Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.284 - Primera Sección
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Martes 14 de enero de 2020

Decretos

SECTOR PÚBLICO NACIONAL
Decreto 56/2020
DCTO-2020-56-APN-PTE - Incremento salarial.

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2020
VISTO el Expediente NEX-2020-01057031-APN-DNGIYPSJGM,y CONSIDERANDO:
Que la crisis económica que atraviesa nuestro país ha deteriorado sensiblemente el poder adquisitivo de los salarios del personal perteneciente al Sector Público Nacional.
Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N27.541.
Que la ley mencionada declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que en el Mensaje al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN enviado al proyectar la ley referida, se establece que para garantizar el camino de recuperación necesitamos mejorar los ingresos de las y los trabajadores, lo que permitirá dinamizar el mercado interno y generar un círculo virtuoso de producción y empleo. Asimismo, se destaca que esta recuperación deberá ser pausada, consistente y focalizada con el objetivo de mejorar, en primer término, la situación de aquellas y aquellos que han sido más perjudicados por la crisis.
Que, en ese contexto, resulta necesario disponer el otorgamiento de DOS 2 sumas fijas remunerativas no bonificables a efectos de mantener los estándares adquisitivos de las remuneraciones del personal del Sector Público Nacional referido precedentemente.
Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Otórgase un incremento salarial mensual para el personal del Sector Público en actividad comprendido en los incisos a, b y c del artículo 8 de la Ley N24.156, conforme se establece en el presente decreto.
ARTÍCULO 2.- El incremento dispuesto en el artículo 1 consistirá en sumas fijas remunerativas no bonificables mensuales, que se abonarán de la siguiente manera: la suma de hasta PESOS TRES MIL $3.000, que regirá sobre los salarios correspondientes al mes de febrero de 2020, y en el mes de marzo de 2020 se le adicionará a dicho incremento, la suma de hasta PESOS UN MIL $1.000.
ARTÍCULO 3.- Los incrementos dispuestos en los artículos precedentes solo corresponderán cuando la retribución bruta, mensual, normal, habitual, regular y permanente aprobada vigente al 31 de enero de 2020, no supere la suma de PESOS SESENTA MIL $60.000.
A tales efectos, se determinará en cada caso, el monto de los mencionados incrementos, para que con su otorgamiento, la retribución bruta a que hace referencia el párrafo anterior no exceda la suma de PESOS SESENTA
MIL $60.000.
ARTÍCULO 4.- Las sumas fijas remunerativas no bonificables a las que refiere el presente decreto se considerarán a cuenta de todo incremento que pudiera otorgarse o acordarse en el marco de la negociación colectiva, durante el Ejercicio 2020.
ARTÍCULO 5.- Establécese que, respecto del personal de las fuerzas armadas y de seguridad, el incremento salarial con los requisitos y condiciones previstos en la presente medida, alcanzará exclusivamente:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/01/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/01/2020

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones9318

Primera edición02/01/1989

Ultima edición27/04/2024

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