Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2021 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.693 - Primera Sección
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Sábado 3 de julio de 2021

Que el presente decreto tiene como uno de sus objetivos la adecuación de la normativa vigente con el fin de posibilitar la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 y el acceso a las mismas por parte de la población, en especial, para los niños, las niñas y adolescentes.
Que, para ello, se disponen diversos agregados y modificaciones a la Ley vigente N27.573 LEY DE VACUNAS
DESTINADAS A GENERAR INMUNIDAD ADQUIRIDA CONTRA EL COVID-19, con el fin de facilitar, prioritariamente, el acceso a vacunas que presentan compatibilidad y validación para su uso pediátrico, y la concreción de contratos con diversos proveedores.
Que la Ley N 27.573 declaró de interés público la investigación, el desarrollo, la fabricación y la adquisición de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria establecida por la Ley N 27.541 y ampliada por el Decreto N 260/20, su modificatorio y normativa complementaria, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD OMS
con relación a la mencionada enfermedad. El objetivo de dicha ley fue brindar a la población el acceso a vacunas seguras y eficaces contra la COVID-19 frente a una situación inédita e imprevisible en el mundo.
Que, en este sentido, se pretende potenciar las herramientas con las que cuenta el Estado Nacional para la adquisición de las mismas y, en especial, para posibilitar el acceso a todas aquellas vacunas aprobadas por las autoridades competentes para su uso pediátrico.
Que, en el marco de la Ley N27.573, atendiendo a la evolución del mercado internacional de las vacunas para generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, y con el trabajo realizado por el Gobierno Nacional que ha priorizado la vacunación como principal política sanitaria frente a la pandemia, nuestro país ha suscripto diversos contratos con distintos proveedores, a través también del Mecanismo COVAX, y ha recibido hasta la fecha 25.706.850 de dosis, distribuidas entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que el plan de vacunación implementado ha permitido que, hasta el día 30 de junio de 2021, se vacunara con UNA 1 dosis, a más de 16.700.000 personas y más de 4.000.000 con la segunda dosis. Para la misma fecha se han distribuido en el país 24.944.091 de dosis de vacunas y el país ha recibido 25.706.850 de dosis de distintos laboratorios.
De esta manera, el Plan de Vacunación nacional continúa su avance a ritmo acelerado en todo el país. Al día de hoy, todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran en el proceso de vacunación de personas de entre DIECIOCHO 18 y SESENTA 60 años sin comorbilidades.
A modo ilustrativo, diferentes provincias se encuentran vacunando a mayores de CINCUENTA 50 años como es el caso de CATAMARCA, CÓRDOBA, SANTA FE, MISIONES y LA RIOJA. Por otro lado, la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y las Provincias de BUENOS AIRES, ENTRE RÍOS, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, NEUQUÉN, RÍO NEGRO, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA CRUZ, SANTIAGO DEL ESTERO Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA
E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR se encuentran vacunando a mayores de CUARENTA 40 años. Mientras que las Provincias de CHACO, CORRIENTES, MENDOZA y TUCUMÁN a mayores de TREINTA Y CINCO 35 años. En el caso de CHUBUT y SALTA comenzó la vacunación a jóvenes y adultos de entre DIECIOCHO 18 y CINCUENTA Y
NUEVE 59 años.
Que, a la fecha, UNA 1 de cada DOS 2 personas mayores de VEINTE 20 años ya recibió la primera dosis de vacuna contra la COVID-19 y casi el CUARENTA POR CIENTO 40 % de los mayores de OCHENTA 80 años alcanzó cobertura completa con segunda dosis.
Que el proceso de vacunación avanza a ritmo muy satisfactorio en los distintos grupos de población con el arribo continuo de vacunas, que en el último mes sumó casi OCHO 8 millones de dosis, de las cuales ya se aplicaron 6.433.626 en todo el país. Casi DOS 2 millones de esas dosis fueron aplicadas solo durante la semana previa al dictado de este decreto, lo que pone de manifiesto la capacidad operativa de las jurisdicciones para vacunar.
El informe de evolución de la vacunación también indica que el OCHENTA Y UNO COMA CUATRO POR CIENTO
81,4 % de las personas de entre CINCUENTA Y CINCO 55 y CINCUENTA Y NUEVE 59 años inició su esquema de vacunación, como así también el SETENTA Y SEIS POR CIENTO 76 % de quienes tienen entre CINCUENTA
50 y CINCUENTA Y CUATRO 54 años, y el SESENTA Y DOS COMA CINCO POR CIENTO 62,5 % de las personas de entre CUARENTA Y CINCO 45 y CUARENTA Y NUEVE 49 años.
Que, asimismo, se dispone la creación del Fondo de Reparación COVID-19, destinado a aquellas personas que eventualmente padezcan un daño en la salud física, como consecuencia directa de la aplicación de la Vacuna COVID-19.
Que dicho fondo de reparación es un instrumento que se utiliza en diversos países y también fue establecido en el marco del Mecanismo COVAX y constituye una forma eficaz para compensar a las personas que pudieren sufrir, eventualmente, algún tipo de daño a raíz de la administración de una vacuna contra la COVID-19.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/07/2021

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones9352

Primera edición02/01/1989

Ultima edición31/05/2024

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