Boletín Oficial de la República Argentina del 02/08/1999 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.199 2 Sección Financieras y toda otra que requiera el concurso público. Constructora: La ejecución de proyectos, dirección, administración y realización de obras de ingeniería y arquitectura, públicas o privadas.
Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos. Servicios: De organización, asesoramiento y atención industrial, administrativo, publicitario, comercial, financiero, técnico, artístico, deportivo, económico, de informática y computación, de almacenaje, grúa y estibaje. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos. 5
99 años. 5 $ 12.000 en acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 1 y 5 votos. 6 Directorio de 1 a 10 por 3 años. 7 Prescindirá de sindicatura. Presidente: Matilde Lucero. Suplente: Evangelina Blanco. 8 Presidente o Vicepresidente indistintamente. 9 30/4 de c/año.
Escribano - Rubén O. Erviti Nº 19.732
EXPORTACIONES ARGENTINAS
PARA LA SALUD
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución Social. EXPORTACIONES ARGENTINAS PARA LA SALUD SA. Constitución social por Esc. 371 del 20 de julio de 1999 Manuel Argentino Fernandes de Brito, empresario, 19-121936, DNI 4.859.310, domiciliado en Viriato Unia 2570, Villa Tesei, CUIT 20-04859310-1, Jorge Gabriel Villa, contador público, DNI 13.802.474, domiciliado en Mossenet 735 Villa Tesei, 15-21960, CUIT 20-13802474-2, Sergio Tristán Villa, ingeniero, DNI 12.514.169, 15-8-1958, domiciliado en Alvarez Jonte 5992 de Capital Federal CUIT
20-12514169-3, Pedro Antonio Ostoich, empresario, LE. 5.083.345, domiciliado en Mario Bravo 412
Villa Tesei, Provincia de Buenos Aires, 13-7-1948, CUIT 20-05083345-4, todos argentinos y casados EXPORTACIONES ARGENTINAS PARA LA SALUD S.A..- Plazo: 99 años. Objeto: A Fabricación: de toda clase de productos para la industria de la salud. b Comercialización y Servicios: Como comisionista de venta en el extranjero y/o consignatario, organizar canales de distribución, oficinas de ventas o representaciones por cuenta de industriales, comerciantes o productores argentinos;
ser mandatario o ejecutante de toda clase de tareas y operaciones inherentes al comercio exterior y de exportación, transmitir ofertas y pedidos, elegir expedidor y asegurados, designar agentes, contactar importadores, y/o mayoristas, realizar estudios de marcado y/o productos de relevamiento de datos e informaciones sobre precios, gastos, calidades, posibilidades de colocación y competencia de productos similares de otras procedencias. Ofrecer asistencia en todo tipo de informaciones sobre comercio exterior y trámites relacionados con este. C Mandatos y servicios:
Mediante el ejercicio de toda clase de representaciones, comisiones, distribuciones, agencias comerciales, consignaciones, franquicias, ejercicios de mandatos por cuenta de terceros, actividades de tipo profesional que no impliquen el ejercicio de un título profesional habilitante regulado por las normas de orden público específico, administraciones de bienes de capital y de toda clase de mandatos por cuenta propia por terceros y/o asociada a terceros. Financiero: Mediante el aporte de inversiones de capitales a particulares, empresas sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para negocios realizados o a realizarse, tomar o dar préstamos en dinero con o sin garantía, constitución y/o transferencias de prendas y/o hipotecas y demás derechos reales, compra venta y colocación de títulos acciones y demás valores inmobiliarios quedando exceptuadas las operaciones previstas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público.
Capital: $ 12.000. Administración: 1 y un máximo de 7 con mandato por 1 ejercicios. Prescinde de la sindicatura. Cierre de ejercicio: 30 de junio. Directorio Presidente: Pedro Antonio Ostoich. Vicepresidente: Rodolfo Riedel.- Director Titular: Sergio Villa.- Director Suplente: Enrique Omar Correa, quienes aceptan los cargos. Sede social: Presidente Perón 1617 Piso 5 Departamento H de Capital Federal. La Apoderada.
Abogada - Juliana Antuña Nº 19.797
FEXXON
SOCIEDAD ANONIMA
1 Miguel Angel Marrero, arg., 4-6-53, empresario, cas., CUIT 20-10704175-4 y DNI.
10.704.175, Tinogasta 4956, Cap.; y Raúl Darío
Giandana, arg., 22-1-64, empleado, cas., CUIL 2016596343-2 y DNI. 16.596.343, Leando N. Alem 822, Cap.; 2 Nº 652 del 20-7-99, Reg. 677, Cap.;
3 99 años; 4 Tinogasta 4956, Cap.; 5 FEXXON
S.A.; 6 Procesamiento industrial de oleaginosas y clasificación de las mismas. Construcción civil e industrial. Exportación e importación. Explotación agrícola ganadera y de todas las actividades que directa o indirectamente tiendan a la consecución de su objeto; 7 $ 12.000; 8 Presidente o Vicepresidente, en su caso; 9 Prescinde de sindicatura; 10 30 de junio de cada año; 11 1 a 5
titulares, con mandato por 1 ejercicio; 12 Presidente: Miguel Angel Marrero; Director Titular: Raúl Darío Giandana.
Escribano - José Luis del Campo h.
Nº 19.846
FIBAZ
SOCIEDAD ANONIMA
1 Carlos Luis Ruiz Huidobro, argentino, soltero, 14-8-1947, comerciante, D.N.I. 8.787.212, C.U.I.T. 20-087878212-3, Congreso 4606, Cap.
Fed. y Adela Justina Bazan, argentina, soltera, 1712-1930, comerciante, D.N.I. 8.663.648, C.D.I. 2308663648-4, Congreso 4606, Cap. Fed. 2 27-799 - Escr. 50- Reg. 291 Cap. Fed. 3 FIBAZ S.A.
4 Congreso 4606, Cap. Fed. 5 La sociedad tiene por objeto efectuar por cuenta propia o asociada a terceros, o por cuenta de estos, las siguientes actividades: Industrialización y Comercialización de fibras textiles, telas, cueros, productos y subproductos de la indumentaria, calzado y marroquinería, accesorios para la moda; línea blanca y mantelería, tapices, alfombras, cortinas y productos elaborados o semielaborados relacionados con la decoración; de maquinarias y letreros relacionados con la industria textil y los servicios técnicos correspondientes. ConstructoraInmobiliaria: construcción remodelación, compra, venta, permuta, arrendamiento, loteo, urbanizaciones, refacciones, administración, explotación y alquileres de inmuebles. Representación, Mandatos y Servicios: Ejercicio de mandatos, representaciones, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración de bienes, capitales y empresas en general. Prestación de servicios técnicos, de organización y asesoramiento industrial, comercial, administrativo y financiero.
Importadora-Exportadora: de toda clase de productos incluidos en el Nomenclador Nacional Arancelario Aduanero. Para cumplir su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos. 6 90 años 7 $ 12.000
8 Directorio de 1 a 5, 2 años. Presidente Carlos Luis Ruiz Huidobro. Director Suplente Adela Justina Bazan. Se prescinde de la sindicatura. 9
Presidente.10 30-6 c/año.
Escribana - Renata I. H. de Lipschitz Nº 19.738
FRUMAR FRUTOS MARINOS
SOCIEDAD ANONIMA
Se comunica que por error en la publicación del 16/07/99 se ha transcripto Director Titular: Carlos Mariani, cuando de debió decir: Director Suplente: Carlos Mariani. Nº 18.348 Recibo.
Abogado - Guillermo José Cervio Nº 24.584
GATE COMPUTER
SOCIEDAD ANONIMA
Const. p./esc 29-06-99, Nº 118, Reg. 550.- Socios: Luis Alberto La Greca, argentino, 25-4-62, casado 1ras. nupcias con Roxana Alicia Capizzi, técnico en electrónica. DNI 14.866.972, C.U.I.T.
20-14866972-5, dom. Thames 864, piso tercero, dpto. A, de Cap. Fed., Antonino Miguel Rulli, argentino, 31-1-32, casado 1ras. nupcias Elmy Susana Zunino, reparador de instrumental de alta precisión, LE 4.816.063, C.U.I.T. 20-04816063-9, dom. Almirante Brown 3245, Témperley, Prov. Bs.
As. y Zenon Roberto Lugones, argentino, 11/5/45, divorciado 1ras. nupcias María Rosa Marino, farmacéutico, DNI 4.522.435, C.U.I.T. 20-045224350, dom. Don Bosco 3380, San Justo, Prov. Bs. As.
Plazo: 99 años. Objeto: La sociedad tiene por objeto la industrialización, fabricación, armado, compra venta y/o permuta, y/o distribución, importación, exportación, representación, comisión y consignación, por cuenta propia o de terceros, de máquinas de computación de todo tipo y de equipos, accesorios y cualquier otro tipo de máquinas y equipos para oficina. Capital: $ 12.000, en efectivo. Administración: Directorio integrado por 1 a 5

miembros p/2 ejercicios.- Representación: Presidente, y Vicepresidente en su caso.- Cierre del ejercicio: 31 mayo de c/año.- Prescinde de la sindicatura.- Autorizada: Dras. Graciela Mabel Chaparro, DNI 20.251.112 y/o Karina Mariel Timpanaro, DNI 21.644.795.
