Boletín Oficial de la República Argentina del 08/12/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.316 - Primera Sección
97

Viernes 8 de diciembre de 2023

Que razones operativas justifican prorrogar las referidas designaciones transitorias, por un nuevo plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 1 del Decreto N328 de fecha 31 de marzo de 2020.
Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución NRESOL-2021-53-APN-SGYEPJGM de fecha 27 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que las prórrogas de designaciones transitorias quedan exceptuadas de las restricciones establecidas en el Artículo 1 del Decreto N426 de fecha 21 de julio de 2022, conforme lo dispuesto en el inciso d del Artículo 2
del citado decreto.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Agricultura, Ganadería y Pesca de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el Artículo 3 del citado Decreto N1.035/18, en el Artículo 1 del referido Decreto N328/20 y en la mencionada Resolución NRESOL-2023-1658APN-MEC.
Por ello, ELSECRETARIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Tiénese por convalidado lo actuado por los agentes mencionados en el Anexo IF-2023-144243465APN-DRRHHAGYPMEC que forma parte integrante de la presente medida, en sus respectivos cargos, desde la fecha que allí se consigna y hasta la fecha de suscripción de la presente medida.
ARTÍCULO 2.-Prorrógase, a partir de la suscripción de la presente medida y por el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles, la designación transitoria de los agentes mencionados en el citado Anexo, pertenecientes a la SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS y a la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA, ambas de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3.- Las prórrogas de los agentes Carlos Diego VILLA M.I. N16.495.547, Agustín LARRALDE M.I.
N32.630.470, José Alberto SECCHI M.I. N13.683.160, Lidia Elizabeth AGUIRRE M.I. N17.997.634, Guillermo Enrique ABDALA BERTICHE M.I. N28.970.579, Juan José BUONO M.I. N8.708.745, Juan Franco ALBANESI
M.I. N 27.831.922, Julián Osvaldo SUÁREZ M.I. N 34.905.795, Bárbara Loreley Cecilia CASTELLANI M.I.
N 30.266.931, Gabriela Susana NAVARRO M.I. N 21.644.656, Paula Susana FRIZZERA M.I. N 18.195.734
y María Eugenia RODRÍGUEZ M.I. N20.213.687 deben efectuarse con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto Nº2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4.- Exceptúanse a los agentes Conrado Guido GARZOLI M.I. N4.378.921, Juan José BUONO M.I.
N8.708.745 y Arturo José CORNEJO M.I. N11.477.891 de lo dispuesto por el Artículo 5, inciso f del Anexo de la Ley N25.164, el cual establece como impedimento para el ingreso a la Administración Pública Nacional la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación o que se gozare de un beneficio previsional.
ARTÍCULO 5.- Las prórrogas dispuestas en esta medida se efectúan en los mismos términos en los que fueran realizadas las respectivas designaciones transitorias y/o prórrogas de designación transitoria.
ARTÍCULO 6.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del Servicio Administrativo Financiero 363 SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA
ARTÍCULO 7.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, conforme lo dispuesto en el Artículo 2 del Decreto N328 de fecha 31 de marzo de 2020.
ARTÍCULO 8.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Jose Bahillo NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 08/12/2023 N101064/23 v. 08/12/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/12/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha08/12/2023

Nro. de páginas289

Nro. de ediciones9369

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/06/2024

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