Boletín Oficial de la República Argentina del 16/11/2022 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.048 - Primera Sección

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Miércoles 16 de noviembre de 2022

MINISTERIO DEOBRAS PÚBLICAS
Resolución 393/2022
RESOL-2022-393-APN-MOP

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2022
Visto el Expediente NEX-2022-113998562- -APN-DDRRHHMOP, la Ley de Ministerios Nº22.520 texto ordenado por Decreto Nº438/92 y sus modificatorias, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, la Ley N27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 vigente conforme el Artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto Nº882 del 23 de diciembre de 2021, los Decretos Nros.
1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021, 103 del 2 de marzo de 2022 y 426 del 21 de julio de 2022, la Decisión Administrativa N4 del 5 de enero de 2022, las Resoluciones Nros. 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA
DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, 131 del 13 de mayo de 2022
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS,y CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto Nº 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio Nº 103 del 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo suscripta el día 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera Co.P.I.C..
Que, elaborada la propuesta, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera Co.P.I.C., se ha expedido favorablemente mediante el Acta N172 del 11 de febrero de 2022 IF-2022-16064393-APN-COPIC.
Que a través del artículo 1 de la Resolución Nº53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen Transitorio y Excepcional para la readecuación voluntaria de grados para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/2008, que reviste en la planta permanente, el que será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023, para las y los agentes que hayan sido seleccionados en un cargo del citado Convenio desde el 1 de diciembre de 2008 y que voluntariamente soliciten la readecuación de los grados que le fueran asignados como parte del proceso de selección, en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del citado Convenio Sectorial del 26 de noviembre de 2021.
Que a través del artículo 2 de la Resolución Nº53/22 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.
Que, en dicho marco, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS promueve el desarrollo de carrera de sus agentes de planta permanente bajo los lineamientos de la Ley Nº 25.164, fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la carrera administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión, formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo público, que sin duda redundan en la mejor gestión de esta jurisdicción.
Que mediante el artículo 128 del Anexo al Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, modificado por el Decreto Nº 103 del 2 de marzo de 2022, se estableció que Al trabajador que durante al menos TRES 3 ejercicios presupuestarios previos a su inscripción en un proceso de selección se desempeñara como personal no permanente - ya sea como personal incorporado a Plantas Transitorias con designación a término, personal con designaciones transitorias vigentes, o personal contratado bajo el régimen del Artículo 9 del Anexo a la Ley N25.164 y sus normas reglamentarias -, se le asignará el grado escalafonario según los supuestos que se detallan a continuación: 1. Si se encontraba prestando servicios equivalentes equiparados al mismo nivel o inmediato inferior, como superiores equiparados a un nivel inmediato superior al del cargo concursado: UN 1 grado escalafonario por cada TREINTA
y SEIS 36 meses de experiencia laboral en tareas análogas o equivalentes, con más la aplicación de lo resultante en el inciso c del artículo 31 del presente si el órgano selector lo propone, de verificarse el supuesto respectivo.
2. Si se encontraba prestando servicios equivalentes equiparado a dos niveles inferiores al del cargo concursado:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/11/2022 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha16/11/2022

Nro. de páginas170

Nro. de ediciones9359

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/06/2024

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