Boletín Oficial de la República Argentina del 10/08/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 10 de agosto de 2016

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.437

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Planilla Anexa al Artículo 3

Resoluciones
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Ministerio deProducción ARANCELES
Resolución 388 - E/2016. Modificación arancelaria del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial 10

Avisos Oficiales Nuevos 13
Anteriores 43

Asociaciones Sindicales MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Resolución 449/2016. Personería Gremial. Exclusión 44

Convenciones Colectivas de Trabajo 44

OBJETIVOS:
1. Intervenir en las acciones necesarias para la aplicación de políticas de administración y gestión de recursos humanos y de planeamiento organizacional.
2. Intervenir en la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas y las alternativas de financiación.
3. Implementar y ejecutar las políticas relativas a la planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas vinculados a la administración de los recursos de la Jurisdicción en el país y en las Representaciones argentinas en el exterior.
4. Administrar y controlar los recursos vinculados con la formulación presupuestaria y con la gestión económica, financiera, contable y patrimonial de la Jurisdicción y la correcta aplicación de las normas y procedimientos vigentes.
5. Llevar a cabo el diseño de la política presupuestaria definida por la máxima autoridad de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento, asistiendo a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
6. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en los trámites administrativos que se requieran, para la obtención de los recursos humanos que sean necesarios en función del cumplimiento de los objetivos y metas de la Jurisdicción.
7. Supervisar la ejecución de las acciones relativas al sistema de seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
8. Planificar, programar y coordinar las actividades relativas a los servicios de infraestructura, de mantenimiento, conservación y puesta en valor de los inmuebles del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en el país y en las Representaciones argentinas en el exterior.

ARTÍCULO 3 Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2 del Decreto N357/02, los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa IF-2016-00590508-APNSSCYCIMRE al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. Susana M. Malcorra.
Planilla Anexa al Artículo 1
XIII - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
- SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
- SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
- SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA Y MERCOSUR
- SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES
- SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
- SECRETARÍA DE CULTO
- SUBSECRETARÍA DE CULTO
Planilla Anexa al Artículo 2

9. Planificar, programar y coordinar las actividades relativas a la contratación y prestación de los servicios necesarios para el correcto funcionamiento de la infraestructura del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en el país y en las Representaciones argentinas en el exterior.
10. Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la Jurisdicción por la Asociación del Transporte Aéreo Internacional I.A.T.A. para la emisión de pasajes aéreos a través del sistema BillingSettlement Plan B.S.P..
11. Intervenir en la ejecución de las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas, y sus condiciones de seguridad, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el exterior.
12. Coordinar el correcto funcionamiento del servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción, prestando asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO.
13. Planificar, programar y coordinar la ejecución de las acciones tendientes a la correcta gestión de la documentación, la guarda y archivo de expedientes y los registros de actos administrativos.
14. Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios e informaciones sumarias y otras investigaciones administrativas en la Jurisdicción y disponer su clausura.
15. Aplicar la reglamentación del Régimen de Franquicias y Privilegios impositivos e inmunidades, correspondientes a los miembros de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras y argentinas, de funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA, así como tramitar todas las cuestiones relativas al mismo.
16. Asistir en la planificación, coordinación, realización y control de las actividades de interpretación y traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas internas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
17. Asistir en la coordinación del cumplimiento de lo dispuesto por la normativa que regula el acceso a la información pública, establecida en el Decreto N1172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y sus modificatorios.

MINISTERIO DEHACIENDA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 922/2016
Dispónese adelanto financiero a la Provincia del Chaco.
Buenos Aires, 09/08/2016
VISTO el Expediente Nº S01:0224714/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley Nº11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014
y la Ley N23.548 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia del CHACO se ve impedido, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos y amortización de deudas.
Que en función de ello, resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa la Provincia.
Que el Artículo 124 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
2014, autoriza al ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO
DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a acordar a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los Impuestos Nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/08/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha10/08/2016

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9371

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/06/2024

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