Boletín Oficial de la República Argentina del 29/06/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.415 - Primera Sección
Lunes 29 de junio de 2020

ARTÍCULO 5º.- La presente medida podrá ser recurrida conforme lo establecido por los artículos 84 y 89 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº1.759/72. T.O. 2017, dentro de los DIEZ 10 y QUINCE
15 días hábiles, respectivamente, de su notificación.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. Ginés Mario González García e. 29/06/2020 N25657/20 v. 29/06/2020

MINISTERIO DESALUD
Resolución 1115/2020
RESOL-2020-1115-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-40499614-APN-GGESSS, las Leyes Nº 23.660, Nº 23.661 y Nº 26.682, las Resoluciones Nº201 de fecha 9 de abril de 2002, sus modificatorias y complementarias, y Nº623 de fecha 27 de marzo de 2018, ambas del MINISTERIO DE SALUD, y Nº1452 de fecha 9 de agosto de 2019 de la SECRETARÍA
DE GOBIERNO DE SALUD, las Disposiciones Nº 4622 de fecha 7 de agosto de 2012, Nº 2062 de fecha 1º de marzo de 2019 y Nº4529 de fecha 23 de junio de 2020 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA ANMAT,y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº201/02 del MINISTERIO DE SALUD, sus modificatorias y complementarias, se estableció el catálogo mínimo de prestaciones básicas esenciales que deben brindar los Agentes del Seguro de Salud y Entidades de Medicina Prepaga, conocido como Programa Médico Obligatorio PMO.
Que por la Resolución Nº1452/19 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, se incorporó a dicho Programa la cobertura al 100% del medicamento NUSINERSEN para el tratamiento de pacientes con ATROFIA
MUSCULAR ESPINAL AME en los tipos I, II y IIIA, según las pautas establecidas por dicha Secretaría al efecto.
Que la ATROFIA MUSCULAR ESPINAL AME es una enfermedad neuromuscular progresiva, de origen genético, poco frecuente, de curso grave.
Que corresponde señalar que, a la fecha, no existe un tratamiento curativo para la mencionada enfermedad y sólo se dispone de tratamiento sintomático para retrasar su progresión y sus efectos discapacitantes, así como también dirigido al sostén nutricional, ventilatorio y neuromuscular del paciente, a fin de mitigar sus complicaciones.
Que en virtud de lo previsto en la Disposición ANMAT Nº 4622/12, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA autoriza la inscripción en el REGISTRO DE
ESPECIALIDADES MEDICINALES REM, Bajo Condiciones Especiales, de medicamentos destinados a la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades poco frecuentes o enfermedades serias para las cuales no existen medicamentos disponibles.
Que en este sentido, al momento del dictado de la Resolución Nº 1452/19 de la entonces SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE SALUD, mediante DISPOSICIÓN ANMAT Nº 2062/19 se había autorizado la inscripción Bajo Condiciones Especiales de la especialidad medicinal de nombre comercial SPINRAZA, cuyo Ingrediente Farmacéutico Activo IFA es el NUSINERSEN, con indicación para el tratamiento de la Atrofia Muscular Espinal AME asociada con el gen SMN1 ubicado en el cromosoma 5q, AME Tipo I, II y IIIA, previo diagnóstico de la enfermedad mediante un estudio genético.
Que por la Resolución Nº 623/18 del MINISTERIO DE SALUD se creó la Comisión Nacional de Evaluación de Tecnologías de Salud CONETEC.
Que entre las funciones de dicha Comisión, se encuentran las de Analizar y evaluar el impacto sanitario, económico y social, entre otros, de la incorporación de las tecnologías sanitarias a la cobertura obligatoria; Tomar intervención con carácter previo a la inclusión de cualquier tecnología, práctica, procedimiento o cobertura en general dentro del conjunto de prestaciones obligatorias; y Proceder al seguimiento y monitoreo de las tecnologías incluidas dentro del conjunto de prestaciones de cobertura obligatoria.
Que sin perjuicio de que la mencionada Resolución Nº623/18 se encontraba vigente al momento de la emisión de la Resolución Nº1452/19 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD y que la Comisión Nacional

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/06/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/06/2020

Nro. de páginas115

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/05/2024

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