Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2000 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.398 2 Sección JECO
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución: Por escritura del 04/05/2000, Nº 70, del registro Nº 746, pasada al folio 222. Socios: Rolla Horacio Luis, argentino, divorciado, nacido el 11/06/1951, DNI Nº 10.129.675, domiciliado en Callao Nº 500, piso noveno depto R, Capital Federal, comerciante CUIT Nº 20-10129675-0, Blanco Jesús Angel, casado, argentino, empresario, nacido el 17/08/1952, DNI Nº 10.329.026 domiciliado en Cóndor Nº 1446 Capital; CUIT 20-10329026-1. Denominación: JECO
S.A. Domicilio: Av. Rivadavia Nº 3203 P 2º C, Capital Federal. Plazo: 99 años. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades: producción, comercialización, distribución y venta de productos alimenticios en el estado original y/o fraccionados, e incluso en la modalidad de comidas rápidas, minutas y bebidas varias, como así también productos de propia elaboración tanto en forma minorista como mayorista; suministro y aprovisionamiento de almacenes, supermercados, kioskos, restaurantes; asesoramiento en el armado y manejo de negocios de rubro gastronómico, y servicios de catering, elaboración, importación, exportación, distribución, y venta de productos, equipos, aparatos e instrumentos para uso medicinal. Inmobiliaria: Compra, venta, permuta, arrendamiento, loteos, subdivisiones, fraccionamiento, urbanización y administración de inmuebles, ya sean urbanos o rurales, incluso todas las operaciones comprendidas en la Ley 13.512 de propiedad horizontal. Mandatos y servicios mediante el desarrollo de actividades como consultora de compras y de asesoramiento técnico, industrial, comercial y financiero, a toda clase de empresas e instituciones civiles o comerciales, quedando excluido todo asesoramiento que en virtud de la materia haya quedado reservado a profesionales con título habilitante; podrá igualmente desarrollar toda clase de representaciones, distribuciones, comisiones, consignaciones, mandatos y realizar operaciones de carácter financiero, mediante préstamos en divisas o moneda corriente argentina con o sin garantía real, quedando expresamente excluidas todas las operaciones reservadas a las entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526. Importadora y Exportadora: Mediante la importación o exportación de toda clase de artículos, artefactos, equipos, materiales, mercaderías, así como productos alimenticios perecederos o no. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto. Capital social: Pesos doce mil. Administración y fiscalización: Número de Integrantes: 1 a 10. Mandato: Dos ejercicios. Representación: Presidente: Rolla Horacio Luis, y Director Suplente: Blanco Jesús Angel. Sindicatura: Se prescinde. Cierre de ejercicio: 31 de diciembre.
Autorizada - Sandra Margarita Bongiorno Nº 48.103

nancieras; de crédito de cualquier tipo y modalidad creados o a crearse; constitución de depósitos y cauciones para los negocios contemplados en el objeto social con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley 21.526 y toda otra que requiera el concurso público; administrar activos de terceros bajo las formas contractuales que autoricen las leves; f Podrá también presentarse en licitaciones públicas y/o privadas, vinculadas con las actividades que hacen a su objeto social; 6 99 años desde inscripción en Reg. Púb.
Com.; 7 $ 12.000; 8 Directorio: 1 a 5 titulares, duración 2 ejercicios. Presidente: Alejandro Arauz Castex, Director Titular: Oscar Alfredo García; Director Suplente: Carlos Alberto Sánchez Claria.
Fiscalización: a cargo socios, prescinden sindicatura; 9 Presidente o Vicepresidente, en su caso; 10 31/3 c/año.
Escribano - Patricio C. Pastor Nº 48.099

KOWLOON EQUIPOS Y SERVICIOS
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución: 1 Evergold Holdings S.A. insc.
I.G.J el 3/8/99, Nº 1683, L. 55, T.B de Est. Ext.
art. 123 de la ley 19.550 y María Angela Otero, argentina, comerciante, divorciada, DNI
17.538.697, con domicilio en Tres Sargentos 2077, 2 piso, Dpto. B, Martínez, Pcia. de Bs. As. 2 Constitución: 17/04/2000 por Esc. Púb. 238, Registro 1017, Cap. Fed. 3Denominación: KOWLOON
EQUIPOS Y SERVICIOS S.A. 4 Domicilio : Córdoba 827 Piso 10 de Capital Federal. 5 Objeto:
Dedicarse por cuenta propia de terceros y/o asociada a terceros a las siguientes actividades: Fabricación, producción, compra, venta, importación, exportación, representación, comercialización, alquiler, distribución, reparación en instalación al por mayor y menor de pistas de bowling nuevas o usadas, de equipos automáticos de bowling, nuevos o usados, de bolas, de palos, de zapatos, de bolsos, de repuestos, de materiales y de todos los accesorios para bowling, billar, las bochas y el deporte en general, el pulido y lacado de pisos de madera, así como la realización de cualquier tipo de proceso industrial y comercial sobre los bienes mencionados. Asimismo podrá desarrollar por sí o mediante sociedades accidentales o permanentes con terceros, todas las actividades industriales o combinaciones comerciales que se vinculen con el procesamiento y/o venta de los productos arriba mencionados como objeto de la sociedad, como así también administrar y gerenciar centros de bowling y centros de entretenimientos. 6 Duración: 99 años. 7 Capital: $ 12.000. 8 Administración: 1 a 5 directores titulares con mandato por 3 ejercicios. 9 Directorio: Presidente: María Angela Otero, Vicepresidente: Silvina Inés Filippe, Director Suplente: María Eugenia Ghiglione. 10
Sindicatura: Se prescinde. 11 Representación legal: Presidente o Vicepresidente en caso de ausencia o imposibilidad del primero. 12 Cierre de ejercicio: 31/10 de cada año.
Apoderado - Darío Ignacio Gaiteiro Nº 48.150

KEYFACTOR
LATINLEX INTERNACIONAL
SOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD ANONIMA
1 Alejandro Arauz Castex, arg., 9/10/52, casado, abogado, DNI 10.141.273, Av. Córdoba 1367, 8º 39, Cap. Fed. y Oscar Alfredo Garcia, arg. 19/
10/48, casado, abogado, DNI 5.530.444, Av. Córdoba 1351, 8º Cap. Fed. 2 28/4/2000; 3
KEYFACTOR S.A.; 4 Av. Córdoba 1367 8º 37
Cap. Fed.; 5 a servicios de consultoría y actividades de asesoramiento, la gestión y el recupero de deudas y todo tipo de actividades administrativas, extrajudiciales y judiciales, tendientes a obtener el cobro de créditos de terceros a través de la gestión de la cartera de morosos mediante procedimientos estandarizados o previamente planeados. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, celebrar con terceros contratos asociativos cualquiera sea la forma que éstos adopten, participar en sociedades, integrar uniones transitorias de empresas, celebrar contratos de licencia o para la incorporación del know-how necesario para desarrollar su actividad, contratar servicios jurídicos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto; b Actuar como mandatario; c Adquirir, explotar, arrendar y/o administrar toda clase de inmuebles rurales o urbanos; d comprar, distribuir y comercializar todo tipo de producto o servicio; importar y exportar; e Adquirir, ceder y/o transferir bajo cualquier modalidad carteras de crédito; celebrar contratos de factoring; realizar operaciones y/o inversiones fi-

Rectificatoria: De publicación del 4/4/2000 Recibo Nº 0043-00044686. Const. p/esc. 24/03/2000, Nº 40, Reg. 550, Cap. Fed. Denominación LATINLEX INTERNACIONAL S.A. y no LATINLEX S.A.. Complementaria: Esc. 83 Folio 299 del 9/5/2000, Reg. 550, Cap. Fed. se modifica artículo tercero del objeto, puntos I y III quedando redactados de la siguiente forma. Artículo Tercero: Objeto: l Mediante el desarrollo, fabricación, elaboración, armado, montaje, diseño, programación, distribución, importación, exportación, representación, comisión, consignación, administración, aplicación, Instalación, y comercialización, bajo cualquier modalidad, de sistemas integrales de informática, comunicaciones, y páginas de Internet; prestación de toda especie de contenidos y servicios, compra y ventas en general, diseño de contenido y almacenamiento de páginas de Internet; representación de proveedores de países extranjeros; edición digital de Información, marketing a través de Internet; III Prestación de todo tipo de servicios tales como servicios educativos, provisión de datos y capacitación. Quedando firmes y en plena vigencia el resto de las cláusulas del estatuto original que por este acto no se modifiquen. Autorizada: Dra. Graciela Mabel Chaparro, DNI 20.251.112.
Abogada - Graciela M. Chaparro Nº 48.154

LEVY MARKETING
SOCIEDAD ANONIMA
Por escr. del 5/8/99, se protocolizó el Acta de Asamblea de fecha 16/7/99, por la que se modifican los siguientes artículos: Artículo primero: La sociedad se denomina ISEAN S.A.. Tiene su domicilio en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o en el extranjero, a las siguientes actividades: Enseñanza oficial: administración, explotación y funcionamiento de escuelas, colegios, o cualquier otro tipo de establecimientos educacionales o formativos en el ámbito primario, secundario o terciario. En consecuencia la sociedad podrá: 1 Fundar o adquirir por cualquier otro título legal y administrar escuelas, colegios o cualquier otro tipo de establecimientos educacionales o formativos, como bibliotecas y laboratorios de investigaciones, en el ámbito primario, secundario o terciario. 2 Propender a la formación humanística, científica, artística, física y vocacional en orden principalmente a las profesiones liberales, e investigaciones científicas y técnicas.
Artículo cuarto: El Capital Social es de pesos doce mil, representado por 7.200 acciones clase A y 4.800 acciones clase B, todas ellas ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una y de valor $ 1. Un Peso cada acción.
Artículo quinto: El Capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, mediante la emisión de acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una y de valor $ 1 Un Peso cada acción, emisión que la asamblea podrá delegar en el Directorio en los términos del artículo 188 de la ley 19.550 Texto Ordenado Decreto 841/84. Todo aumento de Capital deber mantener la proporción de las acciones de clase A y las acciones de clase B. Artículo octavo: La dirección y administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre un número de uno a tres, con mandato por dos ejercicios. La Asamblea puede elegir igual o menor número de suplentes, por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran y se incorporarán al Directorio por el orden de su designación. Mientras se prescinda de la sindicatura la elección de director suplente será obligatoria. Si la Asamblea determinase que el número de Directores Titulares es de tres las acciones de clase A tendrán el derecho de nombrar dos directores correspondiendo a las acciones de clase B el derecho de elegir al restante. Si la Asamblea determinase que el número de Directores Titulares es de dos, las acciones de clase A tendrán derecho de nombrar un director correspondiendo a las acciones de clase B el derecho de elegir al restante.
Para el supuesto de designar sólo un Director Titular se requiere unanimidad de votos tanto de los correspondientes a las acciones suscriptas de clase A como de las acciones suscriptas de clase B.
El Directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate el presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión el directorio designará un presidente, pudiendo en caso de pluralidad de titulares, designar un vicepresidente, que suplirá al primero en su ausencia o impedimento, el que asumir en forma automática sin necesidad de acta alguna. En garantía de sus funciones los titulares depositarán en la caja social la suma de $ 1.000
Mil Pesos o su equivalente en títulos valores públicos. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, inclusive aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 1881 del Código Civil y al artículo 9º del Decreto 5965/63. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: operar con toda clase de Bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultades de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en su caso. Supuestos especiales: a En los supuestos de contratación de terceros para cubrir cargos que por disposiciones legales o reglamentarias deban cubrirse para el funcionamiento del o de los establecimientos educativos administrados por la sociedad se requerirá una mayoría no inferior al 75%
setenta y cinco por ciento de los directores, b Para la aprobación de inversiones o gastos supe-

Lunes 15 de mayo de 2000

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riores a $ 10.000,00 pesos diez mil base julio de 1999 ajustables mensualmente por IPMNG publicados por el INDEC se requerirá una mayoría no inferior al 75% setenta y cinco por ciento de los directores. Artículo décimo: Las Asambleas pueden ser citadas simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley 19.550 Texto Ordenado Decreto 841/84 sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime, en cuyo caso se celebrará en segunda convocatoria el mismo día una hora después de fracasada la primera.
En caso de convocatoria sucesiva, se estará a lo dispuesto en el artículo 237 antes citado. El quórum y el régimen de las mayorías se rigen por los artículos 243 y 244 de la Ley 19.550 Texto Ordenado Decreto 841/84, según las clases de asambleas, convocatorias y materia de que se traten con la siguiente excepción: se establece que la decisión referida a la remuneración del Directorio debe ser tomada por una mayoría igual o superior al 75% setenta y cinco por ciento de acciones con derecho a voto. La Asamblea Extraordinaria en segunda convocatoria se celebrará cualquiera sea el número de acciones presentes con derecho a voto. El domicilio social se traslada a la calle Anchorena 1314, Cap. Fed.
Autorizada - Zulema del Valle Reartes Nº 49.851

LUBELI
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución. Esc. Nº 27, 03/05/2000, Fº 96, Registro 1747 C.F. Socios: Marco Aurelio Carrillo, arg., cdor. púb., cas., nac. 14-3-52, con DNI
10.203.090, Quito 4191, 9º D, C.F. y Daniel Omar Fernández, arg., comerc., cas., nac. 01/05/51, LE:
8.632.752, Lautaro 637, 1º, C.F. Duración: 99 años.
Objeto: ejercer por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades:
Constructora: a venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal y en general la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles.
Como actividad secundaria la sociedad tendrá por objeto dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo de obras públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo de ramo de la ingeniería o arquitectura; asimismo, corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios, de terceros y de mandatos; b construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado. Inmobiliaria: Operaciones inmobiliarias, compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de campo, barrios cerrados, countries, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá inclusive realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes comprendidas en las disposiciones de la ley de propiedad horizontal. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros y financieras: 1 Conceder créditos para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término, préstamos personales con garantía o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios, mediante recursos propios, inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para operaciones realizadas, en curso de realización o a realizarse: préstamos a intereses y financiaciones, y créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas. Con fondos propios, comprar, vender y realizar todo tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones, debentures y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de terceros. 2 Otorgar préstamos o aportes o inversiones de capital a particulares o sociedades por acciones; realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras, toda aquella que requiera el concurso de ahorro público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y realizar todo tipo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/05/2000 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha15/05/2000

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones9340

Primera edición02/01/1989

Ultima edición24/05/2024

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