Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.931 - Primera Sección
73

Lunes 13 de agosto de 2018

Avisos Oficiales ANTERIORES

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

NOTIFÍCASE al exagente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Diego Luis LAMAS D.N.I
N 18.750.600 - Legajo N 35.083/04, la Disposición N DI-2018-5-E-AFIP-SDGOPIMDGIMPO dictada por la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas el 4 de abril de 2018 en el marco del Sumario Administrativo N2.519/12, cuya parte dispositiva en lo que se refiere al nombrado se transcribe a continuación:
VISTO CONSIDERANDO Que, sentado ello, procede detallar los montos que conforman el perjuicio fiscal:
Honorarios regulados en la causa N19.489/00, caratulada AFIP-DGI C/INMAR SAIC S/EJECUCIÓN FISCAL: 1
correspondientes a la primera instancia a PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS
CON CINCUENTA CENTAVOS $228.922,50.-, Bonos de Consolidación PR 15 depositados en la Caja de Valores el 22 de marzo de 2010, Acreedor TOMEO, Fernando José, y b PESOS DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL CUARENTA
Y DOS $220.042,00.-, Bonos de Consolidación PR 15 depositados en la Caja de Valores el 24 de agosto de 2009, Acreedor BOLO, Pablo Martín; 2 correspondientes a la actuación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación a PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS $17.500,00.- abonados mediante depósito judicial en el Banco Ciudad de Buenos Aires el 28 de mayo de 2008, Acreedor TOMEO, Fernando José, y b PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS
$17.500,00.- abonados mediante depósito judicial en el Banco Ciudad de Buenos Aires el 24 de julio de 2008, Acreedor BOLO, Pablo Martín Se transcribió Considerando vigésimo tercero completo. ARTÍCULO 2.- Dése por finalizado definitivamente en la faz disciplinaria el Sumario Administrativo N2.519/12 declarando la existencia de responsabilidad disciplinaria de la agente y el exagente Diego Luis LAMAS Legajo N35.083/04 por los hechos objeto de investigación. ARTÍCULO 4.- Déjese constancia en el legajo personal del exagente Diego Luis LAMAS Legajo N35.083/04 que de haber continuado prestando servicios en este Organismo le hubiera correspondido la aplicación de la sanción disciplinaria de TRES 3 días de SUSPENSIÓN por el incumplimiento de los deberes establecidos en los incisos a y b del artículo 8 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
Laudo N15/91, encuadrando su conducta en el punto 5 del artículo 2 del Régimen Disciplinario, Capítulo V, artículo 44 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Laudo N15/91. ARTÍCULO 5.- Declárese la existencia de perjuicio fiscal parcial conformado por los honorarios profesionales regulados en la causa N 19.489/00, caratulada AFIP-DGI C/INMARS.A.I.C. S/EJECUCIÓN FISCAL en primera instancia y en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, compuestos por las sumas que surgen del considerando vigésimo tercero de la presente, con mas sus intereses desde que cada monto es debido y hasta su efectivo pago, siendo imputable el mismo a la agente y al exagente Diego Luis LAMAS Legajo N35.083/04. ARTÍCULO 6.- Otórguese intervención a la Instrucción Sumarial, conforme el último párrafo de la Nota N2240/2017 SDG OPIM, para profundizar la investigación, a fin de dilucidar si la deuda ejecutada en autos AFIP-DGI C/ INMAR SAIC S/ EJECUCIÓN FISCAL, Expediente N19489/00, configura perjuicio fiscal. ARTÍCULO 7.- Hácese saber a los sumariados que podrán interponer contra este acto, recurso de reconsideración y/o jerárquico, de conformidad con lo establecido por el artículo 84 y siguientes del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Decreto Nº1759/72, t.o.
2017. ARTÍCULO 8º.- Comuníquese a los nombrados que el recurso de reconsideración deberá ser interpuesto dentro del plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos conf. Art. 84 del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS, Decreto Nº 1759/72, t.o. 2017 y que el recurso jerárquico deberá interponerse dentro del plazo de QUINCE 15 días hábiles administrativos conf. arts. 89 y 90 del precitado Reglamento, computándose ambos plazos a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto. ARTÍCULO 9.- Notifíquese la presente disposición a los agentes sumariados, a la PROCURADURÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, por intermedio de la Dirección de Personal, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 20
del ANEXO I del RÉGIMEN DISCIPLINARIO UNIFICADO, aprobado por la Disposición N185/2010 AFIP, pasen las actuaciones al Departamento Sumarios Administrativos, remítase copia de este acto administrativo a la Junta de Disciplina, y cumplido, archívese. Firmado: RAGGI, ADRIANA GRACIELA Subdirectora General Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas Administración Federal de Ingresos Públicos.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por TRES 3 días hábiles consecutivos.
Juan Pablo Belfiglio, Jefe de Sección, Sección Recursos DI PERS, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 09/08/2018 N57554/18 v. 13/08/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/08/2018

Nro. de páginas83

Nro. de ediciones9330

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/05/2024

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