Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 13 de julio de 2012
la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por la Circular Nº4 de fecha 15 de marzo de 2002 del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Nº491/02 y los artículos 7 y 10 de la Ley Nº26.728.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por designada a partir del 1 de enero de 2012 y hasta el 8 de marzo de 2012, con carácter transitorio, en un cargo Nivel A, Grado 0, como Directora General de Prensa y Comunicación de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE
DIFUSION de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la Lic. Da. Carmen Gloria COIRO D.N.I. Nº 11.683.139, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14 del Convenio citado precedentemente, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Nº26.728.
Art. 2 Dase por designada a partir del 9 de marzo de 2012, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA 180
días hábiles, en un cargo Nivel A, Grado 0, como Directora General de Prensa de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE
COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, a la Lic. Da.
Carmen Gloria COIRO D.N.I. Nº 11.683.139, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14 del Convenio citado precedentemente, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7
de la Ley Nº26.728.
Art. 3 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 2 de la presente medida.
Art. 4 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 Prensa y Difusión de Actos de Gobierno de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.437

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Decreto 1095/2012

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991.

Recházase recurso interpuesto contra la Resolución Conjunta Nº21/92 del ex Servicio Nacional de Sanidad Animal y de la ex Secretaría de la Función Pública.

Por ello, Bs. As., 5/7/2012
VISTO el Expediente Nº 190.748/1992 del Registro del ex SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, la agente del entonces SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, Médica Veterinaria Da. María Cristina COSMA M.I. Nº 11.056.483 ha interpuesto recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra la Resolución Conjunta Nº 21 del 20 de marzo de 1992
de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y del mencionado ex Servicio Nacional, por medio de la cual se dispuso su reencasillamiento en el Nivel C, Grado 1, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A., aprobado por el Decreto Nº993/91, T.O. 1995.
Que por Resolución Conjunta Nº47 del 22
de octubre de 1993 de la ex SECRETARIA
DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del entonces SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por la mencionada agente.
Que de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de impugnación de actos administrativos se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico en subsidio contra la mencionada Resolución Conjunta Nº21/92.
Que en esta instancia no se han aportado elementos relevantes que justifiquen rectificar el temperamento adoptado en su oportunidad.
Que en el trámite del presente decreto se han cumplido los recaudos establecidos por el artículo 14 del Decreto Nº769 del 12
de mayo de 1994.
Que en consecuencia es procedente no hacer lugar al recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por la Médica Veterinaria Da. María Cristina COSMA M.I.
Nº11.056.483.
Que han tomado la intervención que les compete la ex Subgerencia de Asuntos Jurídicos del entonces SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la ex SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que ha tomado la intervención que le compete la PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION, en los términos del artículo 92, segundo párrafo, del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72, T.O. 1991.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Recházase el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por la agente del entonces SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Médica Veterinaria Da. María Cristina COSMA M.I. Nº11.056.483, contra la Resolución Conjunta Nº21 del 20 de marzo de 1992 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE
LA NACION y del mencionado ex Servicio Nacional.
Art. 2 Hágase saber a la recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72, T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su artículo 100.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Norberto G. Yauhar.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 1096/2012
Recházase recurso interpuesto contra la Resolución Conjunta Nº21/92 del ex Servicio Nacional de Sanidad Animal y de la ex Secretaría de la Función Pública.

Bs. As., 5/7/2012
VISTO el Expediente Nº 22.267/1992 Reconstrucción del Registro del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, el agente del entonces SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, Médico Veterinario D. Gustavo Oscar KENNEL M.I. Nº 8.348.991 ha interpuesto recurso de reconsideración y jerárquico en subsidio contra la Resolución Conjunta Nº 21 del 20 de marzo de 1992
de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y del mencionado ex Servicio Nacional, por medio de la cual se dispuso su reencasillamiento en el Nivel B, Grado 1, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SI.NA.P.A., aprobado por el Decreto Nº993/91, T.O. 1995.
Que por Resolución Conjunta Nº 78 del 3
de diciembre de 1993 de la ex SECRETARIA
DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del entonces SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA

3

DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado agente.
Que de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de impugnación de actos administrativos se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico en subsidio contra la mencionada Resolución Conjunta Nº21/92.
Que en esta instancia no se han aportado elementos relevantes que justifiquen rectificar el temperamento adoptado en su oportunidad.
Que en el trámite del presente decreto se han cumplido los recaudos establecidos por el artículo 14 del Decreto Nº769 del 12
de mayo de 1994.
Que en consecuencia es procedente no hacer lugar al recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el Médico Veterinario D. Gustavo Oscar KENNEL M.I.
Nº8.348.991.
Que han tomado la intervención que les compete la ex Subgerencia de Asuntos Jurídicos del ex SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la ex Dirección Nacional del Servicio Civil de la ex Subsecretaría de Gestión del Sector Público de la entonces SECRETARIA DE LA
FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que ha tomado la intervención que le compete la PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION, en los términos del artículo 92, segundo párrafo, del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72, T.O. 1991.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72, T.O. 1991.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Recházase el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el agente del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Médico Veterinario D. Gustavo Oscar KENNEL M.I. Nº8.348.991, contra la Resolución Conjunta Nº21 del 20 de marzo de 1992
de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA
DE LA NACION y del mencionado ex Servicio Nacional.
Art. 2 Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72, T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su artículo 100.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Norberto G. Yauhar.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/07/2012

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones9371

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/06/2024

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