Abogada - Graciela M. Chaparro Nº 19.831
GIFT STATION
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución: Escritura Nº 70 del 19/07/99. Socios: Saúl Dzienciolski, 51 años, casado, argentino, ingeniero, Sucre 755 Piso 19 D, Cap. Fed., DNI 4.619.017 y Silvia Beatriz Alper, 49 años, casada, argentina, psicóloga, Sucre 755 Piso 19 D, Cap. Fed., DNI 6.199.327. Denominación: GIFT
STATION S.A.. Domicilio: Talcahuano 833 Piso 2º Of. F, Cap. Fed. Objeto: Industrial: mediante la fabricación de materiales, productos, equipos e instrumentos de medida y control, profesionales, científicos o domésticos, en especial la fabricación y armado de relojes, sus partes y accesorios y de productos textiles y de materiales para exposición y exhibición de todos los artículos que hacen a su objeto comercial. Comercial: Mediante la venta de los productos derivados de la actividad industrial antes enunciadas; la importación, exportación, compraventa de mercaderías, materias primas, equipos, máquinas, repuestos y partes, patentes de invención, marcas y diseños y modelos industriales y de licencias; relojes, fantasías, artículos de bijouterie, artículos enchapados, artículos de regalos y afines, librería y juguetería, bazar y electrodomésticos, y además el ejercicio de representaciones, comisiones y consignaciones. Plazo de duración: 99 años. Capital: $ 12.000.
Administración: 1 a 5 titulares por un año. Fiscalización: Prescinde de sindicatura. Representación:
Presidente o Vicepresidente, en su caso. Presidente: Saúl Dzienciolski, Vicepresidente: Ronen Dzienciolski, Director Suplente: Silvia Beatriz Alper.
Cierre de ejercicio: 31 de enero.
Abogada - M. María Amelia Etchelecu Nº 19.741
GLOBAL INVESTMENT COMPANY
SOCIEDAD ANONIMA
De conformidad con lo establecido en el art. 10, inc. b, de la ley 19.550, se hace saber por un día que por resolución de Asamblea General Extraordinaria de fecha 20 de Marzo de 1999, se resolvió aumentar el capital social de la suma de $ 10.747.305 a $ 10.867.305, emitiéndose las correspondientes acciones escriturales no endosables de V$N 1,00 y de un 1 voto por acción. En consecuencia, se resolvió reformar el artículo 4º del Estatuto Social, quedando el mismo redactado de la siguiente forma: Artículo 4º: A El capital social es de pesos diez millones ochocientos sesenta y siete mil trescientos cinco $ 10.867.305, representado por diez millones ochocientos sesenta y siete mil trescientos cinco 10.867.305 acciones ordinarias escriturales de $ 1,00 valor nominal cada una, que otorgan derecho a un voto por acción. B El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto mediante la emisión de acciones nominativas, no endosables, con derecho a un voto por acción cada una, emisión que la asamblea podrá delegar en el directorio en los términos del artículo 188 de la ley 19.550. C I.Transferencia entre accionistas y Afiliadas: La venta de las Acciones será libre entre los accionistas y sus Afiliadas. A los efectos de este artículo se entenderá por Afiliada de un accionista cualquier persona física dentro del segundo grado de consanguinidad y/o cualquier persona que directa e indirectamente controle a, o sea controlada por algún accionista de la Sociedad, o que esté bajo control común de accionistas de la Sociedad. A
los fines de esta definición, el concepto control significara la aptitud y/o facultad de dirigir el gerenciamiento y las políticas de dicha persona directa o indirectamente, ya sea por medio de la titularidad de acciones con derecho a voto, por contrato, o de otra forma. II.- Limitaciones a la transferencia de Acciones: Ningún accionista podrá vender ni transferir todo o parte de sus acciones a un tercero, sino de conformidad con el procedimiento establecido por este Artículo, a cuyo fin los términos transferencia o venta significarán toda venta, transferencia, cesión, donación, prenda canje, u otra disposición voluntaria o involuntaria, directa o indirecta, de las acciones.
