Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.895 - Primera Sección
57

Jueves 21 de junio de 2018

Que con fecha 5 de abril del corriente año, la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES del MINISTERIO DE SEGURIDAD de la PROVINCIA de MENDOZA, a través de su titular Dr. Néstor MAJUL, informa a esta Dirección Nacional nómina de individuos infractores a la ley penal, solicitando sean incluidos en el registro del Programa Tribuna Segura, resultando individualizados como: Marcelo SARMIENTO, DNI 25.939.626;
Sergio, BUSTOS, DNI 40.219.540; Daniel DÁVILA, DNI 33.517.439; Sergio David DOMÍNGUEZ, DNI 40.371.968;
Javier Alberto ALBARAHONA, DNI 17.417.550; Joel Iván VILLARUEL, DNI 32.807.111; Lucas Matías SÁNCHEZ, DNI 38.908.821; Leonel Ignacio SÁNCHEZ, DNI 40.072.549; Silvestre Antonio Javier AGERO, DNI 33.445.566;
Jonathan Joel AGERO, DNI 36.348.726; Franco ULIARTE, DNI 39.531.994; Gonzalo Raúl RODRÍGUEZ, DNI
39.238.005; Eric, VILLALOBOS, DNI 40.823.113; Mauricio GONZÁLEZ, DNI 25.587.318; Jonathan Gabriel MERCEY, DNI 39.382.378; Matías Josue JALITT, DNI 38.581.309; Lucas Walter LUCERO, DNI 40.270453; Jorge Oscar BASTIA, DNI 21.809.669; Adrián Maximiliano BRAVO, DNI 40.560.594 y Marcelo Andrés PICON, DNI 40219.608.
Que los nombrados fueron procesados y, en muchos casos, condenados por encontrarlos penalmente responsables en autoría o participación, de delitos que merecen pena de más de TRES 3 años de prisión y/o cometidos en el marco del desarrollo de un evento futbolístico, con la intervención oportuna de las instancias judiciales previstas.
Que el espíritu de la normativa en vigencia en materia de preservar el orden y la seguridad en los espectáculos futbolísticos está focalizada en acentuar la prevención en el desarrollo de un encuentro deportivo, no es menos notorio que esta dinámica intenta neutralizar e impedir la presencia en el evento de personas que hayan violentado la ley o estuvieren incursos en conductas reprochables judicialmente.
Que en este marco de consideración la requisitoria formulada por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza determina la aplicación de las medidas previstas por las normas específicas de seguridad en espectáculos futbolísticos.
Que por esta razón, los motivos expuestos precedentemente y de acuerdo al art. 7 del Decreto 246/2017 y al art. 2
inc. a, b y c de la Resolución N354/2017, se evalúa, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD
EN ESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS, conveniente y oportuno la aplicación de la figura de Restricción de concurrencia Administrativa a todo espectáculo futbolísticos de los nombrados por el lapso de VEINTICUATRO
24 MESES, a partir de la fecha de la publicación de la medida en el Boletín Oficial.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la jurisdicción ha tomado la intervención que le corresponde.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de la Resolución N354/17 y Decisiones Administrativas Nros. 421/16, 299/18 y 1403/16
Por ello, ELDIRECTOR NACIONAL DESEGURIDAD ENESPECTÁCULOS FUTBOLÍSTICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Aplíquese Restricción de Concurrencia Administrativa a todo espectáculo futbolístico por el lapso de VEINTICUATRO 24 MESES, a Marcelo SARMIENTO, DNI 25.939.626; Sergio BUSTOS, DNI 40.219.540; Daniel DÁVILA, DNI 33.517.439; Sergio David DOMÍNGUEZ, DNI 40.371.968; Javier Alberto ALBARAHONA, DNI 17.417.550;
Joel Iván VILLARUEL, DNI 32.807.111; Lucas Matías SÁNCHEZ, DNI 38.908.821; Leonel Ignacio SÁNCHEZ, DNI
40.072.549; Silvestre Antonio Javier AGERO, DNI 33.445.566; Jonathan Joel AGERO, DNI 36.348.726; Franco ULIARTE, DNI 39.531.994; Gonzalo Raúl RODRÍGUEZ, DNI 39.238.005; Eric VILLALOBOS, DNI 40.823.113; Mauricio GONZÁLEZ, DNI 25.587.318; Jonathan Gabriel MERCEY, DNI 39.382.378; Matías Josue JALITT, DNI 38.581.309;
Lucas Walter LUCERO, DNI 40.270.453; Jorge Oscar BASTIA, DNI 21.809.669; Adrián Maximiliano BRAVO, DNI
40.560.594 y Marcelo Andrés PICON, DNI 40.219.608; por razones de carácter preventivo y de interés público, a tenor del artículo 7 del Decreto 246/17 y artículo 2, incisos a, b y d de la Resolución N354/17.
ARTÍCULO 2.- La presente medida entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese Guillermo Patricio Madero e. 21/06/2018 N44075/18 v. 21/06/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/06/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha21/06/2018

Nro. de páginas144

Nro. de ediciones9330

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/05/2024

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