Boletín Oficial de la República Argentina del 11/09/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.252 - Primera Sección
Lunes 11 de septiembre de 2023

Que, del mismo modo, a fin de mejorar el impacto de la herramienta financiera tanto en la estructura de costos como en el producto al consumidor, resulta necesario aumentar la oferta de la harina con compensación en el mercado y, asimismo, actualizar sus valores para que sean consecuentes con la evolución del resto de los componentes del costo de los productos derivados de la harina de trigo.
Que, se sugiere una actualización de los valores de referencia del CINCO POR CIENTO 5 % para el mes de septiembre, guarismo alineado con el sendero de precios de los acuerdos que lleva adelante esta Secretaría, entre los cuales se incluye el celebrado para el precio del pan en panaderías de todo el país.
Que esta actualización de los valores del FETA implica una variación acumulada del precio de la bolsa de harina 000 del SESENTA Y TRES POR CIENTO 63% para los primeros NUEVE 9 meses de 2023 en comparación con los establecidos el 6 de diciembre de 2022 mediante el Anexo I de la Resolución N130/22 de esta Secretaría y del OCHENTA Y TRES COMA UNO POR CIENTO 83,1% con respecto a los valores vigentes para septiembre de 2022 a través del Anexo III de la Resolución N10/22 de la esta Secretaría.
Que se destaca que esta actualización de precios se encuentra aún por debajo de los que refleja el INDEC para el precio del pan francés en GBA como del IPC General datos de julio de 2023 arrojan variaciones interanuales de CIENTO TREINTA COMA NUEVE POR CIENTO 130,9% y CIENTO TRECE COMA CUATRO POR CIENTO 113,4%, respectivamente.
Que, en consecuencia, deviene preciso actualizar los valores de referencia del trigo establecidos en el Anexo III
de la Resolución N355/22 de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y sus modificatorias, como también para sus productos derivados.
Que ha tomado la intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4 del Decreto N132
de fecha 19 de marzo de 2022 y el artículo 1 de la Resolución N 215 de fecha 21 de marzo de 2022 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Por ello, ELSECRETARIO DECOMERCIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Sustitúyase el Anexo III de la Resolución N 355 de fecha 7 de abril de 2022 de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO por el Anexo que, como IF-2023-104745997-APN-SSPMINMEC, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matias Raúl Tombolini NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 11/09/2023 N71873/23 v. 11/09/2023

MINISTERIO DEECONOMÍA

SECRETARÍA DEENERGÍA
Resolución 751/2023
RESOL-2023-751-APN-SEMEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-91245087-APN-SEMEC y los Expedientes Nros. EX-2023-69910823-APNSEMEC, EX-2023-91050113-APN-DGDAMEC y EX-2023-92411301-APN-SEMEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE
ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota de fecha 7 de agosto de 2023 IF-2023-91251588-APN-SEMEC, la empresa GENERACIÓN ELÉCTRICA ARGENTINA RENOVABLE I S.A. informó que el Parque Eólico San Luis Norte de DOSCIENTOS UNO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/09/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/09/2023

Nro. de páginas109

Nro. de ediciones9373

Primera edición02/01/1989

Ultima edición21/06/2024

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