Boletín Oficial de la República Argentina del 30/07/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.164 - Primera Sección
47

Martes 30 de julio de 2019

Que en virtud de un error material involuntario en la confección del mencionado proyecto de resolución, corresponde rectificar el artículo 3º de la presente medida.
Que la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta conforme a las atribuciones conferidas por los Decretos Nº1615 del 23 de diciembre de 1996 y Nº1132 de fecha 13 diciembre de 2018.
Por ello, ELSUPERINTENDENTE DESERVICIOS DESALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el artículo 3º de la Resolución NºRESOL-2019-606-APN-SSSMSYDS de fecha 18
de junio de 2019, donde se lee Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese debe leerse Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese..
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. Sebastián Nicolás Neuspiller e. 30/07/2019 N55030/19 v. 30/07/2019

SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DESALUD
Resolución 778/2019
RESOL-2019-778-APN-SSSMSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2018-68137854- -APN-GAJSSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente del VISTO, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL FIBROCEMENTO
R.N.O.S. Nº1-0780-0 solicita se apruebe y registre la reforma introducida al Estatuto de la entidad.
Que la modificación realizada versa sobre la ampliación de las funciones y atribuciones del Tesorero de la Obra Social.
Que a tal efecto, el Agente del Seguro de Salud acompaña copia certificada del Acta de Asamblea Extraordinaria Nº244 de fecha 26 de octubre de 2018, por la cual se decide y aprueba la modificación del estatuto vigente.
Que se adjuntan a fs. 46/51, 52/57 y 58/63 orden 11, tres ejemplares del texto ordenado del nuevo Estatuto pretendido, consignándose en cada una de sus fojas el sello y firma del Presidente de la Obra Social.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº1615 de fecha 23
de diciembre de 1996 y Nº1132 de fecha 13 de diciembre de 2018.
Por ello, ELSUPERINTENDENTE DESERVICIOS DESALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- APRUÉBASE la nueva redacción introducida al inciso a del artículo 17 del Estatuto de la OBRA
SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL FIBROCEMENTO R.N.O.S. Nº1-0780-0, registrándose el texto ordenado del ejemplar glosado a fs. 58/63 -orden 11- del EX-2018-68137854- -APN-GAJSSS.
ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente archívese. Sebastián Nicolás Neuspiller e. 30/07/2019 N55051/19 v. 30/07/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/07/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/07/2019

Nro. de páginas87

Nro. de ediciones9371

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/06/2024

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