y uso privativo; c de servicios, mediante la prestación de los servicios que requiera el cumplimiento de las actividades habitacionales, deportivas, sociales y culturales a desarrollar en los bienes sujetos a su dominio y la prestación de los servicios propios de la urbanización, ya sea de mantenimiento, conservación y desarrollo del emprendimiento, como asimismo la forestación y la provisión de los servicios propios de la urbanización como los de vigilancia, limpieza, mantenimiento del alumbrado, instalaciones de agua y sanitarias, telefónicas, de gas y demás servicios y de las calles de circulación interna, ya sean mediante la contratación de la o las empresas sean necesarias o el personal necesario, si optara por realizarlo por cuenta propia; d habilitar, realizando las contrataciones que a tal efecto resulten convenientes, las instalaciones necesarias para la práctica y ejercicio de los deportes; e realizar y propiciar cualquier tipo de reuniones sociales para el conocimiento y esparcimiento de los tenedores legítimos de los lotes ubicados en el mencionado barrio cerrado, promover actividades destinadas a lograr un mayor y mejor conocimiento entre los mimos; f brindar a los tenedores legítimos de los lotes ubicados en el mencionado barrio cerrado, posibilidades de promoción cultural, organizar exposiciones, exhibiciones, cursos y seminarios; g todos los actos que sean complementarios y afines a los anteriores; h velar por el cumplimiento del reglamento de construcción, administración y convivencia que al efecto dicte el Directorio de la Sociedad, con las modificaciones que el mismo pueda tener en el futuro. Se deja constancia que la actividad de la Sociedad no recibirá retribución alguna, por lo que no constituye una actividad lucrativa, y afrontará sus gastos con las contribuciones que deberán abonar los accionistas y, los asociados para el mantenimiento, realización de obras, conservación, uso y funcionamiento del barrio cerrado y sus instalaciones, sin perjuicios de los aranceles que puedan establecerse para el uso de las áreas recreativas, deportivas o sociales. A los fines de la realización de su objeto, la sociedad podrá establecer sucursales u otras formas de representación, vincularse y asociarse con terceros y participar en otras sociedades en el país, todo ello en la medida en que ello sea permitido por las normas vigentes; y tendrá plena capacidad para realizar todo acto lícito o congruente con su naturaleza de persona jurídica y su objeto social.
Autorizada María Verónica Tuccio N 15.391

4. PARTIDOS POLITICOS
5. INFORMACION Y CULTURA

ADROGUE
SOCIEDAD ANONIMA
Se hace saber por un día que la Asamblea Extraordinaria de ADROGUE SA celebrada el 13.08.01 modificó la cláusula cuarta del contrato social de la siguiente manera: Artículo Cuarto: El capital social asciende a la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil $ 450.000 dividido en cuatrocientos cincuenta mil 450.000 acciones de un peso $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea hasta el quíntuplo de su monto sin necesidad de reformar el estatuto art. 188 ley 19.550. Cada asamblea que resuelve el aumento fijará las características de las acciones a emitirse pudiendo, delegar en el directorio la determinación de la forma, y condiciones de pago de las suscripciones.- Buenos Aires, 3 de febrero de 2003.
Apoderado José María Ojea N 15.411
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SUMARIO
Pág.
1. CONTRATOS SOBRE
PERSONAS JURIDICAS
1.1 Sociedades Anónimas

1

1.2 Sociedades de Responsabilidad Limitada

4

2. CONVOCATORIAS Y AVISOS
COMERCIALES
2.1 Convocatorias Nuevas
Anteriores

6
11

2.2 Transferencias Nuevas
Anteriores

7
13

2.3 Avisos Comerciales Nuevos
Anteriores

7
13

SOCIEDAD ANONIMA
Aviso 30/1/03 N 076-2527 corregir así: Duración: 30 años. Donde dice: 99 años.
Contador Rafael Salavé N 15.381
BALUK
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea 28/1/03 se resolvió: a Aceptar renuncias Presidente: Lorenzo Vallerga y Dir. Sup.:
Michelle Campao Cruz; b Designar Presidente:
Angel Custodio Bogado y Dir. Sup.: Mariano Ibarra; y c Modificar Art. 3 Estatutos ampliando Objeto a: Industrialización, fabricación, comercialización y distribución de materiales e insumos para la construcción, artículos textiles, cueros, madera, papel, plásticos y sus derivados, artículos metalúrgicos, químicos, químicos industriales y electrónicos. Organización de espectáculos y representaciones artísticas. Publicidad en todas sus formas.
Abogado Lorenzo Vallerga N 2581
BMA
SOCIEDAD ANONIMA
Esc. 162, del 6-12-02. Reg. 1104. 1 Alberto Btech Levy, arg., nac. 19/8/39, LE. 4.293.517, CUIT.
20-04293517-5, casado, Jaime Sebastián Btech Levy, arg., nac. 25/11/71, DNI 22.500.614, CUIT.
20-22500614-9, casado; ambos comerciantes, domic. Azcuénaga 445, Cap. Fed. 2 BMA S.A. 3
Obj.: realizar por cuenta propia y/o asociada a terceros, en participación y/o comisión o de cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades: inmobiliaria: Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá inclusive, realizar todas las operaciones sobre inmuebles, que autoricen las leyes y las comprendidas en la Ley de Propiedad Horizontal; dedicar-

3. EDICTOS JUDICIALES
3.1 Citaciones y Notificaciones Nuevas
Anteriores

9
14

3.2 Concursos y Quiebras Nuevos
Anteriores

9
14

3.3. Sucesiones Anteriores

15

3.4 Remates Judiciales Nuevas
Anteriores

9
15

FE DE ERRATAS
En el sumario de la edición del 5 de febrero de 2003, se consignó en forma errónea, el número de la página del rubro 3.3 Sucesiones, siendo el correcto:página 9.

se a la administración de propiedades inmuebles propias o de terceros. 4 99 años. 5 $ 90.000. 6
Repres. Directorio 1 a 5 m. x 3 ej. Pte: Alberto Btech Levy, D. Ste: Jaime Sebastián Btech Levy.
7 Rep. Pte. o Vice, según caso. 8 31-10 c/año. 9
Azcuénaga 445, Cap. Fed.
Autorizada - Sandra A. Vincenti N 2632
CASTELL
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea del 1/3/99 se aumentó el capital social a $ 1.000.000. Por Asamblea del 4/11/02
se resolvió: Ratificar dicho aumento de capital;
Modificar Art. 4 Estatutos; Cambio signo monetario de A a $; y Modificación y aprobación de Texto Ordenado Estatutos.
Abogado Lorenzo Vallerga N 2580
CLARKO CONSTRUCCIONES
SOCIEDAD ANONIMA
Renuncia y Designación de Directorio, cambio de Denominación, Ampliación de Objeto y Reforma de Estatuto: Acto Privado del 28/1/02; Acta de Asamblea N 6 del 17/10/00 y Acta de Asamblea

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2003 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha06/02/2003

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9328

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/05/2024

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