Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 23 de marzo de 2012

Expediente Nº1.334.041/09
Buenos Aires, 9 de marzo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº43/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº1.486.451/11 agregado como foja 246 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 263/12. JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.364

64

SEGUNDA: Se deja expresamente aclarado que las sumas de dinero indicadas se abonarán bajo el rubro Gratificación Extraordinaria por Buen Desempeño, y que bajo ningún aspecto, revisten carácter de incremento salarial o incorporación a los básicos de convenio, no teniendo incidencia alguna en adicionales ni cargas sociales.
El derecho a la percepción de la gratificación por parte de los empleados comprendidos en el CCT está sujeto a la concurrencia de los requisitos que se detallan a continuación, en consideración a la finalidad tenida en cuenta para su otorgamiento el buen desempeño:

ACTA ACUERDO

1.- Encontrarse vigente la relación laboral al momento del pago.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de diciembre de 2011, se reúnen los representantes del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA ALEARA, del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº1146/10 E signado entres las partes con fecha 1 de JUNIO
de 2009, encontrándose presentes por el Sector Gremial el Secretario Gremial, Sr. ARIEL FASSIONE, y, por el Sector Empresario, la firma CASINO DE ROSARIO S.A., representada la Dra. MARIA
MARCELA VELARDO.
Las partes de común acuerdo expresan que han convenido lo siguiente:
PRIMERA: La empresa otorgará a los trabajadores representados y comprendidos en el ámbito del CCT Nº1146/10 E, en las condiciones que se establecen más adelante, una gratificación extraordinaria por buen desempeño y por única vez. Dicha gratificación consistirá en el pago de una suma de dinero no remunerativa que se liquidará y abonará juntamente con los haberes correspondientes al mes de diciembre de 2011, pudiendo la empresa adelantar su pago durante el transcurso de dicho mes.

2.- Poseer una antigedad en el empleo superior a tres meses.
3.- No haber tenido durante el año 2011 ausencias, justificadas o no, y/u originadas en suspensiones, licencias por enfermedad o accidente inculpable, licencias por enfermedad profesional o accidente de trabajo, conservación de empleo, estado de excedencia y/o licencias sin goce de haberes, que sumadas resulten superiores a treinta 30 días.
TERCERA: Teniendo en cuenta el carácter extraordinario y no remunerativo de la gratificación, las sumas de dinero que se abonen por dicho concepto en ningún caso serán consideradas como base para el cálculo de horas extras, sueldo anual complementario, vacaciones, indemnizaciones, ni tampoco serán referencia para cualquier otro concepto remunerativo o no. Tampoco podrá considerarse un derecho adquirido para los años siguientes, en razón de que es por única vez, constituyendo una liberalidad del empleador.

Las sumas de dinero que se acuerdan abonar en concepto de gratificación por buen desempeño han sido calculadas en función de las remuneraciones que perciben los trabajadores en concordancia a la categoría que revisten.

CUARTA: Las partes convienen en presentar el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, requiriendo la homologación del mismo.

En consecuencia, los montos fijos y uniformes para cada trabajador son los que surgen de la planilla que se identifica como anexo I, el cual resulta parte integrante del presente.

No siendo para más, en la fecha indicada, previa lectura y ratificación de la presente se da por finalizada la reunión. Se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a idéntico efecto.

ESCALA SALARIOS DE CONVENIO ALEARA
ANEXO I
FUNCION /
CATEGORIA

PUNTOS
PCE

BASICO

PA

32

PB

ASIGNACION NO REMUNERATIVA

ADIC.
NOCTURNIDAD

PRESENTISMO

TOTAL SIN
ANTIGEDAD

Sept.

$3.097

$310

$341

$3.747

$650,00

$650,00

$650,00

$975,00

$650,00

$650,00

32

$2.949

$295

$324

$3.569

$480,00

$480,00

$480,00

$720,00

$480,00

PC

29

$2.809

$281

$309

$3.399

$480,00

$480,00

$480,00

$720,00

PD

26

$2.675

$268

$294

$3.237

$480,00

$480,00

$480,00

PE

23

$2.548

$255

$280

$3.083

$480,00

$480,00

PF

20

$2.427

$243

$267

$2.936

$450,00

PG

10

$2.310

$231

$254

$2.796

PH

5

$1.924

$192

$212

$2.328

JUEGO

MANTENIMIENTO

Gral. Extr. por buen desempeño
TOTAL NO REM.

$650,00

$700,00

$5.575,00

$480,00

$480,00

$700,00

$4.300,00

$480,00

$480,00

$480,00

$600,00

$4.200,00

$720,00

$480,00

$480,00

$480,00

$600,00

$4.200,00

$480,00

$720,00

$480,00

$480,00

$480,00

$600,00

$4.200,00

$450,00

$450,00

$675,20

$450,00

$450,00

$450,00

$500,00

$3.875,00

$380,00

$380,00

$380,00

$570,00

$380,00

$380,00

$380,00

$500,00

$3.350,00

$0,00

$0,00

$0,00

$0,00

$0,00

$0,00

$0,00

$0,00

$0,00

Oct.

