Boletín Oficial de la República Argentina del 07/10/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 7 de octubre de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.984

91

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ANEXO I
Sub categoría Especializado
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 1537/2014
Bs. As., 5/9/2014
VISTO el Expediente Nº1.621.472/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, Ley Nº23.546, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/6 del Expediente Nº1.621.472/14 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO
DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA
por la parte sindical, y la empresa SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº31/91 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociaciones Colectivas Nº14.250 t.o. 2004.
Que conforme surge de foja 79 se declaró formalmente constituida la Comisión Negociadora entre las partes, en los términos de la Ley Nº23.546.
Que mediante el referido acuerdo, las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores de la empleadora, con vigencia desde el 1 de abril de 2014, conforme los detalles allí impuestos.

ANEXO II
Sub categoría Especializado
Que en relación al carácter asignado a la suma fija mensual prevista en la escala salarial obrante a foja 6 de las presentes actuaciones, corresponde hacer saber a las partes que deberán estarse a lo dispuesto oportunamente en los considerandos cuarto y sexto de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº87 de fecha 16 de enero de 2014.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con el alcance que se precisa en el considerando cuarto de la presente medida.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.

ANEXO III
Sub categoría Especializado
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº200/88 y sus modificatorios.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y la empresa SPICER EJES PESADOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, obrante a fojas 5/6 del Expediente Nº1.621.472/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociaciones Colectivas Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 5/6 del Expediente Nº1.621.472/14.
ARTICULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº31/91 E.

ANEXO IV
Sub categoría Especializado
ARTICULO 4 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o.
2004.
ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.621.472/14
Buenos Aires, 09 de Septiembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº1537/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1285/14. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la ciudad de Buenos Aires a los 8 días del mes de mayo de 2014, se reúnen, por una parte en representación de Spicer Ejes Pesados S.A., en adelante la Empresa, el Sr. Javier Mller y por la otra parte, los representantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR S.M.A.T.A. Señores Ricardo Pignarelli, Gustavo Morán, Bejarano Fernando y los integrantes de la Comisión Interna de Reclamos de La Empresa, Sergio Pignanelli, Abel Chaparro, Juan Camberchioli, Raúl Martínez, Rodolfo Mercado, Aguirres Cristian, todos firmantes al pie de la presente, ambas partes manifiestan y acuerdan:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/10/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/10/2014

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones9374

Primera edición02/01/1989

Ultima edición22/06/2024

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