Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2009 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 14 de abril de 2009

Primera Sección
CONSIDERANDO:
Que, conforme se dispuso mediante la Resolución CNAIPD 193/08, oportunamente se convocó a reunión extraordinaria del Comité Asesor a fin de elegir Miembros Activos, fijándose a tal fin el día 21 de abril de 2009, a las 14 horas.
Que, posteriormente, por medio de la Resolución CNAIPD 38/09, quedaron plasmadas las organizaciones inscriptas como aspirantes a ocupar los referidos cargos en el Comité Asesor.
Que los representantes de las ONGs de las provincias de Mendoza:, Santa Fe, Chaco, Río Negro, Jujuy, San Juan y La Pampa con fecha 19 de marzo de 2009, en el marco de la reunión del Consejo Federal de Discapacidad han solicitado formalmente que se deje sin efecto la convocatoria ut supra relacionada, fundando su requerimiento en la necesidad de modificad el reglamento del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, a los fines de realizar, con posterioridad a ello, una nueva convocatoria a reunión extraordinaria para la elección de miembros activos.
Que, a las razones enumeradas en el párrafo precedente, se suma la necesidad de dotar a los futuros miembros activos del Comité Asesor de una mayor representatividad que refleje la realidad de la totalidad de las ONGs que trabajan en la temática de la discapacidad en cada provincia.
Que ello recoge asimismo el espíritu y sentido de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por nuestro país mediante la Ley Nº26.378.
Que, de tal manera, no sólo se recepta el Propósito artículo 1 de la Convención, al promover el goce pleno de los derechos de las personas con discapacidad, sino que se refleja también la actitud del Estado de asegurar el ejercicio de tales derechos artículo 4.
Que, de igual forma, ello refleja la necesidad de garantizar a las personas con discapacidad una mayor y más plena participación en la vida pública artículo 29.
Que, por todo lo expuesto, es preciso derogar las Resoluciones CNAIPD Nros. 193/08 y 38/09.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto 984/92.
Por ello,
LA PRESIDENTE
DE LA COMISION NACIONAL ASESORA
PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS
RESUELVE:

ARTICULO 1º DEJANSE sin efecto las Resoluciones CNAIDP Nros. 193/08 y 38/09.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.632

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descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creados por Ley Nº 20.247, de la creaciones fitogenéticas de trigo pan BAGUETTE 17 y BAGUETTE 18, solicitada por la empresa SERASEM IN
VIVO GROUP, representada en la REPUBLICA ARGENTINA por la empresa NIDERA S.A.
ARTICULO 2º Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 14/04/2009 Nº24873/09 v. 14/04/2009

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución Nº84/2009
Bs. As., 3/4/2009

VISTO el Expediente Nº 000416/2009 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, el Convenio de Préstamo BIRF Nº7449-AR, los Decretos Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº601 de fecha 11 de abril de 2002 y Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003, y modificado por el Decreto Nº 149/07 y CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio de Préstamo mencionado en el Visto se ejecuta con el financiamiento parcial del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, el PROYECTO DE
MODERNIZACION DEL ESTADO en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, con el objeto de asegurar la correcta continuidad del desarrollo de los planes de acción previstos, resulta necesario prorrogar la contratación de personal técnico y profesional que cuenta con suficiente experiencia e idoneidad para permitir la adecuada consecución de los objetivos del Proyecto.
Que, en virtud de haberse producido la extinción del plazo de contratación de un grupo de consultores individuales que prestan asistencia técnica al Proyecto, resulta necesario proceder a renovar sus respectivos contratos.
Que el Decreto Nº601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº491/02
son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.

ARTICULO 2º DEJASE sin efecto la convocatoria establecida para el día 21 de abril de 2009
a las 14 horas, así como también las organizaciones en condiciones de ser elegidas para integrar el Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, en carácter de Miembros Activos.

Que por el artículo 2º del Decreto Nº577/03 y su modificatorio se estableció que cuando los honorarios pactados fueran inferiores a la suma de $3.100 TRES MIL CIEN, o cuando se propicien renovaciones o prórrogas de contrataciones encuadradas en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación, las mismas serán efectuadas por el titular de la Jurisdicción.

ARTICULO 3º ORDENASE la inmediata incorporación de la presente a la página web de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas www.cndisc.gov.ar, para facilitar su difusión.

Que, a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos de renovaciones suscriptas, ad referéndum de su aprobación por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el Coordinador General del Proyecto Préstamo BIRF 7449-AR y los consultores individualizados en los Anexos I de la presente, conforme a los períodos y montos allí consignados.

ARTICULO 4º Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. RAQUEL BEATRIZ TIRAMONTI, Presidenta, Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.
e. 14/04/2009 Nº24981/09 v. 14/04/2009

MINISTERIO DE PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº6/2009

Que, previo a dar trámite a las presentes contrataciones se ha verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO y la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA
ambas del ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100
incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº577/2003, modificado por el Decreto Nº149/2007.
Por ello,
Bs. As., 23/1/2009
VISTO el Expediente NºS01:0411365/2007 y su agregado sin acumular S01:0411388/07, ambos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que la empresa SERASEM IN VIVO GROUP, representada en la REPUBLICA ARGENTINA
por la empresa NIDERA S.A., solicita la inscripción de las creaciones fitogenéticas de trigo pan BAGUETTE 17 y BAGUETTE 18 en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº20.247.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº20.247, en su reunión de fecha 10 de diciembre de 2008, según Acta Nº359, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº25.845.
Por ello,
ARTICULO 1º Danse por aprobadas las renovaciones de los contratos de locación de servicios suscriptos entre el Coordinador General del Proyecto Préstamo BIRF 7449-AR y los consultores individuales detallados en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente, por los períodos y montos mensuales allí indicados.
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. SERGIO MASSA, Jefe de Gabinete de Ministros.
ANEXO I
Nombre y Apellido Gabriel Andrés SOLA
Daniel Gustavo SANTUCHO
Ricardo Javier MENDEZ
Marcela Marta LLOVERA

EL PRESIDENTE
DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

ARTICULO 1º Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

Guillermo Ezequiel GARCIA ELEISEQUI
Emiliano Fuad SAMID Jorge Alfredo LUPANO

Tipo y Nºde Doc.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.

Monto Mensual
Dedicación
Vigencia
Función y Rango
22.426.051

01/01/2009 31/03/2009

Consultor A, Rango II

$3.610,00

100%

20.506.476

01/01/2009 31/03/2009

Coordinador General, Rango III

$6.267,00

100%

21.666.199

01/01/2009 31/03/2009

Consultor A, Rango II

$3.610,00

100%

25.747.433

01/01/2009 31/03/2009

Consultor A, Rango II

$3.610,00

100%

13.802.388

01/01/2009 31/03/2009

Coordinador General, Rango III

$6.267,00

100%

29.316.675

01/01/2009 31/03/2009

Consultor A, Rango I

$3.250,00

100%

10.132.242

01/01/2009 31/03/2009

Coordinador General, Rango III

$6.267,00

100%

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/04/2009

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9373

Primera edición02/01/1989

Ultima edición21/06/2024

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