Nov.

Dic.

Ene.

Feb.

Mar.

M1

$5.745

$575

$632

$6,952

$650,00

$650,00

$650,00

$975,00

$650,00

$650,00

$650,00

$600,00

$5.475,00

M2

$5.223

$522

$575

$6.320

$650,00

$650,00

$650,00

$975,00

$650,00

$650,00

$650,00

$600,00

$5.475,00

M3

$4.748

$475

$522

$5.745

$610,00

$610,03

$610,00

$915,00

$610,00

$610,00

$610,00

$500,00

$5.075,00

M4

$4.316

$432

$475

$5.223

$570,00

$570,00

$570,00

$855,00

$570,00

$570,00

$570,00

$500,00

$4.775,00

M5

$3.924

$392

$432

$4.748

$530,00

$530,00

$530,00

$795,00

$530,00

$530,00

$530,00

$400,00

$4.375,00

M6

$3.567

$357

$392

$4.316

$490,00

$490,00

$490,00

$735,00

$490,00

$490,00

$490,00

$400,00

$4.075,00

M7

$3.243

$324

$357

$3.924

$450,00

$450,00

$450,00

$675,00

$450,00

$450,00

$450,00

$400,00

$3.775,00

LIMPIEZA

L1

$4.341

$434

$477

$5.252

$610,00

$610,00

$610,00

$915,00

$610,00

$610,00

$610,00

$500,00

$5.075,00

L2

$3.946

$395

$434

$4.775

$570,00

$570,00

$570,00

$855,00

$570,00

$570,00

$570,00

$500,00

$4.775,00

L3

$3.587

$359

$395

$4.341

$530,00

$530,00

$530,00

$795,00

$530,00

$530,00

$530,00

$400,00

$4.375,00

L4

$3.261

$326

$359

$3.946

$490,00

$490,00

$490,00

$735,00

$490,00

$490,00

$490,00

$400,00

$4.075,00

L5

$2.965

$296

$326

$3.587

$450,00

$450,00

$450,00

$675,00

$450,00

$450,00

$450,00

$400,00

$3.775,00

CONTROL

C1

$4.748

$475

$522

$5.745

$610,00

$610,00

$610,00

$915,00

$610,00

$610,00

$610,00

$500,00

$5.075,00

C2

$4.316

$432

$475

$5.223

$570,00

$570,00

$570,00

$855,00

$570,00

$570,00

$570,00

$500,00

$4.775,00

C3

$3.924

$392

$432

$4.748

$530,00

$530,00

$530,00

$795,00

$530,00

$530,00

$530,00

$400,00

$4.375,00

C4

$3.567

$357

$392

$4.316

$490,00

$490,00

$490,00

$735,00

$490,00

$490,00

$490,00

$400,00

$4.075,00

C5

$3.243

$324

$357

$3.924

$450,00

$450,00

$450,00

$675,00

$450,00

$450,00

$450,00

$400,00

$3.775,00

MONITOREO

MO1

$6.785

$679

$746

$8.210

$900,00

$900,00

$900,00

$1.350,00

$900,00

$900,00

$900,00

$700,00

$7.450,00

MO2

$6.169

$617

$679

$7.464

$840,00

$840,00

$840,00

$1,260,00

$840,00

$840,00

$840,00

$600,00

$6.900,00

MO3

$5.608

$561

$617

$6.785

$780,00

$780,00

$780,00

$1.170.00

$780,00

$780,00

$780.00

$600,00

$6.450,00

MO4

$5.098

$510

$561

$6.169

$720,00

$720,00

$720,00

$1.080,00

$720,00

$720,00

$720,00

$500,00

$5.900,00

MO5

$4.635

$463

$510

$5.608

$660,00

$660,00

$660,00

$990,00

$660,00

$660,00

$600,00

$500,00

$5.450,00

VALET PARKING

P1

$3.618

$362

$398

$4.378

$530,00

$530,00

$530,00

$795,00

$530,00

$530,00

$530,00

$400,00

$4.375,00

P2

$3.289

$329

$362

$3.980

$490,00

$490,00

$490,00

$735,00

$490,00

$490,00

$490,00

$400,00

$4.075,00

P3

$2.990

$299

$329

$3.618

$450,00

$450,00

$450,00

$675,00

$450,00

$450,00

$450,00

$400,00

$3.775,00

RR.PP. Y CLUB DE
JUGADORES

CJ1

$3.924

$392

$432

$4.748

$530,00

$530,00

$530,00

$795,00

$530,00

$530,00

$530,00

$400,00

$4.375,00

CJ2

$3.567

$357

$392

$4.316

$490,00

$490,00

$490,00

$735,00

$490,00

$490,00

$490,00

$400,00

$4.075,00

CJ3

$3.243

$324

$357

$3.924

$450,00

$450,00

$450,00

$675,00

$450,00

$450,00

$450,00

$400,00

$3.775,00

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/03/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha23/03/2012

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones9353

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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