Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2021 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.700 - Primera Sección
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Martes 13 de julio de 2021

Decretos

BIOCOMBUSTIBLES
Decreto 456/2021
DCTO-2021-456-APN-PTE - Extiéndese lavigencia delRégimen dePromoción paralaProducción yUso Sustentables deBiocombustibles.

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2021
VISTO el Expediente NºEX-2021-61148248-APN-SEMEC, las Leyes Nros. 26.093 y 26.334, el Decreto N322 del 8 de mayo de 2021,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº26.093, promulgada el 12 de mayo de 2006, se estableció el Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles, que tiene como objetivo promover la producción y el uso de biocombustibles en el territorio nacional.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la citada ley, el mencionado régimen tenía una vigencia de QUINCE 15 años a partir de su aprobación, por lo que su vencimiento operó el 12 de mayo de 2021.
Que, asimismo, en el citado artículo se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a extender el plazo allí definido.
Que por la Ley Nº26.334 se aprobó el Régimen de Promoción de la Producción de Bioetanol con el objeto de satisfacer las necesidades de abastecimiento del país y generar excedentes para exportación.
Que de acuerdo con el artículo 3 de la citada ley, los proyectos de bioetanol aprobados en el marco de la Ley Nº26.093 y su reglamentación se encuentran sometidos a todos los términos y condiciones de la referida ley, incluyendo su régimen sancionatorio.
Que cuenta con estado parlamentario un proyecto de ley por el que se propicia aprobar el Marco Regulatorio de Biocombustibles en el que se definirá el nuevo rumbo estratégico del sector, en consonancia con las necesidades energéticas del país.
Que con el fin de asegurar un adecuado análisis y debate parlamentario del citado proyecto, sin afectar las distintas etapas que integran la cadena de valor del régimen en cuestión, se dispuso a través del Decreto N322
del 8 de mayo de 2021 extender la vigencia del Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles establecido por la Ley Nº26.093, hasta el 12 de julio de 2021 o hasta que entre en vigencia un nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles, lo que ocurra primero.
Que con el fin de permitir la continuidad temporaria del régimen hasta ahora vigente, resulta necesario extender el plazo originalmente previsto hasta el 27 de agosto de 2021 o hasta que entre en vigencia un nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles, lo que ocurra primero.
Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN respecto de los decretos dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la citada Ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los decretos de delegación legislativa.
Que el artículo 22 de la Ley Nº26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la Carta Magna.
Que los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 76 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y por el artículo 1º de la Ley Nº26.093.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/07/2021

Nro. de páginas65

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

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