Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 16 de diciembre de 2016

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.524

38

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCIÓN REGIONAL TUCUMÁN

AGENCIA SEDE TUCUMÁN
POR CINCO DIAS.- Se hace conocer al contribuyente VILLOLDO Ricardo Sergio, identificado con C.U.I.T. N20-16540163-9 y domicilio fiscal declarado en Avda. Rivadavia N390, Planta Alta, de la ciudad de Alderetes; provincia de Tucumán, que en fecha 11/08/2016 se emitieron Intimaciones de Pago por:
- Caducidad PLAN MIS FACILIDADES NC265840 de fecha 25/08/2009.
Fdo. Cont. Pub. Castillo Esteban José. Jefe Int. Agencia Sede Tucumán.
- Caducidad PLAN MIS FACILIDADES NC678150 de fecha 15/12/2009.
Fdo. Cont. Pub. Castillo Esteban José. Jefe Int. Agencia Sede Tucumán.
- Caducidad PLAN MIS FACILIDADES ND303487 de fecha 19/07/2010.
Fdo. Cont. Pub. Castillo Esteban José. Jefe Int. Agencia Sede Tucumán.

MENDOZA, MATRICULA MZA 227, MUTUAL DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MENDOZA, MATRICULA MZA 169, ASOCIACION MUTUAL CENTRO CRISTIANO DE CUYO, MATRICULA MZA
251. Pertenecientes al Expediente N2913/15, de la Provincia de Mendoza, y 2933/15 de la Provincia de Mendoza con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales se imputan en los respectivos expedientes. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N3.369/09, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución N3.369/09 y Resolución N2585/14. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designado el suscripto como nuevo instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ 10 días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse Art. 1 inc. F ap. 1 y 2 de la Ley N19.549. Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los Arts. 19 a 22 del Decreto N1759/72 Reglamentario de la Ley N19.549 T.O. 1991. Se hace saber a las entidades, que en caso de nos ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el art. 101, inc. 3, de la Ley 20.321, vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada y aconsejada la medida a adoptar.
El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Reg. 1759 T.O 1991.
Dr. CARLOS RUBÉN GONZÁLEZ, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 15/12/2016 N95087/16 v. 19/12/2016

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.CPN. MARIA CECILIA DEL VALLE GARCIA, 1er. Reemp. Agencia Sede Tucumán, Dirección Regional Tucumán.
e. 12/12/2016 N93169/16 v. 16/12/2016

Convenciones Colectivas de Trabajo

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

DIRECCIÓN DEPOLICÍA JUDICIAL PROTECCIÓN MARÍTIMA YPUERTOS

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

DIVISIÓN BUQUES NÁUFRAGOS EINACTIVOS

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 754 - E/2016

EDICTO
La Prefectura Naval Argentina intima al Sr. EMILIO ERNESTO GERDAU, D.N.I N 8.006.584, domiciliado en la calle Viamonte y 5 Cuartel, C.P 3153 Victoria, Entre Rios, representantes legales y/o toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre el Buque Motor LA
EXPLENDIDA 02843, de Bandera Argentina, hundido en aguas del Arroyo Paranacito sobre su margen derecha en proximidades de la desembocadura del Arroyo Zambullo. Que acorde a la Disposición DJPM, DVI N02/2016, deberán proceder a su extracción, remoción, traslado a lugar autorizado o desguace, dentro de un plazo de SESENTA Y UN 61 días corridos, contados a partir de la publicación del presente edicto y finalizar en el plazo total de SESENTA Y UN 61 días corridos contados a partir de la iniciación de los trabajos. En caso de incumplimiento de uno u otro plazo, se procederá acorde los términos del Artículo 17 bis de la Ley N20.094 DE LA LEY
DE LA NAVEGACIÓN modificada por Ley N 26.354, debiendo informar a la PREFECTURA
VICTORIA, previo al comienzo de los trabajos. Se les notifica asimismo, que les asiste el derecho de hacer abandono del buque a favor del Estado Nacional - Prefectura Naval Argentina - de conformidad con lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: EDUARDO RENÉ
SCARZELLO - Prefecto General - PREFECTO NACIONAL NAVAL. VICTOR HUGO BURQUET, Prefecto Principal, Jefe División Buques Náufragos e Inactivos.
e. 15/12/2016 N94901/16 v. 19/12/2016

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE FLOWSERVE S.A., MATRICULA MZA 172, ASOCIACION MUTUAL GODOY CRUZ ANTONIO TOMBA, MATRICULA MZA 257, ASOCIACION
MUTUAL NUEVO SIGLO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, MATRICULA MZA 455, ASOCIACION
MUTUAL DE AYUDA ENTRE EL PERSONAL DE CORCEMAR PLANTA MENDOZA, MATRICULA
MZA 59, ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE RIVADAVIA Y JUNIN, MATRICULA MZA 373, ASOCIACION MUTUAL ARGENTINA DEL DEPORTISTA A.M.A.D, MATRICULA MZA 410, ASOCIACION MUTUAL 16 DE NOVIEMBRE, MATRICULA MZA 188, ASOCIACION
MUTUAL DE EMPLEADOS DEL BANCO MENDOZA, MATRICULA MZA 34, MUTUAL DE EMPLEADOS DEL CLUB MENDOZA DE REGATAS, MATRICULA MZA 146, ASOCIACION MUTUAL UNASE, MATRICULA MZA 411, ASOCIACION MUTUAL VALLE DE UCO, MATRICULA MZA 369, CENTRO
MUTUAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS FERROVIARIOS AMBOS SEXOS F.C.G.S.M. DE LA
PROVINCIA DE MENDOZA, MATRICULA MZA 39, ASOCIACION MUTUAL EL PROGRESO, MATRICULA MZA 260, ASOCIACION MUTUAL DE PREVISION INTEGRAL MENDOZA PREIMEN, MATRICULA 48, ASOCIACION MUTUAL RUCA, MATRICULA MENDOZA 228, MUTUAL DEL PERSONAL
DE RESERO S.A.I.A.C.F DE SAN RAFAEL, MATRICULA MENDOZA 144, ASOCIACION MUTUAL
LA UNIVERSAL, MATRICULA MENDOZA 262, MUTUAL OBRERA ESTABLECIMIENTO GENERAL
SAN MARTIN, MATRICULA MZA 58, ASOCIACION MUTUAL DE SUBOFICIALES RETIRADOS
DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD, MATRICULA MZA 71, ASOCIACION MUTUAL
PERSONAL BANCO DE MENDOZA SUCURSAL GENERAL SAN MARTIN, MATRICULA MZA 70.
ASOCIACION MUTUAL SOCIAL NATURISTA, MATRICULA MZA 149, ASOCIACION MUTUAL DE
PADRES, DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL COLEGIO SAN FRANCISCO JAVIER, MATRICULA 486, ASOCIACION MUTUAL PROGRAMA ARGENTINO DE AYUDA AL DEPORTISTA
AMATEUR, MATRICULA MZA 457, ASOCIACION MUTUAL 3 DE DICIEMBRE, MATRICULA MZA
472, ASOCIACION MUTUAL CUADRO NACIONAL, MATRICULA MZA 317, MUTUAL DEL PERSONAL DE EMPRESAS KOLTON, MATRICULA MZA 78, ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL DE
LA FABRICA DE TEJIDOS DE PUNTO DE EUSTAQUIO GONZALEZ GALIÑO, MATRICULA MZA
141, MUTUAL DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS DE MENDOZA, MATRICULA MZA 163, CAJA MUTUAL DEL PERSONAL DE LAS BODEGAS Y VIÑEDOS GIOL SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, MATRICULA MZA 1004, ASOCIACION MUTUAL
2 BARRIO C.G.T.R.A JOSE IGNACIO RUCCI, MATRICULA MZA 310, ASOCIACION MUTUAL I.N.T.A

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2016
VISTO el Expediente Nº1.708.655/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N488 del 19 de julio de 2016, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 47/48 del Expediente Nº1.708.655/16, obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR, por la parte sindical y la CÁMARA EMPRESARIA DEL
TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES, la CÁMARA DEL TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR, la ASOCIACIÓN CIVIL DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR y la CÁMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N460/73, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L.
N488/16 y registrado bajo el Nº630/16, conforme surge de fojas 55/58 y 61, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 71/71 vuelta y 72/73 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Por ello, EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N 488 del 19 de julio de 2016, y registrado bajo el Nº 630/16 suscripto entre la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR, por la parte sindical y la CÁMARA EMPRESARIA DEL TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES, la CÁMARA DEL TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, la ASOCIACIÓN CIVIL DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR y la CÁMARA EMPRESARIA DE AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO IF-2016-02780653APN-SECTMT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha16/12/2016

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9350

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/05/2024

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