Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2022 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.034 - Primera Sección
28

Jueves 27 de octubre de 2022

Aires, 1967 . Ha de tenerse en cuenta que, así entendido, el concepto del domicilio es siempre legal y relativo.
Lo primero, porque para el Derecho no siempre el domicilio guardará una estrecha coincidencia con la acepción gramatical del vocablo, sino con la descripción normativa de una calidad que la ley atribuye a las personas conf.
BUSSO, Eduardo en Código Civil anotado, t. 1, p. 526, núms. 5 y 7, Buenos Aires, 1944 ; id. LLAMBÍAS, Jorge Joaquín, Tratado de Derecho Civil. Parte General, t. 1, p. 592, núm. 765. Buenos Aires, 1961 .
Que, lamentablemente, este Organismo de registro y control, bajo la falsa premisa de una supuesta modernización del Derecho Societario - apoyada por ciertos interesados sectores de la doctrina nacional optó en su día, con el dictado de la Resolución General IGJ Nº6/2017, por registrar a toda sociedad por acciones simplificada de forma totalmente automatizada y sin intervención o control de persona humana alguna, desentendiéndose totalmente de su función de control de legalidad, y, más aún, estándole obstado disponer de la administración y verificación del sistema montado en la plataforma virtual GDE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA lo cual, en la práctica, condujo al resultado cierto de no lograr advertir o rechazar - aun en los casos más notorios y evidentes - la constitución de sociedades con domicilios falsos o inexistentes por ejemplo, Talcahuano 551, Lavalle 1789, etc., C.A.B.A. .
Que, los resultados de dicha errada política registral en la cual el Registro funcionó como un mero buzón sin fijar ni el más mínimo recaudo para verificar la existencia del domicilio indicado o la dirección denunciada de sede social , a pocos años de su implementación, resultan tan evidentes como alarmantes. En un porcentaje cercano al 99% de los supuestos en donde esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, en uso de sus competencias conferidas por la Ley N22.315, concurrió - en el marco de una actuación sumarial iniciada ante una denuncia realizada, o de bien de oficio - a verificar la sede social de una sociedad por acciones simplificada con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, el resultado casi siempre fue idéntico: la imposibilidad de ubicar a la sociedad y sus administradores. Los resultados, en la abrumadora mayoría de los casos, fueron prácticamente idénticos: 1
La inexistencia de la sede social por no existir la calle, numeración, piso o departamento fijado como sede; 2 El desconocimiento de la existencia de la sociedad por parte de los ocupantes o propietarios del inmueble; 3 Que no atienda nadie el portero eléctrico o timbre del inmueble, ni respondan las notificaciones efectuadas en dicha sede social inscripta.
Que, al mero efecto ejemplificativo y sin pretenderse ser exhaustivo, se pueden citar las siguientes Resoluciones Particulares, sin que ellas constituyan la totalidad de las actuaciones en donde este Organismo de control estatal haya procedido a la verificación - rectius corroboración de inexistencia o falsedad de la sede social de una sociedad por acciones simplificada: Resolución Particular IGJ N 368/2020 - GRUPO DVU SAS; Resolución Particular IGJ N367/2020 - INVERSORA GMT SAS; Resolución Particular IGJ N333/2020 - VEGEEKS SAS SOL ACEROS SAS - FAB SEMILLAS AGRICOLAS SAS y BUSTER SERVICIOS SAS; Resolución Particular IGJ
N312/2020 - TRANSPORTE FULL TIME SAS y SELECCION AZUL SAS; Resolución Particular IGJ N293/2020
GRUPO DVU SAS; Resolución Particular IGJ N284/2020 - SAR INVERSIONES Y DESARROLLOS SAS; Resolución Particular IGJ N194/2020 - Prisma Logística SAS - Agro Inn SAS - Taino Construcciones SAS - Agro Servicio SAS - Neo Consultores SAS - Full Car Doctor SAS - Construpool SAS - All Agro SAS - Mediterráneo Distribuidora SAS - Novo Construcciones SAS - Trams PM SAS - Flete Total SAS - Pixel Electrónica SAS - A-Vera Construcciones SAS - Four Point SAS - Agro En SAS - Two Bridges SAS - Blue Magic SAS - Corralón Mil Uno SAS - Taller F1 SAS - Intertrac One SAS - Motion One SAS - Neo Construcciones SAS - Steel Framing SAS - The Book SAS - Integral Now SAS - ConstruLook SAS - Zero Cool Informática SAS - Despertar del Norte SAS - Edificar Construcciones SAS - Crespo Repuestos SAS - Consultora Nueva Era SAS - Agropecuaria Despertar del Norte SAS - Agro Molino SAS - Environ Distribuciones SAS - Negocios al Por Mayor SAS; Resolución Particular IGJ N176/2020 ROCCIA SAS; Resolución Particular IGJ N175/2020 ANDAN BAIRES SAS; Resolución Particular IGJ N174/2020 - GADIF SAS; Resolución Particular IGJ N173/2020 - PROYECTOS TMM SAS; Resolución Particular IGJ N172/2020
ARTE INMOBILIARIO SAS; Resolución Particular IGJ N171/2020 AXIA BAIRES SAS; Resolución Particular IGJ
N170/2020 SAR INVERSIONES Y DESARROLLOS SAS; Resolución Particular IGJ N221/2020 - LA TOIA 1 SAS; Resolución Particular IGJ N908/2021 CONSTRUCTORA B.D. SAS; Resolución Particular IGJ N907/2021
PANDA WORLD SAS; Resolución Particular IGJ N 870/2021 DESPERTAR DEL NORTE SAS; Resolución Particular IGJ N828/2021 NEGOCIOS AL POR MAYOR SAS; Resolución Particular IGJ N827/2021 ENVIRON
DISTRIBUCIONES SAS, Resolución Particular IGJ N826/2021 ZERO COOL INFORMATICA SAS; Resolución Particular IGJ N825/2021 STEEL FRAMING SAS; Resolución Particular IGJ N824/2021 BLUE MAGIC SAS;
Resolución Particular IGJ N823/2021 TWO BRIDGES SAS; Resolución Particular IGJ N810/2021 GRUPO
CAR ONE SAS; Resolución Particular IGJ N751/2021 DESPERTAR DEL NORTE SAS; Resolución Particular IGJ
N750/2021 CORRALON MIL UNO SAS; Resolución Particular IGJ N749/2021 TALLER F1 SAS; Resolución Particular IGJ N748/2021 AGRO MOLINO SAS; Resolución Particular IGJ N736/2021 CONSULTORA NUEVA
ERA SAS; Resolución Particular IGJ N735/2021 NEO CONSULTORES SAS; Resolución Particular IGJ N734/2021
NOVO CONSTRUCCIONES SAS; Resolución Particular IGJ N 717/2021 FM INTERNATIONAL BUSINESS SAS; Resolución Particular IGJ N716/2021 ARTE INMOBILIARIO SAS; Resolución Particular IGJ N714/2021
GRUPO CAR ONE SAS; Resolución Particular IGJ N615/2021 PAMP ALIMENTOS SAS; Resolución Particular IGJ N546/2021 TRAMS PM SAS; Resolución Particular IGJ N545/2021 VEGEEKS SAS; Resolución Particular

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/10/2022 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/10/2022

Nro. de páginas87

Nro. de ediciones9373

Primera edición02/01/1989

Ultima edición21/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones