Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2019 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.251 - Primera Sección
85

Lunes 2 de diciembre de 2019

Herman SCHROEDER, una licencia para el funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 103.1 MHz., canal 276, en el domicilio de planta transmisora sito en calle Alcorta Nº7 y estudios sito en la calle Fotheringham Nº445, ambos de la ciudad de NEUQUÉN. 3.El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, a partir de habilitación definitiva del servicio, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 4.- Constituir condición esencial de la adjudicación efectuada en el Artículo 2 que las emisiones se realicen asegurando la compatibilidad técnica con aquéllos servicios que han sido asignados mediante Decretos o Resoluciones según la Normativa Técnica del Servicio de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia aprobada por Resolución N 142-SC/96.
5.- Establecer que el presente acto administrativo podrá ser revocado por contrario imperio si dentro del plazo de 90 días computados desde su dictado se constatara que el servicio licenciatario se encuentra provocando interferencias. 6.- Dentro de los 90 días de cumplido el plazo previsto en el Artículo que antecede, prorrogables por el mismo término, la licenciataria deberá presentar la documentación técnica del servicio para la correspondiente habilitación de las instalaciones. 7 .- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 8.- A solicitud de la licenciataria se otorgará la señal distintiva correspondiente. 9.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10.- Tengase por desistida la solicitud de licencia documentada bajo EXPCOMFER
Nº2143.00.0/1999. 11.- Notifíquese, comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 02/12/2019 N92697/19 v. 02/12/2019

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 5529/2019

RESOL-2019-5529-APN-ENACOMJGM FECHA 22/11/2019 ACTA 55
EX-2019-70289550-APN-REYSENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar a la empresa FLASHBAND
S.R.L., Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.Inscribir a la empresa FLASHBAND S.R.L., en el Registro de Servicios previsto en el Artículo 8 del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este organismo.
4.- Notifíquese a la interesada. 5.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.
gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 02/12/2019 N92803/19 v. 02/12/2019

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 5531/2019

RESOL-2019-5531-APN-ENACOMJGM FECHA 22/11/2019 ACTA 55
EX-2019-91692782-APN-SDYMEENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Inscribir a la COOPERATIVA DE
TELECOMUNICACIONES, DE SERVICIOS MULTIPLES, VIVIENDA, PROVISION Y CONSUMO DE FUNES LTDA., en el Registro de Servicios TIC previsto en el Artículo 8 del Reglamento de Licencias de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Servicio de Operador Móvil Virtual con infraestructura. 2.- El presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de recursos de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/12/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha02/12/2019

Nro. de páginas163

Nro. de ediciones9354

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones