Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2009 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 5 de febrero de 2009
Art. 2º Hágase saber a la persona nominada en el artículo anterior que el dictado del presente acto agota la vía administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado en el artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos.
Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991, aclarándose
que la resolución del presente recurso no habilita la instancia judicial.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal F. Randazzo.

POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

BOLETIN OFICIAL Nº 31.588

Facundo LABANCA cumple con las exigencias legales para proceder a su confirmación en la planta permanente.

NACIONAL de la POLICIA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA desde el 1º de octubre de 2006.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T.
Massa. Aníbal D. Fernández.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Decreto 32/2009
Dase por confirmado personal en la planta permanente.

Por ello, Bs. As., 26/1/2009
VISTO el Expediente NºS02:0000959/2008 del registro de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, las Leyes Nros. 26.102 y 26.338 y el Decreto Nº1088 del 5 de mayo de 2003, y CONSIDERANDO:
Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, solicita la confirmación de agentes que prestan servicios en la referida Policía, de conformidad con las previsiones establecidas en el Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto Nº1088/03.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por confirmado como personal permanente de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, Cuadro E, Categoría 14, al agente civil Juan Facundo LABANCA Control Nº503.881 y D.N.I. Nº25.385.847 quien se encuentra prestando servicios en la DIRECCION

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,

FE DE ERRATAS
Decreto 60/2009
En la edición del 3 de febrero de 2009, en la que se publicó la citada norma se deslizó en el Anexo el siguiente error de imprenta:
DONDE DICE: El suplemento por Función Directiva y el Complemento por Responsabilidad del Cargo son remunerativos y no bonificables.
DEBE DECIR: El suplemento por Función Directiva y el Complemento por Responsabilidad del Cargo no son remunerativos y no bonificables.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

Que el artículo 9º del citado Estatuto establece que transcurrido el término de condicionalidad, el agente podrá ser confirmado mediante resolución emanada de la misma autoridad que dispuso el nombramiento.
Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA certifica que los agentes que se detallan en el Anexo I del presente Decreto cumplen con las exigencias legales para proceder a su confirmación en la planta permanente.

3

MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 5/2009
Apruébase la Contratación Directa Nº 40/2008, con el objeto de adquirir medicamentos esenciales destinados a los Centros de Atención Primaria de Salud de todo el país.

Bs. As., 3/2/2009

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

VISTO el Expediente Nº2002-10199/08-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Artículo 1º Dase por confirmado como personal permanente de la POLICIA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, Cuadro E, Categoría 14, a los agentes civiles detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Sergio T. Massa . Aníbal D. Fernández.
ANEXO I
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
APELLIDO

NOMBRES

NUMERO DE
CONTROL

FECHA DE
ALTA

DESTINO
UOSA MENDOZA

ANDRADA

FERNANDO DAVID

28086585

503796

12-ABR-07

CAPMANY

EMILIANO NAHUEL

29939287

503777

12-ABR-07

UOSA MENDOZA

FERREYRA

SERGIO OSCAR

30605482

503734

28-DIC-06

UOSA CORDOBA

FREDES

DAVID ANDRES

28399254

503779

12-ABR-07

UOSA MENDOZA

FUENTES

MARIA NOELIA DEL
VALLE

24660110

503780

12-ABR-07

UOSA MENDOZA

MENCHON

JULIAN HECTOR

30125753

503747

28-DIC-06

UOSA CORDOBA

PELAEZ

DANIEL JOSE

28850615

503738

28-DIC-06

UOSA CORDOBA

PLACEREANO

ESTEBAN DANIEL

28314641

503739

28-DIC-06

UOSA CORDOBA

SUBELZA

SILVANA VALERIA

26422898

503743

28-DIC-06

UOSA CORDOBA

POLICIA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA
Decreto 68/2009
Dase por confirmado personal en la planta permanente.

Bs. As., 3/2/2009
VISTO el Expediente Nº S02:0000468/2008 del registro de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, las Leyes Nros. 26.102 y 26.338 y el Decreto Nº1088 del 5 de mayo de 2003, y
Que con fecha 19 de agosto de 2008 se procedió al acto de apertura de las DIECINUEVE
19 ofertas presentadas.
Que los Renglones 9, 27, 28, 29, 31 y 32 resultaron desiertos.
Que producidos los informes técnicos pertinentes, la Comisión Evaluadora del MINISTERIO
DE SALUD emitió el Dictamen de Evaluación Nº64 de fecha 6 de octubre de 2008.

DNI Nº

Que mediante Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº761 de fecha 29 de julio de 2008, se autorizó el llamado a Contratación Directa por razones de urgencia para la adquisición de medicamentos esenciales que no pudieron ser adquiridos en la Licitación Pública Nº6/2008
de ese Ministerio, convocada al mismo efecto.

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, solicita la confirmación del agente civil Juan Facundo LABANCA Control Nº 503.881 y D.N.I.
Nº25.385.847 quien presta servicios en la referida Policía, de conformidad con las previsiones establecidas en el Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas aprobado por el Decreto Nº1088/03.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º del Anexo I del citado Estatuto establece que transcurrido el término de condicionalidad, el agente podrá ser confirmado mediante resolución emanada de la misma autoridad que dispuso el nombramiento.

Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo dependiente del
Que la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA certifica que el agente Juan
Que en dicho dictamen la Comisión Evaluadora aconseja desestimar la oferta de LABORATORIOS SANT GALL FRIBURG Q.C.I.S.R.L. para los Renglones 14 y 30, la oferta de DROGUERIA FARMAX de SERGIO CONRADO PETRUZZELLI para los Renglones 2 y 26, la oferta de FARMED S.A. para el Renglón 26, la oferta de SAVANT PHARM S.A. y la oferta de DROGUERIA BIOWEB S.A., por no ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que el Renglón 30 resulta fracasado en virtud de la desestimación aconsejada en el Dictamen de Evaluación Nº64/2008.
Que asimismo, la Comisión Evaluadora recomienda adjudicar a KLONAL S.R.L. los Renglones 8 y 19 y en forma parcial los Renglones 2, 4, 12 y 26, a LABORATORIOS FABRA S.A. el Renglón 11 y en forma parcial los Renglones 2, 3, 4, 12 y 26, a LABORATORIOS SANT GALL
FRIBURG Q.C.I.S.R.L. en forma parcial el Renglón 2, a DROGUERIA LIBERTAD S.A. en forma parcial los Renglones 3 y 4, a DROGUERIA FARMAX de SERGIO CONRADO PETRUZZELLI el Renglón 10 y en forma parcial los Renglones 6 y 14, a DENVER FARMA S.A. los Renglones 13, 15 y 21, a LABORATORIOS BAGO S.A. los Renglones 16 y 25, a LAFEDAR
S.A. los Renglones 18 y 20, a MEDIPHARMA S.A. los Renglones 22, 24 y 33 y a PHARMOS
S.A. en forma parcial el Renglón 34, por resultar éstas las ofertas válidas de menor precio.
Que también recomienda la citada Comisión no adjudicar los Renglones 1, 5, 7, 17, 23 y 35
y en forma parcial los Renglones 2, 4 y 14 en atención a las consideraciones efectuadas por el PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD - REMEDIAR
respecto de la conveniencia de su adquisición en el presente procedimiento.
Que el citado Dictamen de Evaluación no fue objeto de impugnación por parte de los oferentes.
Que posteriormente el PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE LA
SALUD - REMEDIAR solicita dejar sin efecto la contratación del Renglón 26, atento la necesidad de reformular las especificaciones técnicas del producto.
Que en orden a lo antes expuesto resulta procedente resolver conforme lo recomendado por la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD en el Dictamen de Evaluación Nº64/2008 y por el PROGRAMA DE REFORMA DE LA ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD - REMEDIAR respecto del Renglón 26.
Que el mencionado Programa señala la necesidad de asegurar la provisión de estos medicamentos esenciales, destinados a los Centros de Atención Primaria de la Salud de todo el país, para la cobertura de una población integrada mayormente por mujeres y niños en condición de pobreza e indigencia.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/02/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/02/2009

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9325

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728