Boletín Oficial de la República Argentina del 22/04/2021 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.637 - Primera Sección
81

Jueves 22 de abril de 2021

Que a través del referido acuerdo las partes pactan una suma remunerativa por única vez, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello, ELSECRETARIO DETRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Declárase homologado el acuerdo de fecha 30 de septiembre de 2020, celebrado entre el CENTRO
DE PROFESIONALES DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES C.E.P.E.T.E.L , por la parte sindical y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA , por la parte empleadora, obrante en las páginas 1/2 del RE-2020-75638066-APN-DGDMT del EX-2020-75638290- -APN-DGDMT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro del acuerdo obrante en las páginas 1/2 del RE-2020-75638066-APN-DGDMT
del EX-2020-75638290- -APN-DGDMT.
ARTÍCULO 3.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o.2004.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 22/04/2021 N24661/21 v. 22/04/2021

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 26/2021
RESOL-2021-26-APN-STMT
Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2021
VISTO el EX-2020-76783845- -APN-DGDMT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley N23.546 t.o. 2004,y CONSIDERANDO:
Que en el IF-2020-76783913-APN-DGDMT del EX-2020-76783845- -APN-DGDMT, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DEL CAUCHO ANEXOS Y AFINES, por la parte sindical, y la FEDERACIÓN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/04/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha22/04/2021

Nro. de páginas91

Nro. de ediciones9359

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones