Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2023 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

86

Boletín Oficial Nº 35.176 - Primera Sección
Martes 23 de mayo de 2023

de Primera Instancia de Paso de los Libres Ctes, dentro de los quince 15 días de notificada la presente, cuando el monto controvertido sea una suma mayor a pesos dos mil C/00/100 $2.000 art. 1024 del Código Aduanero;
cuando el monto controvertido sea mayor a pesos veinticinco mil C/00/100 $ 25.000 se podrá interponer en forma optativa y excluyente, dentro de los quince 15 días de notificada la presente, demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Paso de los Libres o Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación art. 1025 del Código Aduanero, de igual manera cuando el monto controvertido sea igual o menor a pesos dos mil C/00/100
$2.000 se podrá interponer la acción prevista en el art. 25 inc. a de la ley 19.549, dentro del plazo de noventa 90 días de notificada la presente. Fdo. Abog. Diego Rubén Bonifato Jefe Sección Sumarios a/c de la Aduana de Santo Tomé.SC84 NRO.

CAUSANTE

CUIT / DNI / CI

90-2018/8
76-2019/9
91-2019/4
137-2019/2
222-2020/0
227-2020/1
09-2021/5
36-2021/K
101-2021/0
130-2021/2
130-2021/2
150-2021/9
178-2021/6
199-2021/0
219-2021/8
229-2021/1
247-2021/1
278-2021/4
293-2021/K
293-2021/K
293-2021/K
310-2021/2
384-2021/8
003-2022/9
122-2022/9

Gomes De Oliveira, Rodrigo Garay, Miguel Angel Isaurralde, Silvina Ester Villasboa Baez, Silvia Raquel Sarrecchia, Miguel Salvador Prestes, Elida Beatriz Lezcano, Maria Del Carmen Andrujoviech, Juan Matias Flores, Cristian Hernan Marquez Da Silva Cesar Caltran Preira Renata Serigne Toure Perez Condori, Victor Vidal Miño, Federico Manuel Villalba, Juan Ezequiel Vazquez Barreiro, Carmen Aide Suarez, Claudio Andres Ortiz, Fabian Daniel Martinez Vazquez, Jorge Augusto Escobar Vera, Eliodoro Areco Flores, Cristian Justen, Guillermo Matias Arrua Adorno, Carlos Daniel Espinoza, Rocio Celeste Araujo, Nicolasa Andrea
5427718CIBR
13.004.046
37.582.266
4.778.397CIPAR
21.367.338
34.268.953
13.197.846
29.895.861
26.884.113
95611060CIBR
99950234CIBR
A02017194PAS
94.123.800
33.470.856
39.346.511
95.668.807
43.345.217
42.715.558
1.443.021CIPAR
4.023.864CIPAR
4.838.064CIPAR
35.014.666
94.960.647
36.059.126
94.728.022

INF. ART.
Ley 22.415
970
986
986
986/987
986/987
986
987
987
987
986
986
987
987
985
986
987
985
986
986
986
986
985
987
987
987

MULTA

Fallo AD SATO

$812.813,86
$279.708,61
$68.985,06
$288.407,12
$680.898,89
$1.205.329,40
$99.207,79
$70.772,73
$1.446.460,26
$1.136.352,78
$1.136.352,78
$107.746,16
$207.187,52
$42.482,02
$10.430.067,40
$103.925,90
$19.840,71
$237.043,54
$2.791,064,86
$2.791,064,86
$2.791,064,86
$299.409,60
$818.343,64
$948.331,22
$796.081,84

15/2023
342/2022
328/2022
343/2022
273/2022
245/2022
351/2021
377/2021
242/2022
06/2023
06/2023
129/2022
130/2022
106/2022
278/2022
226/2022
109/2022
13/2023
346/2022
346/2022
346/2022
348/2022
014/2023
011/2023
029/2023

E/E Diego Ruben Bonifato, Jefe de Sección.
e. 23/05/2023 N37459/23 v. 23/05/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA SANTO TOMÉ
EDICTO DE NOTIFICACION ART. 1013 INC.I COD. ADUANERO
Se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los diez 10 días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos que más abajo se mencionan a presentar su defensa y ofrecer prueba por presunta infracción imputada prevista y penada por el Código Aduanero LEY 22415, bajo apercibimiento de rebeldía art.1105 del C.A.. Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la aduana Art.1001 C.A., situada en el CENTRO UNIFICADO DE FRONTERA de la Ciudad de Santo Tome, Pcia. De Ctes., ubicado en RUTA 121 KM 5,5; debiendo tener presente lo prescrito por el Art.1034 del C.A.; bajo apercibimiento del Art. 1004 del citado texto legal. Asimismo se hace saber que la presente es independiente de la resolución que pudiere recaer en sede judicial en trámite. De igual manera, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería, se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 977/978 del Código Aduanero a fin de que en el perentorio plazo de diez 10 días, previo depósito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería, caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y, respecto de aquellos a quienes se les imputa las infracciones previstas en los arts. 985/986/987 y 947 del Código Aduanero de no obrar oposición fundada por parte de los mismos dentro del plazo para contestar la vista conferida, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/05/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha23/05/2023

Nro. de páginas97

Nro. de ediciones9327

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/05/2024

Descargar esta edición