Boletín Oficial de la República Argentina del 09/08/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 9 de agosto de 2016

Primera Sección
autoridad de la república FEDERATIVA DEL BRASIL, referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República.
Que la Declaración de Huésped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, D.
José SERRA, durante su permanencia en la República el día 23 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña.

ARTÍCULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Susana M. Malcorra.

Decreto 917/2016

SECRETARÍA GENERAL
Decreto 920/2016
Designación.
Buenos Aires, 08/08/2016
VISTO el Expediente CUDAP NS01:0208786/2016 del registro de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N27.198, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 151 del 17 de diciembre de 2015, 227 del 20 de enero de 2016, las Decisiones Administrativas Nº221 del 1 de septiembre de 2009 y Nº73 del 5 de marzo de 2012, y CONSIDERANDO:

2

ARTÍCULO 2º Incorpórase con carácter de excepción, el cargo citado en el artículo 1º de la presente medida, en los artículos 1º, 2º y 3º, así como en el inciso c de la Planilla Anexa al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2º Atiéndanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.436

SERVICIO EXTERIOR
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Malta.
Buenos Aires, 08/08/2016
VISTO el Expediente Nº16.589/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº517 de fecha 29 de marzo de 2016, y CONSIDERANDO:
Que por el decreto mencionado en el Visto se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA ITALIANA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Arnaldo Tomás FERRARI.
Que el Gobierno de la REPÚBLICA DE MALTA concedió el plácet de estilo para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que por la Ley N27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº221/09 se creó en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS, con la finalidad de coordinar y articular la transmisión y explotación comercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la REPÚBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACIÓN DEL
FÚTBOL ARGENTINO.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se haya facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.

Que por el artículo 2 de la citada Decisión Administrativa, modificada por su similar Nº73/12 se estableció que el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS será coordinado por un Coordinador y un Secretario Ejecutivo, ambos de carácter extraescalafonario, designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y con rango y jerarquía de Subsecretarios.

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Que mediante el Decreto Nº151/15 se transfirió el Programa Futbol para Todos y sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 1º Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE MALTA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Arnaldo Tomás FERRARI D.N.I. Nº 12.410.995, sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA ITALIANA.

Que, asimismo, por el Decreto N227/16 se delimitaron las competencias de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, en dicho sentido, el mencionado Decreto estableció, en su artículo 1, que: Toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Por ello,
ARTÍCULO 2 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las respectivas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Susana M. Malcorra.

Que la norma citada dispone en su artículo 2: Exceptúase de lo dispuesto en el artículo anterior, a las jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita la cobertura del cargo vacante financiado de Secretario Ejecutivo del Programa FÚTBOL PARA TODOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que el cargo cuya designación se propicia, no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto N227/16.
Por ello,
Decisiones Administrativas

MINISTERIO DECIENCIA, TECNOLOGÍA
EINNOVACIÓN PRODUCTIVA
Decisión Administrativa 816/2016
Designación en la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo.
Buenos Aires, 08/08/2016
VISTO el Expediente N 778/2016 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA, la Ley N27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos N2098 del 3 de diciembre de 2008 y N227 del 20
de enero de 2016, y CONSIDERANDO:

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Que por la Ley N27.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

ARTÍCULO 1º Desígnase, a partir del 18 de diciembre de 2015, al señor José Andrés ALADRO D.N.I. N20.295.629, en el cargo extraescalafonario de Secretario Ejecutivo del Programa FÚTBOL PARA TODOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que por el artículo 7 de la mencionada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 09/08/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha09/08/2016

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones9369

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/06/2024

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