Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2021 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.569 - Primera Sección
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Lunes 25 de enero de 2021

Decisiones Administrativas

INVENTARIO NACIONAL DEBIENES INFORMÁTICOS
YSERVICIOS TECNOLÓGICOS
Decisión Administrativa 5/2021
DECAD-2021-5-APN-JGM - Creación.

Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2021
VISTO el Expediente NEX-2020-75441280-APN-ONTIJGM, la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias, la Ley N24.156 y sus modificatorias, el Decreto N50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N1865 del 14 de octubre de 2020 y su modificatoria,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias se estableció como atribución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre otras, la de Entender en el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público, a la innovación de gestión, a la modernización de la Administración Pública Nacional, al régimen de compras y contrataciones, a las tecnologías de la información, las telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios postales.
Que mediante el Decreto N50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciéndose dentro de los objetivos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el de Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación administrativa y tecnológica del ESTADO NACIONAL en sus distintas áreas, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
Que por el decreto citado, asimismo, se creó la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
LAS COMUNICACIONES, dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, la que tiene dentro de sus objetivos, el de Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
ONTI, promoviendo la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del Estado.
Que por la Decisión Administrativa N1865/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y se determinó que la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS
DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA tiene como responsabilidad primaria Dirigir la formulación de políticas e implementación del proceso de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación e innovación del ESTADO NACIONAL, así como también promover la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad.
Que, en función de la referida responsabilidad primaria, entre otras acciones, la OFICINA NACIONAL DE
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN es el órgano encargado de Mantener actualizado el inventario e historiales de los bienes informáticos del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.
Que con el objetivo de contar con información certera y actualizada que permita la elaboración y ampliación de políticas públicas orientadas a la búsqueda de soluciones tecnológicas para las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8 de la Ley N 24.156 y sus modificatorias, es menester la realización de un pormenorizado inventario de los bienes informáticos y servicios tecnológicos que, en la actualidad, estén bajo su dominio.
Que se procura, a través de ello, establecer una estrategia de optimización respecto de las contrataciones de bienes y servicios tecnológicos realizadas por todas las entidades y jurisdicciones del Sector Público Nacional, propender hacia una estandarización tecnológica y evaluar el dictado de normas para el control técnico y de administración de los bienes informáticos.
Que atento lo expuesto, resulta necesaria la reglamentación del funcionamiento del inventario de los bienes informáticos y servicios tecnológicos que estén bajo el dominio, ya sea público o privado, de las entidades y jurisdicciones ya citadas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/01/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha25/01/2021

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones9375

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/06/2024

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