Boletín Oficial de la República Argentina del 04/04/2014 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 4 de abril de 2014
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION DE CONTABILIDAD del citado Organismo ha certificado la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para solventar la presente medida.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS
LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7 y 10 de la Ley Nº26.895 y el artículo 1 del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1 de junio de 2013
y por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de AUDITORA INTERNA ADJUNTA Nivel B, F.E. III dependiente de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la C.P.N. Da. Mariela Vanina BARBEITO BARBEITO D.N.I. Nº 22.582.178, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la
BOLETIN OFICIAL Nº 32.859

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Ley Nº26.895, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III.

Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.

Art. 2 Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1 de junio de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de SUPERVISORA DE AUDITORIA DE PLANIFICACION Y GESTION Nivel B, F.E. IV dependiente de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, a la Lic. Da. Anabel Vanina PERALTA D.N.I. Nº 29.332.266, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley Nº26.895, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Art. 3 Los cargos mencionados en los artículos 1 y 2 deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III; IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, contados a partir del dictado del presente Decreto.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203
- AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 378/2014
Designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 26/3/2014
VISTO el Expediente NºS02:0006039/2013 Cuerpos I y II del registro de la DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes Nº26.784 y Nº26.895 y el Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7 y 10 de las Leyes Nº26.784
y Nº26.895 y a tenor de lo establecido por el artículo 1 del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por designada a partir del 10 de abril de 2013, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente detallada en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado indicado, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes Nº26.784 y Nº26.895.
Art. 2 Dase por designada a partir del 15 de abril de 2013, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente detallada en el Anexo II de la presente medida, en el Nivel y Grado indicado, del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
homologado por el Decreto Nº2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes Nº26.784 y Nº26.895.
Art. 3 Danse por designados a partir del 18 de abril de 2013, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, a los agentes detallados en el Anexo III de la presente medida, en el Nivel y Grado que en cada caso se indica, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el CONVENIO COLECTIVO
DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes Nº26.784 y Nº26.895.
Art. 4 Danse por designados a partir del 18 de abril de 2013, con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, a los agentes detallados en el Anexo IV de la presente medida, en el Nivel y Grado que en cada caso se indica, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el CONVENIO COLECTIVO
DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7 de las Leyes Nº26.784 y Nº26.895.
Art. 5 Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 6 El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES.

Que el artículo 7 de las Leyes citadas en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de las mencionadas Leyes.

Art. 7 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Aníbal F.
Randazzo.

Que asimismo, mediante el Decreto Nº491/2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.
Que por lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de diversos cargos vacantes existentes en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artículo 7 de las Leyes Nº26.784 y Nº26.895, los que deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las funciones que se les asignan y se destinarán a cubrir los cargos y funciones que en cada caso se detallan, los que se hallan vacantes.
Que asimismo resulta necesario exceptuar a los agentes detallados en los Anexos I y IV
de lo dispuesto en el Título II, Capítulo III, artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº4 del 15 de marzo de 2002
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ANEXO I

Apellido BULACH

Nombre
Tipo
Número
Unidad de Revista
Función
Nivel
Grado
Desde
Marina
DNI

22.718.637

Dirección General de Administración
Asistente Técnico Administrativo
C

0

10/04/2013

ANEXO II
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Apellido BUSILACHI
CRAPAROTTA

Nombre María Florencia
Tipo DNI

Número
Unidad de Revista
Función
34.480.188

Dirección Nacional de Migraciones
Asistente Técnico Administrativo
Nivel Grado C

0

Desde 15/04/2013

ANEXO III
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Apellido
Nombre
Tipo
Número
Unidad de Revista
Función
Nivel
Grado
Desde
Asistente Administrativo
D

0

18/04/2013

ASPIRO

Sergio Fabián
DNI

16.301.603

Dirección General de Movimiento Migratorio
BOERO

Pablo Demian
DNI

27.050.344

Dirección General de Movimiento Migratorio
Asistente Administrativo
D

0

18/04/2013

BRAGA

Edgardo Serafín
DNI

23.463.903

Dirección General de Movimiento Migratorio
Asistente Administrativo
D

0

18/04/2013

CRIPPA

María Romina
DNI

21.980.517

Dirección General de Movimiento Migratorio
Asistente Administrativo
D

0

18/04/2013

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/04/2014 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/04/2014

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición25/05/2024

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