Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.156 - Primera Sección
55

Jueves 18 de julio de 2019

ARTÍCULO 2º.- Dar por finalizadas las funciones que le fueron asignadas oportunamente al señor Carlos Alejandro MELLUSO CUIL N20-17880793-6 en el carácter de Jefe Interino de la Sección Inspección Ex-Ante de la Aduana Necochea de la Dirección Regional Aduanera Pampeana.
ARTÍCULO 3.- Seleccionar y designar al señor Carlos Alejandro MELLUSO CUIL N 20-17880793-6, en el carácter de Administrador de la Aduana Necochea de la Dirección Regional Aduanera Pampeana en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en función del resultado del Concurso cuyo llamado se instrumentó por medio de la Disposición NºDI-2018-177-EDIPERSSDGRHH de fecha 10 de Julio de 2018.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leandro German Cuccioli e. 18/07/2019 N52011/19 v. 18/07/2019

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Disposición 241/2019
DI-2019-241-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2019
VISTO el EX-2019-00210520-AFIP-SEASDVGEPESDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS,y CONSIDERANDO:
Que a través del mismo, la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones propone dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente al Analista de Sistemas Marcelo Eugenio IANNICELLI en el carácter de Coordinador y Supervisor de la Dirección de Operaciones Informáticas de su jurisdicción.
Que asimismo, la citada Subdirección General propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Directores Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.
Que el artículo 6, inciso 1 b del Decreto N618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio Art. 4º C.N. que se le ha encomendado por imperativo legal Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01, consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N56/92 Laudo N16/92
t.o. Resolución S.T. N 924/10 y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº 15/91 t.o. Resolución S.T.
Nº925/10, la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.
Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.
Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.
Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/07/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha18/07/2019

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones9373

Primera edición02/01/1989

Ultima edición21/06/2024

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