Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2011 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 13 de diciembre de 2011
tada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo l al Decreto Nº1421/02.
Que la agente involucrada en el presente acto se encuentra exceptuada de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber presentado la documentación oportunamente.
Que el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por sus similares Nº1151/06 y Nº52/09, establece que para la equiparación de la remuneración con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción sólo se considerará la especialidad o experiencia laboral acumulada por la persona a contratar derivada de servicios prestados en organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con carácter de ad honorem, relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de marzo de 2011 en la función de Asistente de Funcionamiento, por lo que procede aprobar la adenda al contrato con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del gasto que genera la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobada, con efectos al 1º de marzo de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, la adenda suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el titular de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y la agente Da. Susana Noemí PATAT D.N.I.
Nº 12.302.249, para desempeñar funciones de Asistente de Funcionamiento en la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la citada Secretaría, equiparada al Nivel D - Grado 1, del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº 2098/08, del contrato que fuera aprobado mediante Resolución JGM Nº26 del 26 de enero de 2011
y su modificatoria Resolución JGM Nº737 del 30 de agosto de 2011, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución ex SSGP Nº48/02 y sus modificatorias.

Art. 2º Autorízase la adenda al contrato que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1336/2011
Autorízase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir las aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Bs. As., 7/12/2011
VISTO el expediente CUDAP Nº 0037333/2011
del registro de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9º, inciso b del Anexo I del mencionado régimen determina que procede considerar para el otorgamiento de la licencia anual ordinaria, el período comprendido entre el 1º de diciembre del año al que corresponde y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.
Que, a su vez, el inciso c de dicho artículo 9º establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al año siguiente por la autoridad facultada para acordarlo cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicios, no pudiendo aplazarse por más de un año.
Que en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se presenta la particular situación que diversos agentes registran transferidas para el año en curso sus licencias anuales ordinarias correspondientes al año 2009.
Que las funciones que cumple el personal de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS están estrechamente ligadas con el relevante accionar de origen constitucional que tiene asignado el titular de la Jurisdicción, razón por la cual no debe ser afectado por la obligación que los agentes aludidos hagan uso de las licencias antes del 30 de noviembre de 2011.
Que, en consecuencia procede facultar a las autoridades competentes en materia de otorgamiento de licencias anuales ordinarias de la mencionada Jefatura, para resolver la transferencia de las mismas, con carácter de excepción a las normas generales.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme con el artículo 8º del Decreto Nº909 del 30 de junio de 1995.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.294

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Autorízase a los funcionarios de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias, como medida de excepción a lo dispuesto por el artículo 9º, inciso c Anexo I del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto Nº 3413/79 y sus modificatorios, a transferir al período comprendido entre el 1º de diciembre de 2011 y el 30 de abril de 2012, las licencias de aquel carácter devengadas por el año 2009
debidamente transferidas y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1335/2011
Dase por aprobada una contratación en la Dirección Nacional de Ordenamiento Ambiental y Conservación de la Biodiversidad de la Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 7/12/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº20032/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, la Resolución ex SSGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151
del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6
de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:

3

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B
diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02 y como excepción también a lo establecido en el artículo 4º inciso a del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº601/02, reglamentario del Decreto Nº491/02.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de junio de 2011, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, a tenor de lo establecido en el inciso a del artículo 4º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, en el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, y en el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de mayo de 2011, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da.
Vanessa COSTA de OLIVEIRA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Que según surge del expediente, los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta la agente mencionada precedentemente, de nacionalidad brasileña, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso contar con la colaboración de la nombrada.

Artículo 1º Dase por exceptuada a Da. Vanessa COSTA de OLIVEIRA D.N.I.
Nº 94.296.944 de nacionalidad brasileña, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL se establece en el artículo 4º, inciso a del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.

Que el artículo 4º inciso a del Anexo de la Ley citada en el Visto de la presente prevé la excepción del cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.

Art. 2º Dase por aprobado con efectos al 1º de junio de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y Da. Vanessa COSTA de OLIVEIRA D.N.I.
Nº94.296.944, para desempeñar funciones de Asesora en la DIRECCION DE FAUNA SILVESTRE de la DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACION DE
LA BIODIVERSIDAD de la SUBSECRETARIA DE
PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL de la citada Secretaría, equiparada al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO Decreto Nº2098/08, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP
Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Por ello,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/12/2011 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/12/2011

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones9353

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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