Boletín Oficial de la República Argentina del 28/04/2024 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.409 - Primera Sección

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Viernes 26 de abril de 2024

CONTRATOS
Decreto 362/2024
DECTO-2024-362-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2024
VISTO el Expediente NEX-2024-27801614-APN-DGDAMEC y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF citado en el Visto la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO
CAF se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del Programa de apoyo a la prestación AlimentAR, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
CUATROCIENTOS MILLONES USD 400.000.000.
Que el objetivo general del Programa es apoyar la ejecución de la Prestación AlimentAR para contribuir a la seguridad alimentaria de familias en situación de vulnerabilidad social en la Argentina.
Que el referido Programa se desarrollará a través de DOS 2 componentes: i Apoyo presupuestario a la Prestación AlimentAR y ii Otros gastos.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del Préstamo serán llevadas a cabo por el MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO a través de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, que será el área sustantiva con responsabilidad primaria en la materia, y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL
Y ADMINISTRATIVA, que será la responsable de la administración financiera, contable y presupuestaria del Programa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo CAF y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de apoyo a la prestación AlimentAR, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo CAF propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 53 de la Ley N11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo CAF a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA
y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
CUATROCIENTOS MILLONES USD 400.000.000 destinado a financiar el Programa de apoyo a la prestación AlimentAR, que consta de las Condiciones Particulares integradas por VEINTICUATRO 24 Cláusulas, de las Condiciones Generales integradas por CUARENTA Y TRES 43 Cláusulas, de UN 1 Anexo Técnico y de UN
1 Anexo Formularios para Operaciones de Manejo de Deuda, que como ANEXO IF-2024-31841109-APNSSRFIDMEC forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o funcionarios que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo CAF y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1 del presente decreto.
ARTÍCULO 3.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo CAF cuyo modelo se aprueba por el artículo 1 de la presente medida, siempre que no constituyan

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/04/2024 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/04/2024

Nro. de páginas86

Nro. de ediciones9371

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/06/2024

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