Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, miércoles 4
de febrero de 2015

Año CXXIII
Número 33.064
Precio $ 5,00

YERBA MATE

Sumario Pág.

LEYES

Ley 27.114
Radicación y creación de establecimientos para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la región productora.

LEYES

LUGARES HISTÓRICOS NACIONALES
Ley 27.112
Declárase lugar histórico nacional, al Paso de Los Patos, en la provincia de San Juan. .
YERBA MATE
Ley 27.114
Radicación y creación de establecimientos para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la región productora

LUGARES HISTÓRICOS
NACIONALES

1

1

Sancionada: Diciembre 17 de 2014
Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015

Ley 27.112
Declárase lugar histórico nacional, al Paso de Los Patos, en la provincia de San Juan.
Sancionada: Diciembre 17 de 2014
Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015

DECRETOS
DEUDA PÚBLICA
Decreto 2784/2014
Modelos de Acuerdo Bilateral. Aprobación

2

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decreto 2783/2014
Designación. .

3

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decreto 2786/2014
Dase por designado el Director de Impacto Ambiental y Social

3

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decreto 91/2015
Dase por prorrogada designación en la Dirección de Sumarios

4

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decreto 92/2015
Danse por autorizados pagos de Funciones Ejecutivas en la Subsecretaría de Planificación y Gestión para la Integración Nacional

4

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS
Decreto 93/2015
Danse por prorrogadas designaciones de Directores en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público

5

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decreto 2782/2014
Designaciones en la Dirección Nacional de Sanidad Animal

5

MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decreto 2790/2014
Designación en el Instituto Nacional de Semillas
MINISTERIO DECULTURA
Decreto 96/2015
Designación en la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares
MINISTERIO DECULTURA
Decreto 97/2015
Dase por prorrogada designación del Director del Museo Casa de Ricardo Rojas
MINISTERIO DESALUD
Decreto 99/2015
Designación en el Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas Agudas
MINISTERIO DESALUD
Decreto 2785/2014
Designaciones en el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante
Continúa en página 2

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Declárase lugar histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, al espacio delimitado por las coordenadas geográficas 32 09 70 19, ubicado dentro del llamado Paso de Los Patos, jurisdicción del departamento de Calingasta, en la provincia de San Juan, por haber sido el paso por el que la columna principal del Ejército de los Andes entró a Chile, al mando del general don José de San Martín.
ARTÍCULO 2 La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
REGISTRADA BAJO EL Nº27.112

6

JULIAN A. DOMINGUEZ. GERARDO ZAMORA. Juan H. Estrada. Lucas Chedrese.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Objeto. La presente ley tiene por objeto promover la radicación y creación de los establecimientos necesarios para la instauración de un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis en la región productora.
ARTÍCULO 2 Definiciones. A los efectos de la presente ley se entiende por:
Yerba Mate o Ilex Paraguariensis: a la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis molida o canchada, hoja verde, elaborada con o sin palo, en saquitos, soluble, compuesta y/o mezclada con otras hierbas, frutas, esencias o saborizantes;
destinada al consumo dentro del territorio nacional o para exportación.
Región Productora: a las provincias de Corrientes y Misiones, en cuyos territorios se encuentren físicamente concentradas las plantaciones de Yerba Mate o Ilex Paraguariensis.
Envasado: a todos los pasos necesarios para poder preservar y conservar a la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis de todos los peligros que suponen los diferentes agentes patógenos para el consumo humano. Dicho envasado o empaquetado será en forma individual, tamaño, peso y formato aprobado por la autoridad alimentaria y de bromatología competente.
Envasado en origen de la Yerba Mate: a la realización de todos los pasos necesarios para el empaquetado de la Yerba Mate o Ilex Paraguariensis dentro de la región donde se haya producido la misma, pudiendo ser elaborada y envasada en cualquiera de las dos provincias productoras en forma indistinta.

7

7

PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
7

8

Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº5.154.675
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/02/2015

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9353

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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