Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 24 de mayo de 2012

2.- Solicitar a CAMMESA la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página Web del ENRE por el plazo de CINCO 5 días a fin de que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI, o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo, procediendo en su caso de acuerdo con lo consignado en los Considerandos de la presente. En caso de que no hubiera ninguna presentación, vencido el plazo se considerará autorizado el Acceso solicitado.
3.- Disponer que la Empresa MEDANITO S.A. deberá cumplir con los requisitos solicitados por CAMMESA para la Etapa II y lo establecido en el Anexo 16 de LOS PROCEDIMIENTOS, punto 4 del Reglamento de Diseño y Calidad del Sistema de Transporte, respecto de disponer de las instalaciones necesarias para Arranque en Negro para su eventual operación en isla.
4.- Notificar a EPEN - UNIDAD DISTRO NEUQUEN; a la Empresa MEDANITO S.A., y a CAMMESA. ENRIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. JUAN M. ABUD, Vocal Primero. LUIS M.
BARLETTA, Vicepresidente. Ing. MARIO H. DE CASAS, Presidente.
e. 24/05/2012 Nº56255/12 v. 24/05/2012

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

BOLETIN OFICIAL Nº 32.404

DNI Nº 11.618.539 y Alberto Angel FERNANDEZ DNI Nº 13.482.686, para que en el plazo de DIEZ 10 días comparezcan en los Exptes. CNV Nros. 904/2010 PAPEL PRENSA S.A. s/
DENUNCIA DE NESTOR DONATO FERRARI; 314/2011 PAPEL PRENSA S.A. s/PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DEL ART. 240 DE LA LSC POR PARTE DEL GERENTE GENERAL; 2064/2010
REPOSO, DANIEL G. Y TARELLI, AGUSTIN CARLOS ALBERTO s/DENUNCIA PRESUNTAS
IRREGULARIDADES DE PAPEL PRENSA S.A. EN LA DESIGNACION DEL CONTADOR CERTIFICANTE; y 592/2011 PAPEL PRENSA S.A.I.C.F. y de M. s/DENUNCIA PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 20 DEL ESTATUTO SOCIAL, que tramitan por ante esta CNV, en los cuales ha recaído la Resolución CNV Nro. 16.662 del 27/09/2011 y revisten la calidad de sumariados, bajo apercibimiento de tenerlos por notificados de las Resoluciones y/o Disposiciones que recaigan en los autos citados, en la sede de la CNV. Publíquense edictos durante TRES
3 días seguidos en el BOLETIN OFICIAL. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de mayo de 2012. Dr. ARIEL E. BATAN, a/c Subgerencia de Sumarios.
e. 24/05/2012 Nº55939/12 v. 28/05/2012

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº105/2012

Y

ACTA Nº1204

MINISTERIO DE DEFENSA

Expediente ENRE Nº30.492/2009

40

INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL

Bs. As., 16/5/2012

Resolución Conjunta Nº121/2012

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública de la Solicitud de Ampliación al Sistema de Transporte presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA
POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA DISTROCUYO S.A., requerida oportunamente por el Gobierno de la provincia de MENDOZA, a través de su MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE, en el marco de las Resoluciones SE Nº1/2003, Nº106/2003, Nº130/2003 y Nº821/2006, consistente en una nueva línea de 132 kV desde la C.H.
NIHUIL IV hasta la Estación de Maniobras denominada PARQUE DE INTERCONEXION LIBERTADOR, compuesta por UNA 1 barra y DOS 2 campos de línea de 132 kV con una longitud de TREINTA Y DOS 32 km y desde allí una conexión en CAS 132 kV de aproximadamente UNA COMA
SEIS 1,6 km de longitud hasta la ET SAN RAFAEL, más la ampliación de un campo de 132 kV en el PI NIHUIL IV y en la ET SAN RAFAEL, provincia de MENDOZA.
2.- Fijar el límite de jurisdicción entre las instalaciones a incorporarse y las actuales de jurisdicción provincial, en la estructura terminal de la línea de 132 kV de acometida a las barras de 132 kV
de la CENTRAL HIDRAULICA NIHUIL IV.
3.- Instruir a DISTROCUYO que, previo al inicio de las obras, presente en estas actuaciones la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la provincia de MENDOZA.
4.- Instruir a DISTROCUYO S.A. a fin que lleve a cabo un Plan de Gestión Ambiental de la etapa de construcción, ajustado a los requerimientos de la Planificación Ambiental aplicable al funcionamiento de la E.T., y que, finalizada la obra, remita al ENRE el Informe de Auditoría de Cierre.
5.- En caso de corresponder el llamado a Licitación, deberá publicarse la misma en el sitio web:
www.argentinacompra.gov.ar.
6.- Notifíquese a DISTROCUYO S.A., EDEMSA, a HIDRONIHUIL S.A., al MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y TRANSPORTE de la provincia de MENDOZA, al EPRE, la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE y DESARROLLO SOSTENIBLE de esa provincia, y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNAC Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor. ENRIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. JUAN M. ABUD, Vocal Primero. LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente. Ing. MARIO H. DE CASAS, Presidente.
e. 24/05/2012 Nº56256/12 v. 24/05/2012

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº108/2012
ACTA Nº1204
Expediente ENRE Nº30.046/2011
Bs. As., 16/5/2012
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Autorizar la Ampliación Menor, por Contrato entre Partes, al Sistema de Transporte de la EMPRESA
DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA TRANSBA S.A. presentada por la EMPRESA DE
ENERGIA NORTE SOCIEDAD ANONIMA EDEN S.A. que consistente en la construcción en la ESTACION TRANSFORMADORA HENDERSON de esa Transportista de UNA 1 nueva celda de 33
kV y obras complementarias para la vinculación de esa Distribuidora en la citada E.T. 2.- Hacer saber a EDEN S.A. y a TRANSBA S.A. que deberán firmar el Contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento COM y una Adenda al Convenio de Conexión asociado a la ampliación autorizada en el ARTICULO 1. 3.- En caso de corresponder el llamado a Licitación, deberá publicarse la misma en el sitio web: www.argentinacompra.gov.ar. 4.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a EDEN S.A., al OCEBA, y a CAMMESA. ENRIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. JUAN M. ABUD, Vocal Primero. LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente. Ing. MARIO H. DE CASAS, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 24/05/2012 Nº56258/12 v. 24/05/2012

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
COMISION NACIONAL DE VALORES
La COMISION NACIONAL DE VALORES en adelante CNV, con domicilio sito en 25 de Mayo 175 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita a los Sres. Armando Federico FRANCHI

Bs. As., 18/5/2012
VISTO el Expediente Nº0001428/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993 del 27
de mayo de 1991 T.O. 1995 y modificatorios, el Decreto Nº1410 del 10 de octubre de 2007, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios Nros. 423 del 25 de marzo de 2010 y 1914 del 7 de diciembre de 2010, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA Nº38 del 16 de marzo de 2010, y su modificatoria la Resolución de la entonces SECRETARIA DE GABINETE Nº129 del 28 de octubre 2011, y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº1410/07 se estableció que el personal civil de los organismos que allí se citan, entre ellos el INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL organismo descentralizado bajo la órbita de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, debía ser reencasillado al entonces Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº993/91 T.O. 1995.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº2098/08 y sus modificatorios Nros. 423/10 y 1914/10, establece en su artículo 25 que el personal que se incorpore a ese régimen de carrera en los términos de los supuestos contemplados en la última frase del artículo 41 o en el artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo General deberá ser ubicado en el nivel escalafonario del Agrupamiento que corresponda con la función o puesto para el que hubiera sido seleccionado bajo el ordenamiento de origen, siendo equiparado al grado que resultara del cómputo de la antigedad acumulada en los términos del inciso b del artículo 134 del Convenio Colectivo de Trabajo General.
Que el referido Sistema Nacional de Empleo Público dispone en su artículo 88 que el Suplemento por Capacitación Terciaria será percibido por el personal comprendido en el Agrupamiento General con título terciario reconocido oficialmente a nivel nacional de carreras de duración no inferior DOS 2 años que, revistando en los niveles A, B, C o D, desarrollen funciones propias o inherentes a las incumbencias del título.
Que de acuerdo con lo previsto por el Anexo I de la Resolución ex S.G.P. Nº38/10, y su modificatoria Resolución ex S.G. Nº 129/11, la titular del INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL ha remitido a la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO la propuesta de incorporación mediante reencasillamiento y de asignación del Suplemento por Capacitación Terciaria en los casos que corresponda, del personal civil que revista en el régimen de estabilidad del INSTITUTO
GEOGRAFICO NACIONAL, organismo descentralizado bajo la órbita de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que han ejercido las veedurías que les competen las entidades sindicales respectivas, según consta en las Actas y presentaciones glosadas en el Expediente citado en el Visto, habiéndose dado oportunamente respuesta a las observaciones planteadas.
Que la propuesta de incorporación mediante reencasillamiento y de asignación del Suplemento por Capacitación Terciaria en los casos que corresponda, del personal en el Sistema Nacional de Empleo Público cumple con las pautas establecidas en los artículos 25 y 88 del mencionado Sistema.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDNACION ADMINISTRATIVA, ambas de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución ex S.G.P. Nº38/10 y su modificatoria Resolución ex S.G. Nº129/11.
Por ello, EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y LA DIRECTORA
DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL
RESUELVEN:
ARTICULO 1 Apruébase la incorporación mediante reencasillamiento del personal permanente del INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL, organismo descentralizado bajo la órbita de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, en el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08 y sus modificatorios Nros. 423/10 y 1914/10, de conformidad con el detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/05/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha24/05/2012

Nro. de páginas56

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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