Boletín Oficial de la República Argentina del 21/02/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.313 - Primera Sección
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Viernes 21 de febrero de 2020

carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que presten servicio en relación dependiente como inspectores en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con zona de actuación en las localidades de Temperley y La Plata Provincia de Buenos Aires, y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Respecto al restante agrupe personal y territorial peticionado, este tendrá carácter meramente estatutario.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el texto del estatuto de la UNION DE INSPECTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
U.I.R.A que se encuentra en el IF 2019-113814706-APN-DNASIMPYT Nro. de Orden 130/208, formando parte integrante del acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N23.551 y sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N467 de fecha 14 de abril de 1988. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los Artículos 25 y 28 de la Ley N23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de diez 10 días a partir de la notificación de esta Resolución, la Asociación Sindical mencionada en el artículo 1 deberá presentar ante esta Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en la forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN
DE RECURSOS HUMANOS a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Intímese a que, con carácter previo a toda petición, regularice la peticionante su situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva, bajo apercibimiento de lo establecido por el Artículo 56, inciso 4, de la Ley N23.551.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 21/02/2020 N9089/20 v. 21/02/2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/02/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha21/02/2020

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones9375

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/06/2024

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