III.- Derecho de preferencia: 1 El accionista que desee transferir sus acciones Accionista Cedente sólo podrá hacerlo contra el pago de su precio en dinero, sea al contado o a plazos, y deberá
Lunes 2 de agosto de 1999

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cursar una notificación escrita a los otros accionistas Accionistas No Cedentes y a la Sociedad respecto de su intención de transferir todas o parte de sus acciones las Acciones a ser Transferidas. En dicha notificación deberá especificar i la identidad del cesionario propuesto, ii la descripción de las Acciones a ser Transferidas, y iii el precio y otros términos el Precio y Términos Propuestos de la transferencia propuesta. 2 Los Accionistas No Cedentes tendrán el derecho de adquirir la totalidad de Acciones a ser Transferidas, mediando comunicación escrita al Accionista Cedente y a la Sociedad, cursada dentro de los veinte 20 días de la notificación de este último.
En caso que el Precio y Términos Propuestos contemplasen el pago del precio al contado, el Accionista No Cedente deberá abonarlo dentro de los veinte 20 días siguientes a la fecha en que hubiera efectuado la comunicación pertinente, notificando el ejercicio de la presente opción al Accionista Cedente y a la Sociedad. 3 En el supuesto que hubiere más de un Accionista No Cedente, cada Accionista No Cedente tendrá el derecho de adquirir las Acciones a ser Transferidas en proporción a su porcentaje de participación en el capital social de la Sociedad, excluido el porcentaje que le correspondiere al Accionista Cedente en la Sociedad, al Precio y Términos Propuestos. Si sólo hubiera un Accionista No Cedente en la Sociedad, o los otros Accionistas No Cedentes no hicieren ejercicio de la opción concedida en este Artículo, aquél tendrá el derecho de adquirir la totalidad de las Acciones a ser Transferidas. 4 En caso de que las Acciones a ser Transferidas no sean adquiridas por los Accionistas No Cedentes, entonces el Accionista Cedente quedará facultado para transferir las Acciones a ser Transferidas al Precio y Términos Propuestos al cesionario propuesto siempre que dicha transferencia se realice antes de los noventa 90 días posteriores al vencimiento del período de opción especificado. 5
Transcurrido el plazo de noventa 90 días previamente indicado en el punto 4 anterior sin que se hubiera perfeccionado la venta, si el Accionista Cedente deseara continuar adelante con la misma, deberá iniciar nuevamente el procedimiento establecido en esta Cláusula. 6. Con la recepción de la notificación prevista en el punto 1 precedente se considerará automáticamente concedido a los Accionistas No Cedentes, el derecho a ofrecer al cesionario propuesto, en forma conjunta y simultánea con las Acciones a ser Transferidas, una cantidad de sus acciones que representen, respecto de su tenencia accionaria, la misma proporción que representan las Acciones a ser Transferidas ofrecidas por el Accionista Cedente respecto de su tenencia accionaria. A los fines de este Artículo, el mismo mecanismo previsto precedentemente será aplicado, mutatis mutandis, salvo que: a si el cesionario propuesto no desea adquirir la totalidad de las acciones que los accionistas ofrecen en transferencia, la transferencia se hará en proporción a su respectiva tenencia accionaria; y b los acuerdos de transferencia se realizarán en forma simultánea. 7 El derecho de adquisición preferente de acciones también se aplicará en las condiciones previstas en este Artículo en todos los casos en los cuales un tercero pueda adquirir acciones o el derecho de suscribir acciones, por cualquier causa que ello fuere. En forma enunciativa, a continuación se estipulan algunos supuestos en los que será aplicable el derecho de preferencia indicado: a cesión del derecho de suscripción preferente de acciones en los aumentos de capital; b cesión del derecho a recibir acciones de la Sociedad como consecuencia de capitalizaciones de deudas; c derecho de receso a ejercer por alguna de los accionistas; d transferencia de acciones en los supuestos de quiebra, liquidación o muerte de alguna de los accionistas, en la medida en que se encuentre permitido por la ley aplicable; o e ejecución, remate o adquisición de acciones por parte de un acreedor prendario o embargante, en la medida en que se encuentre permitido por la ley aplicable. IV.- Ley de circulación de las acciones: 1 El acatamiento de lo dispuesto en este Artículo constituye la ley de circulación de las acciones. El incumplimiento de dicha ley de circulación hará nula la operación respecto de la cual se produjo el incumplimiento. Todo accionista que desee se tome razón de la transferencia de acciones, deberá acreditar ante la Sociedad el cumplimiento de dicha ley de circulación, y la Sociedad negará la toma de razón pedida en caso contrario.
Abogada - Vanina Veiga Nº 19.855
GRANJA CRUZ
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución: Escritura Nº 239 del 20/7/99. Accionistas: Claudio Daniel Romero, 35 años, argen-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/08/1999 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha02/08/1999

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9352

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/06/2024

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